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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (19/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 183969 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de febrero de 2000 83 LUIS ALBERTO CASTAGNE CASTRO 25834689 84 JAVIER ARISTIDES VASQUEZ BERNUY 32783101 85 ALBERTO YGOR MARTINEZ LLANOS 06068367 86 CARMEN ALEJANDRINA CASANI BARBACHAN 29247491 87 ENITH SADITH CHUQUIVAL SAAVEDRA DE BARRERA 10285056 88 HUMBERTO PINAZO BELLA 09088577 89 CARLOS FERNANDO HERMOZA SEMINARIO 06054529 90 ROLANDO FELIX LINARES LINARES 29242335 91 SAMUEL ABRAHAM BURGA HERNANDEZ 16423205 92 OLIVER AGUSTIN MARTINEZ DE LA TORRE 00104688 93 DORIS VIOLETA PEREZ MUÑOZ 17933895 94 HEDITH CACERES CARO 20650953 95 LUIS LEOPOLDO PELLA GRANDA 10493036 96 ROMULO MUCHO MAMANI 01208105 97 LUZ MARIA ARBITRO CANALES DE TRONCO 08622866 98 VICTOR ROMELIO ALCANTARA ARTEAGA 16491565 99 CARLOS MANUEL BURGOS MONTENEGRO 16424727 100 MOISES PILLACA CHAVEZ 10441232 101 MARIA TERESA TEJADA BECERRA 07784902 102 CARLOS HERNANDO RODRIGUEZ CERVANTES 06408357 103 ELIPIO HECTOR PALOMINO PRADO 09459749 104 MISAEL ALBINO ALVARADO PAUCAR 22987332 105 ADOLFO AYALA ZEA 23274233 106 PABLO SALATIEL ACUÑA IDROGO 16781647 107 JORGE PERLACIOS VELASQUEZ 07901490 108 GONZALO EDUARDO SANCHEZ BOCANEGRA 07557502 109 LUIS ALBERTO GARCIA RODRIGUEZ 00043431 110 JAVIER RODOLFO CACERES PEREZ 29527186 111 JUAN DE DIOS RAMIREZ CANCHARI 22089096 112 LUIS ALBERTO CAMBORDA ZAMUDIO 20050997 113 ALEJANDRO FARCIC BARRIOS 40416419 114 HERBERT JAVIER CAYRO LAGUNA 08772937 115 GINO RAUL ROMERO CURIOSO 07425522 116 ALEJANDRO ABENCIO VALDEZ JARA 08626181 117 REYNALDO RODAS MENDOZA 06714693 118 ROBERTO VIDAL VIDAL 07241576 119 JOSE NICOLAS SERRANO TRIGOSO 09037818 120 ANTERO FLORES ARAOZ ESPARZA 08241043 Artículo Segundo.- Téngase por separado de la presen- te lista al ciudadano Walter Francisco Gago Rodríguez, signado con el número 16. Artículo Tercero.- Póngase en conocimiento de la Ofici- na Nacional de Procesos Electorales (ONPE) el contenido de la presente resolución, para los fines del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MONTES DE OCA BEGAZO BRINGAS VILLAR MUÑOZ ARCE DE VALDIVIA CANO TRUJILLANO, Secretario General 2029 Declaran inadmisible tacha interpues- ta contra candidato al Congreso de la República RESOLUCION Nº 217-2000-JNE Lima, 18 de febrero de 2000 Visto el Oficio Nº 016-2000-P/JEE-Puno, recibido el 16 de febrero del año en curso del Presidente del Jurado Electoral Especial de Puno, quien eleva el recurso de tacha interpuesto el 12 de febrero de 2000, por don Abdón Frisancho Cahua, contra don Gregorio Ticona Gómez, candidato al Congreso de la República por la lista de la Agrupación Independiente "Movimiento Independiente Somos Perú", en razón a que el referido es alcalde del concejo provincial de Puno. CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Artículo 120º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, dentro de los tres (3) días naturales siguientes a la publicación de la lista de candidatos al Congreso de la República, cualquier ciudadano inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil puede formular tacha contra cualquiera de los candidatos, fundada sólo en la infracción de los Artículos 113º, 114º y 115º, de la misma Ley; para lo cual debe acompañar un comprobante de empoce en el Banco de la Nación, a la orden del Jurado Nacional de Elecciones, por suma equivalente a una (1) UIT por candidato; Que, la lista de candidatos al Congreso de la República de la Agrupación Independiente "Movimiento IndependienteSomos Perú" fue publicada el 10 de febrero pasado, mediante Resolución Nº 163-2000-JNE; Que, si bien el recurrente presentó su tacha en tiempo oportuno; no adjuntó el comprobante de empoce correspon- diente, no pudiendo en la fecha efectuar modificaciones o subsanaciones, por cuanto ello desvirtuaría los plazos esta- blecidos; en tal razón, el recurrente no ha cumplido con presentar el comprobante de empoce en el Banco de la Nación, deviniendo en inadmisible su pedido; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribucio- nes; RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar inadmisible la tacha presen- tada por don Abdón Frisancho Cahua, tacha contra don Gregorio Ticona Gómez, candidato al Congreso de la Repú- blica por la lista de la Agrupación Independiente "Movimien- to Independiente Somos Perú". Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MONTES DE OCA BEGAZO BRINGAS VILLAR HERNANDEZ CANELO DE VALDIVIA CANO TRUJILLANO, Secretario General 2030 ONPE Modifican diseño de cédula de sufra- gio a utilizarse en elecciones genera- les del 9 de abril RESOLUCION JEFATURAL Nº 100-2000-J/ONPE Lima, 18 de febrero del 2000 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Jefatural Nº 078-2000-J/ONPE, pu- blicada el 12 de febrero del año 2000 en el Diario Oficial El Peruano, la Oficina Nacional de Procesos Electorales esta- bleció el diseño de la cédula de sufragio y el procedimiento de ubicación de las candidaturas que regirán en las Elecciones Generales para elegir Presidente de la República, Vicepresidentes y Congresistas de la República, convocadas mediante Decreto Supremo Nº 040-99-PCM; Que, el formato de la cédula de sufragio presentada, lleva adicionalmente, en la cabecera del formato, dos (02) solapas troqueladas desglosables de tres (03) centímetros de alto, con numeración correlativa en el reverso e impresión de los textos indicando el desglosamiento por el presidente de mesa de una solapa al momento de entregar la cédula al elector y el desglosamiento por el elector de la segunda solapa antes de depositarla en el ánfora; Que, la finalidad de ambas solapas adicionales, tenía como objetivo asegurar que la cédula que entrega el elector después de emitir su voto, sea la misma que le ha sido entregada por el presidente de mesa, otorgando mayor seguridad al sufragio; Que, se han producido impugnaciones a la adición en la cédula de sufragio, de las dos (02) solapas indicadas en el párrafo anterior por parte de las Organizaciones Políticas Solidaridad Nacional, Acción Popular y Partido Aprista Peruano; Que, es política de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, obtener opinión favorable de los participantes del proceso electoral, antes de implementar las innovaciones que propone tanto en el diseño de la cédula como en el material electoral; En uso de las atribuciones conferidas en la Carta Funda- mental, la Ley Nº 26859, Orgánica de Elecciones y la Ley Nº 26487, Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electo- rales; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Retirar del diseño de la cédula de sufragio presentada por Resolución Jefatural Nº 078-2000-J/ONPE de fecha 12 de febrero del 2000, la parte del Artículo Segundo que a continuación se detalla: