TEXTO PAGINA: 31
Pág. 183985 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de febrero de 2000 de Ministros en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1º inciso c) del Decreto Supremo Nº 74-95-PCM, y al interesado, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL DE LA CRUZ TUYA Teniente Alcalde 2038 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0141-2000-AL/MDSMP San Martín de Porres, 16 de febrero de 2000 LA ALCALDESA DE SAN MARTIN DE PORRES: VISTO; el Informe Final Nº 006-2000-CPPAD/MDSMP de fecha 16 de febrero de 2000, emitido por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1600-99-AL/ MDSMP de fecha 20 de diciembre de 1999; notificado en forma personal al servidor el 6 de enero del año 2000, se abrió Proceso Administrativo Disciplinario contra el servidor HI- LARION CHANCA CHAUPIS de la División de Limpieza Pública, por la presunta falta grave de carácter disciplinario - ausencias injustificadas por más de cinco días no consecu- tivos en un período de treinta días calendario. Que, al referido servidor se le imputa el haber inasistido al trabajo en forma injustificada, los días 2, 6, 11, 22, 25, 27, 29 y 30 de noviembre de 1999, haciendo un total de ocho (8) inasistencias injustificadas, en el referido mes. Que, el servidor presenta su descargo en el término de ley, indicando que se le acusa falsamente de inasistencias injustificadas, y para demostrar su inocencia solicita la exhibición de las tarjetas de control de asistencia y sus boletas de pagos de los meses en los cuales ha faltado, los mismos que se han actuado y que obran en el expediente copia los indicados documentos, los mismos que prueban las inasistencias injustificadas del servidor, corroborados con los Informes Nº 40-99-WMS/UP/MDSMP de fecha 15 de diciembre de 1999, Informe Nº 1336-99-UP/MDSMP de fecha 16 de diciembre de 1999, Informe Nº 601-99-OAR/MDSMP de fecha 16 de diciembre de 1999, Informe Nº 009-2000-WMS/ UP. de fecha 14 de febrero de 2000 y la copia de la tarjeta de control de asistencia del servidor procesado. Que, del estudio y análisis de la documentación que obran en el expediente, resulta evidente que el servidor Hilarión Chanca Chaupis ha transgredido las obligaciones a las que está sujeto todo servidor público, de concurrir puntualmente y observar los horarios establecidos, incurriendo en ausen- cias injustificadas por más de cinco días no consecutivos en un período de treinta días calendario, ocurridos en el mes de noviembre de 1999, falta grave de carácter disciplinario contemplado en el Artículo 28º Inc. k) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y, Estando a las recomendaciones de la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios en su in- forme Final, y con las visaciones de la Dirección de Adminis- tración de Recursos y Asesoría Jurídica; en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Nº 23853 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar con la medida disciplinaria de DESTITUCION al servidor HILARION CHANCA CHAU- PIS de la División de Limpieza Pública, por los hechos y fundamentos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente resolución. Artículo 2º.- El servidor destituido no podrá reingresar al servicio público, bajo cualquier forma o modalidad de contratación, dentro de los cinco años computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 30º del Decreto Legislativo Nº 276, modificado por el Artículo 1º de la Ley Nº 26488. Artículo 3º.- Remitir copias autenticadas de la presente Resolución a la Dirección de Administración de Recursos, a la Unidad de Personal, a la Oficina de Auditoría Interna y a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disci- plinarios de la Municipalidad; y a la Presidencia del Consejo de Ministros en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1ºinciso c) del Decreto Supremo Nº 74-95-PCM; y al interesado, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL DE LA CRUZ TUYA Teniente Alcalde 2039 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0142-2000-AL/MDSMP San Martín de Porres, 16 de febrero de 2000 LA ALCALDESA DE SAN MARTIN DE PORRES: VISTO; el Informe Final Nº 005-2000-CPPAD/MDSMP de fecha 16 de febrero de 2000, emitido por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1613-99-AL/ MDSMP de fecha 22 de diciembre de 1999; notificado en forma personal al servidor el 7 de enero del año 2000, se abrió Proceso Administrativo Disciplinario contra el servidor VIC- TOR JAVIER GRIMALDO MONTOYA de la División de Limpieza Pública, por la presenta falta grave de carácter disciplinario - ausencias injustificadas por más de cinco días no consecutivos en un período de treinta días calendario. Que, al referido servidor se le imputa el haber inasistido al trabajo en forma injustificada, los días 04, 10, 16, 18, 20, 23, 24 y 25 de setiembre de 1999, haciendo un total de ocho (8) inasistencias injustificadas, en el mes de setiembre de 1999. Que, el servidor ha presentado su descargo corres- pondiente en el término de ley, y refiere que en la resolución de Alcaldía donde se le apertura Proceso Administrativo no figura los días que ha faltado; sin embargo, es de advertirse que dichos días, se encuentran detallados en el Informe Nº 42-99-WMS/UP/MDSMP presentado por el encargado de Control de Asistencia señor Walter Meza Salinas que obra en el expediente administrativo, la misma que ha estado a disposición del servidor y su abogada en la secretaría de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Discipli- narios, donde han tomado conocimiento de los antecedentes que han dado lugar al presente proceso, habiendo solicitado la exhibición de su tarjeta de control de asistencia del mes que ha faltado setiembre, y su boleta de pago donde se ha hecho el descuento correspondiente octubre de 1999, tal como se acredita del Expediente G-078 de fecha 21 de enero de 2000, los que han actuado y que obran en el expediente copia de las mismas, por lo que el servidor ha tenido pleno conocimiento de los días que ha faltado al trabajo, lo cual no ha sido observado o impugnado, lo cual configura una acep- tación tácita de su falta, los que han quedado confirmados con los documentos referidos y los Informes Nº 42-99-WMS/UP/ MDSMP de fecha 15 de diciembre de 1999, Informe Nº 1332- 99-UP/MDSMP de fecha 16 de diciembre de 1999, Informe Nº 604-99-OAR/MDSMP de fecha 16 de diciembre de 1999 y las copias de la tarjeta de control de asistencia y boleta de pago del servidor procesado. Que, del estudio y análisis de la documentación que obran en el expediente, resulta evidente que el servidor Víctor Javier Grimaldo Montoya ha transgredido las obligaciones a las que está sujeto todo servidor público, que es concurrir puntualmente y observar los horarios establecidos, incu- rriendo en ausencias injustificadas por más de cinco días no consecutivos en un período de treinta días calendario, ocurri- dos en el mes de setiembre de 1999, falta grave de carácter disciplinario previsto en el Artículo 28º Inc. k) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administra- tiva y de Remuneraciones del Sector Público; y, Estando a las recomendaciones de la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios en su In- forme Final, y contando con las visaciones de la Dirección de Administración de Recursos y Asesoría Jurídica; en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Nº 23853 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar con la medida disciplinaria de DESTITUCION al servidor VICTOR JAVIER GRIMALDO MONTOYA de la División de Limpieza Pública, por los hechos y fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.