Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2000 (19/02/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 19 de febrero de 2000

Articulo 2º.- El servidor destituido no podra reingresar al servicio publico, bajo cualquier forma o modalidad de contratacion, dentro de los cinco anos, computados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 30º del Decreto Legislativo Nº 276, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26488. Articulo 3º.- Remitir copias autenticadas de la presente Resolucion a la Direccion de Administracion de Recursos, a la Unidad de Personal, a la Oficina de Auditoria Interna y a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad; y a la Presidencia del Consejo de Ministros en cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 1º inciso c) del Decreto Supremo Nº 74-95-PCM; y al interesado, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LA MORDAZA TUYA MORDAZA MORDAZA 2040 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0151-2000-AL/MDSMP San MORDAZA de Porres, 18 de febrero de 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES VISTO; El Informe Final Nº 009-2000-CPPAD/MDSMP, de fecha 16 de febrero de 2000, emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1603-99-AL/ MDSMP, de fecha 20 de diciembre de 1999; notificado en forma personal al servidor el 7 de enero del ano 2000, se abrio MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el servidor MORDAZA PONTE MORDAZA de la Division de Limpieza Publica, por la presunta falta disciplinaria - ausencias injustificadas por mas de cinco dias no consecutivos en un periodo de treinta dias calendario, ocurridos en el mes de enero de 1999; Que, al referido servidor se le imputa el haber inasistido al trabajo en forma injustificada, los dias 2, 3, 13, 19, 20 y 24 de MORDAZA de 1999, conforme se desprende de su tarjeta de control de asistencia y su boleta de pago, que en copias obran en el expediente; Que, el servidor ha presentado su descargo correspondiente en el termino de ley, donde indica que durante el mes de MORDAZA de 1999, por las labores que realiza en la Division de Limpieza Publica se agravo su salud, al haber estado padeciendo de enfermedades infecciosas, lo que comunico al Jefe de la Division de Limpieza Publica, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de los dias que ha faltado, reconociendo de esta manera que efectivamente ha faltado los dias que se detallan en el Informe Nº 45-99-WMS-UP/MDSMP, y al habersele hecho el descuento correspondiente en el mes de agosto de 1999, no ha hecho observacion alguna, asi como tampoco ha presentado prueba alguna en su defensa que desvirtuen los cargos en su contra, los que se prueban con el Informe referido y de la revision de su tarjeta de control de asistencia y boleta de pago que en MORDAZA se adjunta al expediente, siendo evidente la falta grave cometida por el servidor; Que, del estudio y analisis de la documentacion obrante en el expediente, queda probado que el servidor ha incurrido en falta grave de caracter disciplinario, al contravenir las obligaciones a que esta sujeto todo servidor publico, de concurrir puntualmente al trabajo y de observar los horarios establecidos, incurriendo en ausencias injustificadas por mas de cinco dias no consecutivos en un periodo de treinta dias calendario, ocurridos en el mes de MORDAZA de 1999, previsto en el Articulo 28º Inc. k) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; y, Estando a las recomendaciones de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios en su Informe Final, y con las visaciones de la Direccion de Administracion de Recursos y Asesoria Juridica; en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 47º inciso 6) de la Ley Nº 23853 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar con la medida disciplinaria de DESTITUCION al servidor MORDAZA PONTE MORDAZA de la

Division de Limpieza Publica, por los hechos y fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El servidor destituido no podra reingresar al servicio publico, bajo cualquier forma o modalidad de contratacion, dentro de los cinco anos, computados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 30º del Decreto Legislativo Nº 276, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26488. Articulo 3º.- Remitir copias autenticadas de la presente Resolucion a la Direccion de Administracion de Recursos, a la Unidad de Personal, a la Oficina de Auditoria Interna y a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad; y a la Presidencia del Consejo de Ministros en cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 1º inciso c) del Decreto Supremo Nº 74-95-PCM; y al interesado, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 2041

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Modifican el Reglamento de Aplicacion y Sanciones de la municipalidad
ORDENANZA Nº 022-99/MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 26 de octubre de 1999 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 26 de octubre de 1999, bajo la presidencia del senor MORDAZA Dr. MORDAZA Ipenza MORDAZA y con la asistencia de los senores Regidores Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA C., Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA Yrribarren MORDAZA, Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA Rios; se trato sobre la modificacion de la Ordenanza Nº 018-99/MVMT; y, CONSIDERANDO: Que, por error material se ha consignado en el Art. 17º del Reglamento de Aplicacion y Sanciones (RAS) un periodo de diez (10) dias para hacer uso del derecho impugnativo, debiendo ser de 15 dias; De conformidad con el Art. 36º, Inc. 3) de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades; y con el MORDAZA Unanime de los senores Regidores; se ha emitido la siguiente: ORDENANZA Articulo Unico.- Modifiquese el Art. 17º del Reglamento de Aplicacion y Sanciones de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, aprobado por Ordenanza Nº 018-99/ MVMT en los siguientes terminos: "Art. 17º El plazo para interponer los recursos impugnativos es de quince (15) dias computados a partir del dia siguiente de la imposicion de la NOTIFICACION. Si no es recurrida o impugnada sera dada por agotada la via administrativa, procediendose a la ejecucion correspondiente". Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA IPENZA MORDAZA MORDAZA 1979

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