Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2000 (22/07/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 190802 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de julio de 2000 Que, en atención al Informe Nº 001-00-CEPA-MDNCH, emi- tido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Dis- ciplinarios, el Titular del Pliego mediante Resolución de Alcaldía Nº 100-2000-MDNCH de fecha 7-JUN-2000, dispone Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario contra los ex Funciona- rios: Sr. GUILLERMO FERNANDEZ ICO, ex Director Munici- pal; Sr. EDILBERTO RAMOS BALDERA, ex Jefe de Admi- nistración; Sr. ALFREDO AGUILAR CRUZ, ex Jefe de Adminis- tración; y Sr. CARLOS GARCIA ARMAS, ex Jefe de Tesorería, y otros, por faltas administrativas contempladas en el Art. 28º Incs. a) y d) de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa - D. Leg. Nº 276 y por las consideraciones antes expuestas. Que, estando a lo dispuesto por los Artículos 163º, 164º, 165º y 170º del D.S. Nº 005-90-PCM, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios eleva su Informe Nº 018-2000- CEPA-MDNCH de fecha 19-JULIO-2000, al Titular de la Entidad, mediante el cual señala: que del análisis del Informe Nº 001-2000- MPS-OAI, respecto a la Observación Nº 2, sobre: Determinación de Cobro en exceso de Costas Procesales por Cobranzas de Deudas No Tributarias y Tributarias, a cargo del Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote; al margen de la responsabilidad administrativa de otros ex funcionarios, le asiste responsabilidad administrativa al Sr. CARLOS GARCIA ARMAS, en su condición de ex Tesorero, por haber girado los Cheques para el reconocimiento de honorarios en forma irregular, como se deja ver en las pruebas documentarias recopiladas por la Comisión; no habiendo el mencionado ex servidor municipal procesado, presen- tado descargo alguno sobre este hecho imputado en su contra, pese a haber sido debidamente notificado mediante el Diario Oficial El Peruano. Respecto a la Observación Nº 3 Sobre: Reconocimientos Otorgados con Fondos de Inversión a la Firma "FROMESA SRL", por Servicios de Limpieza Pública, durante el período 1997, 1998 a junio 1999, le asiste responsabilidad administrativa a los señores: GUILLERMO FERNANDEZ ICO, en su condición de ex Director Municipal, por haber opinado favorablemente y no haber advertido sobre la utilización indebida que se dieron a los Recursos de Inversión; EDILBERTO RAMOS BALDERA y ALFREDO AGUI- LAR CRUZ ambos en su condición de ex Jefes de Administración, por no haber advertido y/o no pronunciarse sobre este hecho irregular, como se deja ver en los instrumentos probatorios recopi- lados por la Comisión; no habiendo presentado ninguno de ellos sus descargos respectivos sobre los hechos imputados en su contra, pese a haber sido debidamente notificado mediante el Diario Oficial El Peruano. Respecto a la Observación Nº 9 sobre: Irregularidades Administrativas y Vicios de Procedimientos en la suscripción de Contrato con la Firma "FROMESA SRL" durante la anterior gestión Municipal para el Servicio de Limpieza Pública en el distrito de Nuevo Chimbote. Le atañe responsabilidad administra- tiva al Sr. EDILBERTO RAMOS BALDERA, en su condición de ex Miembro del Comité de Adjudicación, por haber desarrollado un ejercicio negligente en el desempeño de sus funciones, y haber transgredido las disposiciones contenidas en los Artículos 1.1.14, 1.3.2, 1.4.1, 1.1.13, 3.3.5, 3.4.2, 4.5.3, 4.5.6, 4.5.7, 4.5.8, 4.5.9 y 5.1.4 del RUA, aprobado por D.S. Nº 065-85-PCM, así como las Normas Generales del Sistema de Abastecimiento S.A. - 01 Aplicación de Criterios de Eficiencia y Eficacia, SA-02 Integridad de Administra- ción del Abastecimiento aprobada con Resolución Jefatural Nº 118- 80-INAP/DNA; Normas del Control Interno para el Area de Teso- rería, 230-06 Control y Custodias de Cartas Fianzas, aprobada con Resolución de Contraloría Nº 072-98-CG, y contemplada en el Art. 40º del D.S. Nº 039-98-PCM; no habiendo cumplido con presentar descargo alguno respecto a este hecho imputado en su contra, pese a haber sido notificado en el Diario Oficial El Peruano; Que, ninguno de los cuatro (4) ex Funcionarios comprendidos en la presente Resolución, han presentado ante la Comisión Especial de Procesos Administrativos sus descargos correspondientes, que les permita levantar las observaciones formuladas contra su perso- na; por lo que ésta determina que todos ellos han incurrido en falta de carácter administrativo tipificado en el Inc. d) del Art. 28º del D. Leg. Nº 276 concordante con el Art. 150º del D.S. Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; por tal motivo recomienda DESTITUIR a los señores: GUILLERMO FERNANDEZ ICO, ex Director Municipal; EDILBERTO RAMOS BALDERA, ex Jefe de Administración; ALFREDO AGUILAR CRUZ, ex Jefe de Administración; en mérito a la falta administra- tiva especificada en el considerando Tercero, Numeral 2), de la presente Resolución de Alcaldía, consistente en Reconocimientos Otorgados con Fondos de Inversión a la Firma "FROMESA SRL", por Servicios de Limpieza Pública, durante el período 1997, 1998 a junio 1999 y CARLOS GARCIA ARMAS, ex Jefe de Tesorería, en mérito a la falta administrativa especificada en el considerando Tercero, Numeral 1), de la presente Resolución de Alcaldía, consis- tente en: Determinación de Cobro en exceso de Costas Procesales por Cobranzas de Deudas No Tributarias y Tributarias, a cargo del Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbo- te; por considerarlas como las faltas más graves cometidas en su accionar administrativo durante el tiempo que laboraron como funcionarios de esta Municipalidad; Que, en el Informe Nº 018-2000-CEPA-MDNCH la Comisión Especial de Procesos Administrativos, además, recomienda se derive el expediente administrativo a la Oficina de Asesoría Legal, a efecto de que proceda realizar las acciones legales a que hubiere lugar; Que, estando a lo dispuesto por el D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa, su Reglamento D.S. Nº 005-90- PCM, e Inc. 6) del Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853;SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESTITUIR a los ex funcionarios de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, señores: GUILLER- MO FERNANDEZ ICO; EDILBERTO RAMOS BALDERA; ALFREDO AGUILAR CRUZ y CARLOS GARCIA ARMAS, en mérito a las consideraciones antes expuestas. Artículo Segundo.- DISPONER se notifique la presente Resolución a las personas indicadas en el artículo precedente, de manera personal o mediante publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- DISPONER se remitan los actuados a la Oficina de Asesoría Legal, a fin de que ésta inicie las acciones legales correspondientes a que hubiera lugar. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección Municipal, Oficina de Asesoría Legal, y Oficina de Personal efectuar las acciones correspondientes a fin de dar cumplimiento a la presente Resolución de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. JULIO OSTOLAZA GANOZA Alcalde 8353 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO - CHACLLA Aprueban Texto Unico de Procedimien- tos Administrativos de la municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 04-2000-MDSACH-PH San Antonio, 30 de junio del 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO POR CUANTO: El Concejo Distrital de San Antonio, ubicado en la provincia de Huarochirí, departamento Lima, en Sesión de Concejo del 30 de junio del presente año, se acordó por mayoría; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 757, Ley Marco para el crecimiento de la Inversión Privada se ha establecido la obligato- riedad para todas las entidades de la Administración Pública, la aprobación y publicación de su correspondiente Texto Unico de Procedimientos (TUPA); Que, el Artículo 22º del citado dispositivo establece que a más tardar el 30 de junio de cada ejercicio fiscal las entidades integran- tes de la Administración Pública, dentro de las cuales se encuen- tran los Gobiernos Locales, deberán publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos; Que, según el Decreto Supremo Nº 094-92-PCM se han esta- blecido las disposiciones reglamentarias sobre Seguridad Jurídi- ca en materia administrativa contenidas en la Ley Marco para el crecimiento de la inversión privada; Que, es necesario aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, adecuándolo a la estructura Orgánica de Muni- cipalidades, expresado en la calidad y optimización de los recursos reflejados en el mejoramiento de los servicios y la modernización de la gestión objetivos primordiales de la presente Administra- ción Pública, por lo que es necesario que se apruebe mediante Ordenanza el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA, según lo establecen los Artículos 18º y 22º del Decreto Legislativo Nº 094-92-PCM y el Artículo 110º de la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades; Estando a lo dispuesto en el Artículo 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y modificatorias el Decreto Legisla- tivo Nº 757 - Ley Marco para el crecimiento de la Inversión Privada y el Decreto Supremo Nº 094-92-PCM sobre reglamento de las disposiciones de seguridad jurídica de materia administrativa, ha dado la siguiente Ordenanza. Artículo Primero.- APROBAR el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de San Antonio, y los derechos contenidos en el mismo, en los rubros que se consignan en el Anexo que forma parte constitutiva del presente dispositivo. Artículo Segundo.- LA PRESENTE ORDENANZA entrará en vigencia al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. MAXIMO OCARIS JULCA Alcalde 8277