Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2000 (27/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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Communis Omniun, por lo que en una MORDAZA interpretacion, la referencia a los Aires debe entenderse como independizacion de Azotea; Que, en tal sentido, frente a estos supuestos resultaria exigible, que la independizacion de los Aires solicitada se encuentre cuando menos delimitada en su extension precisando en todo caso el regimen juridico aplicable; Que, en el presente caso, consta que se adjudica en propiedad a uno de los ex conyuges los Aires del inmueble inscrito en la ficha 365804, sin embargo, es de ver que en la partida ni en los antecedentes registrales consta la posibilidad de acceso independiente a traves de un cajon de escalera proyectado desde el primer piso, tampoco la delimitacion del area ocupada en el primer nivel asi como el porcentaje de participaciones que pueda haberse fijado en relacion al area ocupada, consecuentemente deviene imprescindible que el recurrente previamente constituya reglamento interno e independice los Aires mencionados; Que, en consecuencia, de conformidad con las normas MORDAZA glosadas asi como del primer parrafo del Articulo 2011º del Codigo Civil, Numeral IV del Titulo Preliminar y Articulos 150º y 151º del Reglamento General de los Registros Publicos, no resulta procedente amparar la presente solicitud de inscripcion; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.- CONFIRMAR la observacion formulada por el Registrador Publico del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA al titulo referido en la parte expositiva por los distintos fundamentos expuestos en la presente Resolucion. 2.- DISPONER la rectificacion del asiento 1-b de la ficha Nº 365804 del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo senalado en el tercer considerando de la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta de la Primera Sala del Tribunal Registral MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal del Tribunal Registral MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal del Tribunal Registral 8463

de enero del 2000, se aprobo el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o No Motorizados, en cuya Primera Disposicion Transitoria faculta a las Municipalidades Distritales a dictar disposiciones necesarias sobre aspectos administrativos y operativos del servicio; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 009-2000MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 2 de marzo del 2000, se modifico el dispositivo descrito en el considerando precedente, incorporando al mismo una MORDAZA Disposicion Complementaria, mediante la cual se crea la Comision Tecnica Mixta con sus respectivas funciones y autonomia; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 01842000 de fecha 3 de MORDAZA del 2000, se constituyo la Comision Tecnica del distrito de Los MORDAZA, el cual se encargara de analizar y proponer la actualizacion y adecuacion de la Ordenanza Municipal referida al Servicio de Transporte de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores, segun lo dispuesto por la Ley Nº 27189, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC y su Modificatoria aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC; Que, dicha Comision Tecnica Mixta, luego de su instalacion, desarrollo sus labores durante los meses de MORDAZA, MORDAZA y junio del presente ano; debatiendose ampliamente en sus sesiones de trabajo aspectos tecnicos y sociales de la prestacion de dicho servicio; Estando al Dictamen Nº 001-2000-CTM-MDLO de la Comision Tecnica Mixta de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o No Motorizados del distrito de Los Olivos; de conformidad con la Ley Nº 27189, Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC, Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 36º, inciso 3) y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; POR UNANIMIDAD, aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 016-2000/CDLO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHICULOS MENORES EN EL DISTRITO DE LOS MORDAZA Y CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES CORRESPONDIENTE Articulo Primero.- APRUEBESE el Reglamento del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados en el distrito de Los MORDAZA, integrado por cinco Titulos, cincuenta articulos y ocho Disposiciones Finales y Transitorias, asi como el Cuadro de Infracciones y Sanciones correspondiente; los mismos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- INCORPORAR en el MORDAZA de la Municipalidad de Los MORDAZA, el procedimiento de Registro y Permiso de Operacion de Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados, contenido en el Titulo II, Capitulo IV del Reglamento aprobado en el articulo precedente; y MODIFICAR dicho dispositivo conforme al Item 8 del Art. 10º del Reglamento, en lo correspondiente a:
· Derecho de Sticker por unidad....................................................... 0.20% UIT · Derecho de Visacion de credencial por conductor...................... 0.517% UIT · Derecho de MORDAZA de estacionamiento (ocupacion de la via publica) Pago mensual por unidad............................................................0.121% UIT

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Aprueban Reglamento del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados
ORDENANZA Nº 016-2000/CDLO Los MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA POR CUANTO: Que, a traves del Decreto Supremo Nº 004-2000MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22

Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Direccion de Desarrollo MORDAZA, a traves de la Division de Servicios Urbanos y Licencia de Construccion, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Oficina

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