Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2000 (22/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 22 de MORDAZA de 2000

SBS
Cancelan certificado de inscripcion de la empresa Genera Peru Corredores de Seguros S.R.Ltda. del Registro del Sistema de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 487-2000 MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Belapatino MORDAZA, para que se cancele la inscripcion de la empresa Genera Peru Corredores de Seguros S.R.Ltda. del Registro del Sistema de Seguros - Libro II de Corredores de Seguros, Seccion B. Personas Juridicas; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha procedido a la disolucion y liquidacion, tal como consta en el acta del acuerdo de Junta General de Socios celebradas el 25 de MORDAZA de 2000, e inscrita en la partida electronica Nº 11008091 del Registro de Personas Juridicas de Lima; y, Estando a lo opinado por el Departamento de Analisis y Supervision de Intermediarios y Auxiliares de la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Informe Nº 085-2000-DASIA; y, De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; modificada por las Leyes Nºs. 27008 y 27102, y, en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Cancelar el certificado de inscripcion Nº J0604 de la empresa Genera Peru Corredores de Seguros S.R.Ltda. del Registro del Sistema de Seguros - Libro II de Corredores de Seguros, Seccion B. Personas Juridicas, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

Que, acogiendose al regimen especial dispuesto mediante Resolucion CONASEV Nº 084-99-EF/94.10 para aquellas empresas administradoras de fondos colectivos que fortalezcan su situacion patrimonial y de garantias, Pandero S.A. EAFC con fecha 21 de junio de 2000 solicito a CONASEV la autorizacion de nuevos programas denominados "Pandero A-1" y "Pandero A-2", los mismos que tienen por objeto adjudicar a cada asociado un Certificado de Compra en Dolares de los Estados Unidos de Norteamerica, destinado a la adquisicion de un vehiculo MORDAZA de la MORDAZA declarada por el asociado al momento de ingresar al sistema con proveedor predeterminado; Que, luego de evaluada la documentacion presentada por Pandero S.A. EAFC se ha determinado que la empresa satisface los requisitos de capital, patrimonio y garantia exigidos para acogerse al regimen especial; Que, asimismo, Pandero S.A. EAFC ha cumplido con los requisitos exigidos por la normatividad vigente para la autorizacion de programas, por lo que corresponde aprobar los denominados "Pandero A-1" y "Pandero A-2"; y, Estando a lo dispuesto en los Articulos 13º y 15º del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 730-97-EF/94.10; en los Articulos 1º, 2º y 5º de la Resolucion CONASEV Nº 084-99-EF/94.10; en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-98-EF, vigente a la fecha de MORDAZA de la solicitud; asi como a las facultades otorgadas a la Gerencia de Intermediarios y Fondos mediante Acuerdo Nº 118-99 del Directorio de esta Institucion, reunido en sesion de fecha 6 de MORDAZA de 1999; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a Pandero S.A. EAFC la administracion de los programas denominados "Pandero A-1" y "Pandero A2", bajo el Sistema de Certificado de Compra con proveedor predeterminado, cuyas caracteristicas son las siguientes:
Denominacion Objeto Pandero A-1. Pandero A-2

Adjudicar a cada asociado un Certificado de Compra en dolares americanos, destinado a adquirir de Pandero un vehiculo MORDAZA de la MORDAZA declarada por el asociado al momento de ingresar al sistema. De US$ 10 000 a US$ 30 000 De US$ 15 000 a US$ 40 000 Al interior de cada grupo, el certificado de compra de menor valor no podra ser inferior al cincuenta (50%) del certificado de compra de mayor valor. Al interior de cada grupo, el numero de valores del certificado de compra no podra exceder a ocho (8) valores distintos.

Valor del Certificado

Numero de Asociados

Ciento ochenta (180 ) Sesenta (60) meses Hasta el 12% del valor del Certificado de Compra. El asociado podra pagar la cuota de inscripcion segun lo siguiente: a) El 50% al ingresar al sistema, pudiendo Pandero dividir el pago en armadas. b) El 50% a la adjudicacion o, en caso que el contrato sea resuelto por morosidad, a la liquidacion del grupo. El asociado gozara del descuento de este importe si una vez adjudicado, con el Certificado de Compra adquiere del proveedor el bien indicado en la Aplicacion del Certificado de compra. A la entrega del bien adquirido con el certificado de compra, el asociado debera haber cancelado la totalidad de la cuota de inscripcion que le corresponda. Equivalente al valor del certificado de compra dividido entre el numero de meses de duracion del grupo. Las cuotas capitales cobradas conforman el fondo colectivo, con el cual se constituyen los certificados de compra que son adjudicados en las asambleas Hasta el 24% del valor de la cuota capital. Los asociados que abonen su cuota mensual hasta el dia de vencimiento gozaran del descuento de este pago. Mensualmente se efectuaran las adjudicaciones que permita el fondo colectivo. Teoricamente seran tres (3). La primera se efectuara por sorteo y las restantes por remate. Las propuestas de remate se expresaran en numero entero de cuotas capitales, sujeta a: a) Propuesta Maxima: el numero de cuotas que resten pagar. b) Propuesta Minima una (1) cuota capital. Las cuotas pagadas por remate por los asociados adjudicados por esta modalidad, gozaran del descuento de la cuota de administracion y, se aplicaran a la cancelacion anticipada de igual numero de cuotas total mensuales en orden inverso, es decir desde la MORDAZA y hasta donde alcance. El importe de los remates forman parte del fondo colectivo. El grupo podra empezar a operar desde el momento que las cuotas capitales recaudadas equivalgan al mayor valor del certificado de compra y permitan por lo menos una adjudicacion mensual. Dicha situacion se podra mantener por el plazo MORDAZA de noventa (90) dias, periodo durante el cual no se podra iniciar otro grupo.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QUIROGA Superintendente Adjunta de Seguros 8284

Duracion del Grupo Cuota de Inscripcion

CONASEV
Autorizan a Pandero S.A. EAFC administrar programas bajo el sistema de certificado de compra con proveedor predeterminado para la adquisicion de vehiculos
RESOLUCION GERENCIAL Nº 017-2000-EF/94.55 MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2000 VISTOS: El Expediente Nº 2000/00303 iniciado por la empresa Pandero S.A. EAFC y el Informe Nº 014-2000-EF/94.55.2 de fecha 17 de MORDAZA de 2000, presentado por la Subgerencia de Fondos, con la opinion favorable de la Responsable Legal; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 2º del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, corresponde a esta Comision Nacional reglamentar y controlar las actividades de las empresas administradoras de fondos colectivos; Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 152-78-EF/94.10 de fecha 8 de noviembre de 1978, se autorizo a Pandero S.A. EAFC a funcionar como empresa administradora de fondos colectivos;
Numero y Modalidad de Adjudicaciones Cuota Capital

Cuota de Administracion

Utilizacion de los Remates

Asamblea Inaugural

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