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Pág. 189923 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de julio de 2000 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO Otorgan distinción a miembro del Colegio Odontológico Departamental de Pasco RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 169-2000-A-HMPP Cerro de Pasco, 26 junio del 2000 EL ALCALDE DE LA HONORABLE MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO CONSIDERANDO: Que, el actual Gobierno Local tiene como uno de sus linea- mientos de política el otorgamiento de reconocimientos y distinciones a personalidades e instituciones que se han distin- guido por su contribución al desarrollo del país o sus valiosos aportes al progreso de la región o de la ciudad de Cerro de Pasco; Que, el Dr. OSCAR LOPEZ MENESES, Delegado del Colegio Odontológico Departamental de Pasco ante el Consejo Nacional del Colegio Odontológico del Perú, con motivo de su visita a Cerro de Pasco el día 26 de junio del 2000, ha dado cuenta de sus importantes propuestas presentadas ante los más altos niveles del Gobierno Central, en relación al desarrollo e implementación de los servicios de salud en la Región, en el marco del proceso de descentralización del país y como parte de una perspectiva inte- gral de desarrollo sostenible, así como de sus importantes gestio- nes en relación a trascendentales proyectos en beneficio de Pasco, lo cual debe ser registrado, reconocido y publicitado para que la población lo reconozca como tal; y, En uso de la autonomía política que la Constitución Política reconoce a las Municipalidades, estando a lo previsto en el Art. 47º Inc. 6) de la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades y con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal; RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR la distinción de VISITANTE DIS- TINGUIDO y la LLAVE DE LA CIUDAD AL Dr. OSCAR LOPEZ MENESES, con motivo de su visita a la ciudad de Cerro de Pasco el día 26 de junio del 2000. Artículo 2º.- DISPONER que la presente Resolución se publique y difunda para que la población reconozca como tal al homenajeado. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSWALDO DE LA CRUZ VASQUEZ Alcalde 7701MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Aprueban Texto Unico de Procedimien- tos Administrativos de la Municipalidad ORDENANZA Nº 011-2000/MDC Carabayllo, 28 de junio de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de fecha 28 de junio del 2000, aprobó por MAYORIA el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Carabayllo. CONSIDERANDO: Que, la Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, Decreto Legislativo Nº 757, Artículo 20º y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 094-92-PCM, establece la obligatoriedad de apro- bar y publicar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA, para las Entidades de la Administración Pública; Que, corresponde a la Municipalidad Distrital de Carabayllo aprobar el Texto Unico de Procedimientos con arreglo al Artículo 22º de la citada Ley; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Carabayllo del año 1999, requiere ser dotado de modificaciones en los diferentes Procedimientos Administrativos de acuerdo a la normatividad vigente razón por la cual, la Admi- nistración Municipal propone la elaboración de un nuevo Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA; Que, el Artículo 70º del D. Leg. Nº 776 establece que los derechos que se cobren por la tramitación de los Procedimientos Administrativos sólo serán exigibles a los usuarios cuando conste en el correspondiente Texto Unico de Procedimientos; Estando a lo expuesto y de conformidad con los Artículos 191º y 192º Constitución Política del Estado, Artículo 36º, inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, Art. 22º, Decreto Legislativo Nº 757, D.S. Nº 094-92-PCM, se expidió la siguiente: ORDENANZA TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRA- TIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Artículo Primero .- APROBAR los derechos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad de Carabayllo, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo .- ENCARGAR a la Dirección Municipal, Oficina de Administración y Finanzas, Oficina de Administración Tributaria, Dirección de Infraestructura y Desarrollo Urbano- Rural, Dirección de Servicios Corporativos y Dirección de Promo- ción Social y del Desarrollo Humano, velar por el cabal cumpli- miento del presente en cuanto les corresponda. Artículo Tercero .- DEROGAR los dispositivos legales que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto .- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUILLERMO TAPIA ZEGARRA AlcaldeDEBE DECIR: DERECHOS CALIFICACION INICIO RESUELVE RESUELVE Nº DENOMINACION REQUISITOS A DEL PRIMERA QUEJA O PAGAR AUT SAP SAN N/REG TRAMITE INSTAN IMPUGNAT 11AUTORIZACION DE ESPECTACULOS j) Derecho Administrativo: 2d U.T.D. O.A.F D.M. PUBLICOS NO DEPORTIVOS 2- Polladas, parrilladas o similares 35.00 AGENCIA AGENCIA Base Legal: Dec. Leg. Nº 776, Cap. VI/ Ley Nº 23853 Art. 6º, Ley Nº 27276 23DECLARACION JURADA ANUAL DE PERMANEN- a) Formulario- Solicitud Dec. Jurada 2d U.T.D. DIRSEC D.M. CIA EN EL GIRO AUTORIZADO AL ESTABLECI- AGENCIA AGENCIA MIENTO Base Legal: Deg. Leg. Nº 776, Mod. Por Art. 71º/ Ley Nº 27180 25DECLARACION JURADA ANUAL DE FUNCIONA- a) Formulario- Solicitud Dec. Jurada 3d U.T.D. DIRSEC D.M. MIENTO DESPUES DE LAS 23 HORAS AGENCIA AGENCIA Base Legal: Ley Nº 27180, Art. 67º Ley Nº 27180 33INSCRIPCION Y REGISTRO DEL CONDUCTOR d) Derecho Administrativo (por conductor) 20.00 15d U.T.D. DIRSEC D.M. DEL VEHICULO MENOR (Unica vez) AGENCIAS Base Legal: Ordenanzas Nº 015-00-MVES/ Ley Nº 27189 DD.SS. Nºs. 004 y 009-2000-MTC/ Ordenanza Nº 241-MML. 36AUTORIZACION (RESOLUCION) O RENOVACION 1d U.T.D. DIRSEC D.M. DE OPERACIÓN DE SERVICIO PARA VEHICULOS AGENCIAS MENORES ( única vez) Base Legal: Ordenanzas Nº 015-00-MVES y Nº 241-MML 89COPIA SIMPLE DE EXPEDIENTE EN TRAMITE c) Derecho Administrativo 2d U.T.D. COMUNICAC. ALCALDE Base Legal: Constit. Política Art. 2º, Inc.20./ D.S. Nº 02-94-JUS - Primera hoja 5.00 - Adicional por hoja 1.00 7708