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Pág. 183977 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de febrero de 2000 recurso de apelación interpuesto por don GERARDO AR- MANDO SALMON HORNA, en contra de la Resolución Directoral Nº 561-99-DIRESA-CPPA-PUNO/OPER; y, CONSIDERANDO: Que, don Gerardo Armando Salmón Horna, interpone recurso impugnativo de apelación en contra la Resolución Directoral Nº 561-99-DIRESA-CPPA-PUNO/OPER de fecha 6 de setiembre de 1999, mediante la cual se le impone sanción disciplinaria de destitución del cargo de médico, nivel remunerativo N-3, del Hospital "Carlos Monje Medrano" de Juliaca, ámbito de acción de UBASS San Román, por haber incurrido en faltas administrativas disciplinarias, previstas en los incisos a), h) y j) del Artículo 28º y la prohibición prevista en el inciso c) del Artículo 21º del Decreto Legisla- tivo Nº 276; Que, conforme al Artículo 99º del Texto Unico Ordena- do de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado mediante D.S. Nº 02-94-JUS, el recurso de apelación se interpondrá cuando la impugna- ción se sustente en diferente interpretación de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro dere- cho, debiendo dirigirse a la misma autoridad que expidió la resolución para que eleve lo actuado al superior jerár- quico; Que, la autoridad administrativa no ha incurrido en error de interpretación de las pruebas producidas, como afirma el recurrente; por cuanto, la sanción disciplinaria se sustenta en una acción de control que no ha sido desvirtuada con prueba alguna por el servidor procesado; además, debe tomarse en cuenta que el referido procesado no ha absuelto, dentro del término de Ley, el pliego de cargos; por tanto, dichos cargos no contestados, o contes- tados fuera del término, son considerados como consenti- dos o aceptados; consiguientemente, ha quedado demos- trado con certeza, no sólo el incumplimiento de los debe- res, obligaciones y prohibiciones del servidor público seña- lados en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, sino también el de haber infringido deberes deontológicos del profesional de salud; En el marco de las funciones y atribuciones conferidas mediante Ley Nº 26922 Ley Marco de Descentralización, Decreto de Urgencia Nº 030-98, Decreto Supremo Nº 010-98- PRES; y, En uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú y Resolución Suprema Nº 155-99-PRES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR INFUNDADO el re- curso de apelación interpuesto por don GERARDO AR- MANDO SALMON HORNA, en contra de la Resolución Directoral Nº 561-99-DIRESA-CPPA-PUNO/OPER de fe- cha 6 de setiembre de 1999, por la cual se le sanciona con DESTITUCION, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa; en consecuencia, CONFIRMAR la misma en todos sus extremos. Artículo Segundo.- Notificar la presente Resolución Ejecutiva Presidencial a la Dirección Regional de Salud Puno, interesado y demás instancias administrativas del CTAR PUNO. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN HUGO ZAMATA AGUIRRE Presidente Ejecutivo Consejo Transitorio de Administración Regional Puno 1945 Cesan por causal de excedencia a servidores del CTAR La Libertad RESOLUCION PRESIDENCIAL EJECUTIVA Nº 100-2000-CTAR-LL Trujillo, 10 de febrero del 2000 VISTO: El Informe Final Consolidado de fecha 10 de febrero del 2000, la Comisión de Evaluación encargada de desarrollar el Programa de Evaluación del Rendimiento Laboral de losTrabajadores del Consejo Transitorio de Administración Regional - La Libertad, designada mediante Resolución Presidencial Ejecutiva Nº 038-2000-CTAR-LL, de fecha 12 de enero de 2000; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Ley Nº 26093, se dispone un Programa de Evaluación Semestral a los Trabajadores de la Adminis- tración Pública; para tal efecto el Ministerio de la Presiden- cia mediante Resolución Ministerial Nº 353-98-PRES y su modificatoria la Resolución Ministerial Nº 557-98-PRES, aprobó