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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2000 (22/07/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 31

Pág. 190801 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de julio de 2000 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2000-CDSB-A San Borja, 17 de julio de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA CONSIDERANDO: Que, es política de la actual administración promover e incen- tivar el espíritu cívico y cultural que afirmen en la conciencia del vecindario el sentimiento de Peruanidad y respeto a los símbolos nacionales; Que, el Concejo Distrital de San Borja, con motivo de conme- morarse el día 28 de julio próximo el Centésimo Septuagésimo Noveno Aniversario de la Independencia Nacional ha considerado se adopte las medidas convenientes como muestra del deber cívico y patriótico de la comunidad sanborjina; Estando a lo expuesto, y, en uso de las facultades que le confiere el Art. 47º Inc. 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Disponer el Embanderamiento General del distrito de San Borja, desde el 21 hasta el 31 de julio del presente año, en homenaje al Centésimo Septuagésimo Noveno Aniversario de la Independencia Nacional. Artículo Segundo.- Exhortar a la comunidad sanborjina para que procedan a la limpieza y pintado de las fachadas de sus respectivos inmuebles. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Dirección de Imagen Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE LERMO RENGIFO Alcalde 8262 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Rectifican resolución mediante la cual se sancionó con cese temporal a servidora de la División de Ecología de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 910-2000-AL/MDSMP San Martín de Porres, 10 de julio de 2000 LA ALCALDESA DE SAN MARTIN DE PORRES: VISTO; la publicación de la Resolución de Alcaldía Nº 821- 2000-AL/MDSMP, en el Diario Oficial El Peruano de fecha 6 de julio del 2000; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 821-2000-AL/ MDSMP de fecha 23 de junio del 2000; publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 6 de julio del 2000, se sancionó con la medida disciplinaria de CESE TEMPORAL por Treintiún días, a la servidora GLADYS MARIETA MEDINA CRUCES de la Divi- sión de Ecología, por la falta disciplinaria - reiterada resistencia al cumplimiento de las órdenes de sus superiores y negligencia en el desempeño de sus funciones; y se le ABSUELVE de la falta disciplinaria - faltamiento de palabra a su superior y grave indisciplina, por falta de pruebas; Que, en el tercer párrafo de la parte considerativa de la acotada resolución, dice: "... declaración testimonial corrobora lo dicho por la servidora procesada..." debe decir: "... declaración testimonial no corrobora lo dicho por la servidora procesada..." por lo que se hace necesario subsanar dicha omisión de acuerdo al Art. 96º del D.S. Nº 02-94-JUS; y,En uso de las facultades conferidas por el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Unico.- RECTIFICAR el tercer párrafo de la parte considerativa de la Resolución de Alcaldía Nº 821-2000-AL/MDSMP en los términos indicados en el segundo considerando de la presente resolución, por las razones expuestas. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 8339 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE Destituyen a ex funcionarios de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 125-2000-MDNCH Nuevo Chimbote, 20 de julio del 2000 VISTO: El Informe Nº 018-2000-CEPA-MDNCH de fecha 19-JULIO- 2000, emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 034-2000-MDNCH y Resolución de Alcaldía Nº 060-2000-MDNCH se designó la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, encargada de evaluar la responsabilidad administrativa de los funcionarios muni- cipales, por faltas cometidas durante el ejercicio de su cargo; Que, mediante Informe Nº 001-2000-MPS-OAI, emitido por la Comisión Auditora de la Municipalidad Provincial del Santa referente a la "Auditoría de Gestión aplicada a la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, período 1996 a julio 1999", por encargatura de la Contraloría General de la República; se deter- minó hechos irregulares cometidos por autoridades, funcionarios y servidores durante el ejercicio de sus funciones; Que, al amparo de lo dispuesto por los Arts. 165º, 166º del Reglamento de Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado mediante D.S. Nº 005-90-PCM, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios luego de realizar el estudio y califica- ción del documento emitido por la Comisión Auditora de la Munici- palidad Provincial del Santa, eleva ante el Despacho de Alcaldía el Informe Nº 001-00-CEPA-MDNCH, mediante el cual emite su pro- nunciamiento sobre la procedencia de apertura proceso administra- tivo disciplinario a los ex Funcionarios: Sr. GUILLERMO FERNAN- DEZ ICO, ex Director Municipal; Sr. EDILBERTO RAMOS BAL- DERA, ex Jefe de Administración; Sr. ALFREDO AGUILAR CRUZ, ex Jefe de Administración; y Sr. CARLOS GARCIA ARMAS, ex Jefe de Tesorería, por cuanto, luego de la investigación realizada por el Organo de Control Interno, se concluye de que habrían cometido irregularidades administrativas, en cuanto a: 1. Determinación de Cobro en exceso de Costas Proce- sales por Cobranzas de Deudas No Tributarias y Tributa- rias, a cargo del Auxiliar Coactivo de la Muncipalidad Distrital de Nuevo Chimbote (Observación Nº 2) . Asistiéndole responsabilidad administrativa, al Sr. CARLOS GARCIA ARMAS en su calidad de ex Tesorero, por haber girado los cheques para el reconocimiento de honorarios en forma irregular. 2. Reconocimientos Otorgados con Fondos de Inver- sión a la Firma "FROMESA SRL", por Servicios de Limpie- za Pública, durante el período 1997, 1998 a junio 1999 (Observación Nº 3). Asistiéndole responsabilidad administrativa, a: GUILLER- MO FERNANDEZ ICO, en calidad de ex Director Municipal, por haber opinado favorablemente y no haber advertido sobre la Utilización indebida que se dieron a los Recursos de Inversión; EDILBERTO RAMOS BALDERA y ALFREDO AGUILAR CRUZ, ambos en calidad de ex Administradores, por no advertir y/o no haber pronunciarse sobre este hecho irregular. 3. Irregularidades Administrativas y Vicios de Proce- dimientos en la suscripción de Contrato con la Firma "FROMESA SRL" durante la anterior gestión Municipal para el Servicio de Limpieza Pública en el distrito de Nuevo Chimbote (Observación Nº 9). Asistiéndole responsabilidad administrativa a EDILBERTO RAMOS BALDERA, en su calidad de ex miembro del Comité de Adjudicación, por haber desarrollado un ejercicio negligente en el desempeño de sus funciones.