Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (19/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 28

Pág. 183982 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de febrero de 2000 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Establecen disposiciones sobre pago del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2000 DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2000 San Juan de Miraflores, 25 de enero del 2000 EL ALCALDE DEL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 776, - Ley de Tributación Municipal, se regula los Tributos y Rentas que los Gobiernos Locales administran dentro de su jurisdicción distrital, entre los cuales se encuentra el Impuesto Predial, impuesto que grava el valor de los predios urbanos y rústicos, cuya recaudación y fiscalización corresponde a los gobiernos Locales Distritales; Que, por Resolución Ministerial Nº 495-99-MTC/15.04 se APRUEBA los valores unitarios Oficiales de Edificación para la Costa, Sierra y Selva; Que, con Resolución Ministerial Nº 491-99-MTC/15.04, se APRUEBA los planos básicos Arancelarios que contienen valores de áreas Urbanas de la provincia de Lima y Callao; Que, con Resolución Ministerial Nº 469-99-MTC/15.04, se aprueba la Tabla de Depreciación por Antigüedad y Estado de Conservación; Que, con Resolución Ministerial Nº 494-99-MTC/15.04, se aprueba el cuadro de Aranceles de terrenos rústicos; Que, el Art. 13º del D. Leg. Nº 776, facultad a las Municipalidades a establecer un monto mínimo a pagar por concepto del Impuesto Predial equivalente a 0.6% de la UIT, vigente al 1 de enero del ejercicio tributario gravable al año que corresponde el Impuesto; Que, el Impuesto Predial podrá cancelarse de con- formidad a las alternativas emanadas en el Art. 15º del D. Leg. Nº 776, siendo reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del Indice de Precios al por Mayor, por el período comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente al pago; Que, la Cuarta Disposición Final del mencionado Decre- to, establece que los Municipios que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determina- ción de impuestos y de recibos de pago correspondientes e incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no más del 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada Ejercicio tributario gravable, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de presenta- ción de Declaraciones Juradas; Que, estando a lo establecido en el D. Leg. Nº 776 - Ley de Tributación Municipal y conforme a las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE DECRETA: Artículo 1º.- AUTORIZAR la emisión MECANIZADA de las Declaraciones Juradas del Impuesto Predial (HR y PU) y recibos de Pagos, correspondiente al Ejercicio Tributario 2000, de Acuerdo a la última Normatividad Vigente. Artículo 2º.- Fijar en S/. 8.00 (Ocho Nuevos Soles) el derecho de Emisión y Distribución a domicilio de las Decla- raciones Juradas de Autoavalúo y los Recibos de pago corres- pondientes, estando afecto al pago por cada predio adicional la suma de S/. 2.00 (Dos Nuevos Soles). Artículo 3º.- Fijar como monto mínimo a pagar por concepto de Impuesto Predial 2000, la suma de S/. 17.40 (Diecisiete y 00/40 de nuevos soles) por cada unidad predial. Artículo 4º.- Considerar el pago del Impuesto Predial en forma fraccionada, en cuatro 4 cuotas, cuyas fechas de vencimientos se detallan: 1º Cuota - ¼ del Impuesto, hasta el 29/2/2000 2º Cuota - ¼ del Impuesto, hasta el 31/5/2000 3º Cuota - ¼ del Impuesto, hasta el 31/8/2000 4º Cuota - ¼ del Impuesto, hasta el 30/11/2000 Artículo 5º.- La Dirección de Rentas, la Dirección de Administración, la Unidad de Administración Tributaria, la Oficina de Relaciones Públicas y las que competen quedan encargadas del cumplimiento del presente Decreto.POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 2033 Declaran en situación de urgencia la adquisición de insumos para el Pro- grama del Vaso de Leche y la contra- tación del servicio de limpieza ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2000 San Juan de Miraflores, 9 de febrero de 2000 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Visto en Sesión Extraordinaria de la fecha, la moción de Orden del Día de un grupo de Regidores, solicitando la declaratoria de urgencia para la adquisición de Insumos del Programa del Vaso de Leche. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, que cuentan con autonomía política, económica y administra- tiva en los asuntos de su competencia, conforme a lo dispuesto por el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado; Que, el Artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado - Ley Nº 26850, faculta a los gobiernos locales a declarar en situación de urgencia, cuando la ausen- cia de un bien o de un servicio compromete la continuidad de un servicio esencial; Que, de acuerdo a la Segunda Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley de Presupuesto del Sector Público del Año 2000, Ley Nº 27212, se establece que los recursos del Programa del Vaso de Leche financian la ración alimentaria diaria compuesta por productos de origen nacional, a excep- ción de los enriquecidos lácteos, los que deben contener un mínimo del 75% de insumo nacional; Que, dado que la licitación pública se encuentra en proceso, y con la finalidad de que no se paralice la distribu- ción de los insumos del Programa del Vaso de Leche, lo que perjudicaría a los beneficiarios de dicho programa, es nece- sario declarar en situación de Urgencia la adquisición de insumos del Programa del Vaso de Leche, mientras se realice el proceso de licitación pública; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 26850, D.S. Nº 039-98- PCM, Ley Nº 27212, Informe Nº 005-2000/DA-MDSJM de la Dirección de Administración, Informe Nº 144-OAL-MDSJM- 00, de la Oficina de Asesoría Legal, puesto al debate y por voto mayoritario de los señores Regidores, el Concejo Municipal de San Juan de Miraflores, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; ACORDO: Artículo Unico.- DECLARAR en situación de Urgencia la adquisición de Insumos para el Programa del Vaso de Leche, por el plazo que dure el Proceso de Licitación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 2034 ACUERDO DE CONCEJO Nº 007-2000 San Juan de Miraflores, 9 de febrero de 2000 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Visto en Sesión Extraordinaria de la fecha, la moción de Orden del Día de un grupo de Regidores, solicitando la declaratoria de urgencia para la contratación del Servicio de Limpieza Pública. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, confor-