la Directiva Nº 002-98-PRES/VMDR, sobre el proceso de Evaluación para los trabajadores de los CTARs; Que, por Resolución Presidencial Ejecutiva Nº 038- 2000-CTAR-LL, de fecha 12 de enero de 2000, se resuelve designar a la Comisión Central de Evaluación encargada de llevar a cabo el proceso de Evaluación del Rendimiento Laboral de los Trabajadores permanentes de la Sede Central del Consejo Transitorio de Administración Regio- nal - La Libertad, Archivo Regional, Dirección Regional de Energía y Minas, Dirección Regional de Industria, Turis- mo; Integración y Negociaciones Comerciales Internacio- nales, Oficinas Microrregionales de: Sánchez Carrión (Hua- machuco), Santiago de Chuco, Pataz, Bolívar, Otuzco - Julcán y Jequetepeque correspondiente al Segundo Se- mestre de 1999; Que, asimismo por Resoluciones Presidenciales Ejecuti- vas Nºs. 039, 040, 041, 042, 043, 044-99-CTAR-LL, todas de fecha 12 de enero de 2000, resuelven designar a las Comisio- nes encargadas de desarrollar el Programa de Evaluación del Rendimiento Laboral de los Trabajadores Permanentes de las Direcciones Regionales Sectoriales de: Salud; Educa- ción; Agricultura; Pesquería; Transporte, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Trabajo y Promoción Social del Consejo Transitorio de Administración Regional - La Liber- tad, correspondiente al Segundo Semestre de 1999; Que, del documento de visto, el Presidente de la Comisión de Evaluación del Rendimiento Laboral, eleva a la Presiden- cia del Consejo Transitorio de Administración Regional - La Libertad, el Informe Final Consolidado del Proceso de Eva- luación de los Trabajadores de la Sede Central, Oficinas Microrregionales, Archivo Regional y de las Direcciones Regionales Sectoriales del Consejo Transitorio de Adminis- tración Regional - La Libertad, que corresponden al Segundo Semestre de 1999; Que, habiéndose concluido con el proceso de Evaluación del Rendimiento Laboral de los Trabajadores del Consejo Transitorio de Administración Regional - La Libertad y de las Direcciones Regionales Sectoriales del CTAR - La Liber- tad, correspondiente al Segundo Semestre de 1999, es nece- sario APROBAR el resultado de la Evaluación y CESAR POR CAUSAL DE EXCEDENCIA a los Servidores que no alcan- zaron la puntuación requerida para ser aprobados, estable- cidos en la Directiva Nº 002-98-PRES/VMDR, Programa de Evaluación Semestral del Rendimiento Laboral, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 353-98-PRES; En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, Ley Nº 26922, Decreto de Urgen- cia Nº 030-98, y con las facultades otorgadas por la Resolución Suprema Nº 008-98-PRES, con las visaciones correspondien- tes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, los resultados del Proceso de Evaluación del Rendimiento Laboral de los traba- jadores del Consejo Transitorio de Administración Regional - La Libertad: Sede Central, Archivo Regional, Oficinas Microrregionales y de las Direcciones Regionales Sectoriales de: Salud, Educación, Agraria, Pesquería, Transportes; Co- municaciones; Vivienda y Construcción, Trabajo y Promo- ción Social, Energía y Minas, Industria; Turismo; Integra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales del Con- sejo Transitorio de Administración Regional - La Libertad; correspondiente al Segundo Semestre de 1999, según grupo ocupacional y cuadro de méritos que consta en el Anexo 01 y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- CESAR, por causal de Excedencia a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, como resultado del Proceso de Evaluación del Rendimiento Laboral de los Trabajadores Permanentes del Consejo Tran- sitorio de Administración Regional - La Libertad, a los Servidores de la Sede Central del Consejo Transitorio de Administración Regional - La Libertad y de la Dirección Regional de Educación de La Libertad, por no haber alcanza- do la puntuación requerida para ser aprobados y que a continuación se detalla: