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Pág. 190973 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de julio de 2000 - Acta de Nacimiento Nº 329 de fecha 13 de octubre de 1993, correspondiente a HOLY ALCANTARA AS- TUHUAMAN, en el cual se le ha consignado con el sexo masculino. - En el Acta de Nacimiento a que alude la Jefa de Registros Civiles en el informe indicado, se ha inscrito el sexo de la titular como masculino, contrariamente al señalado en el Certificado de Nacimiento presen- tado para ese fin, y que obra en los Archivos de la Oficina de Registros Civiles de este Municipio, con lo que se acredita la negligencia en el ejercicio del servidor público. Que, con el Informe Nº 057-2000-UPER-DA/MDSA de fecha 6 de julio del 2000, de la Unidad de Personal, que señala la identificación de los ex funcionarios que laboraron en la fecha de inscripción de la referida Partida de Nacimiento: WILDOR DIAZ CABANILLAS, como Registrador Civil y ROSA TORRES MAYTA, como Directora de Servicios Sociales, jefa superior inmediata del antes nombrado; Del Informe de la Unidad de Personal, se puede advertir que resulta directamente involucrado el EX FUNCIONARIO JEFE DE REGISTROS CIVILES DON WILDOR DIAZ CABANILLAS, como la perso- na que realizó la inscripción del Acta de Nacimiento referido, y que ha sido puesto a conocimiento de la Autoridad Municipal por la madre de la titular para su rectificación; así como la EX FUNCIONARIA DIRECTORA DE SERVICIOS SOCIALES ROSA TO- RRES MAYTA, Jefa inmediata del funcionario seña- lado; correspondiendo la investigación adminis- trativa disciplinaria pertinente sobre dicha conduc- ta que habría sido incurrido por el ex funcionario citado, habida cuenta que constituye falta adminis- trativa establecida en el Art. 28º literales a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276, que por el solo tenor da cuenta de la gravedad que representa, cuya responsabilidad le corresponde a dicho ex funciona- rio en su calidad de Jefe de Registros Civiles; así como de la Jefa inmediata superior, debiendo ser determinada mediante el proceso administrativo que la ley faculta de conformidad con el Art. 25º del D.L. Nº 276; Que, estando el Informe Nº 002-2000-CEPADF/ MDSA de la Comisión Especial de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios para Funcionarios y de confor- midad con los Arts. 166º y 167º del Decreto Supremo Nº 05-90-PCM y Art. 47º Inc. 6) de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APERTURAR Proceso Admi- nistrativo Disciplinario a don WILDOR DIAZ CABANI- LLAS, ex Jefe de Registros Civiles y doña ROSA TO- RRES MAYTA, Directora de Servicios Sociales, por faltas tipificadas en los literales a) y d) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 según consideraciones ex- puestas. Artículo Segundo.- Notificar a los procesados de la presente Resolución, a efectos de que presenten su descargo dentro del quinto día de notificado. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a la Dirección Municipal, Secreta- ría General y Unidad de Personal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 8476MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO Establecen prestación del servicio de limpieza pública a través del sector privado mediante concesión ORDENANZA Nº 16-2000-MPT EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO CONSIDERANDO: Que, en sesión de fecha 24 de febrero de 2000, se nombró una Comisión de Regidores para que proponga alternativas de modernización del Servicio de Limpieza Pública; Que, la Comisión de Regidores nombrada para ese fin, ha realizado un Estudio Integral del Servicio de Limpieza Pública así como de las alternativas para la modernización del servicio; Que, de acuerdo a los objetivos institucionales en materia de modernización del servicio de limpieza públi- ca de la ciudad, la Comisión de Regidores ha concluido que la mejor alternativa es la que corresponde a la prestación del servicio a través del sector privado me- diante concesión; Estando a lo dictaminado por la citada Comisión de Regidores y en ejercicio de las facultades que confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; En sesión de fecha 27 de junio de 2000, por unanimi- dad, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Establecer como norma de política institucional, la prestación del Servicio de Limpieza Pública a través del sector privado mediante concesión. Artículo 2º.- La concesión del Servicio de Limpieza Pública, se sujetará a las normas sobre concesión de servicios públicos. Artículo 3º.- La convocatoria, inicio y puesta en marcha de la concesión será acordada por el Concejo Municipal. DISPOSICION TRANSITORIA Primera.- Facultar a la Comisión de Regidores cons- tituida mediante Resolución de Concejo Nº 040-2000- MPT a promover e impulsar el proceso, para la concesión a que se refiere esta Ordenanza. Segunda.- A propuesta de la Comisión de Regidores, se constituirá una Comisión Técnica para que se encargue de elaborar las Bases Administrativas para la Convocatoria de la Concesión del Servicio de Limpieza Pública. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en Trujillo a los tres días del mes de julio del año dos mil. JOSE MURGIA ZANNIER Alcalde 8506