Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2000 (27/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

Pag. 190957

solicita el otorgamiento de concesion de ruta: LIMAPUCALLPA y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95MTC; Que, mediante el Informe Nº 464-2000-MTC/ 15.18.04.1.ATR, se indica que la referida empresa ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Otorgar a la empresa de transportes TRANSAMAZONICA E.I.R.L., la concesion de ruta: MORDAZA - PUCALLPA y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: : MORDAZA - PUCALLPA y viceversa : MORDAZA : PUCALLPA : MORDAZA - TINGO MORDAZA AGUAYTIA - SAN MORDAZA VON HUMBOLDT FRECUENCIAS : una semanal FLOTA VEHICULAR : tres omnibus FLOTA OPERATIVA : dos omnibus: UQ-7111 (1992) y UQ-7112 (1992) FLOTA DE RESERVA : un omnibus: UO-2577 (1994) HORARIOS : salida de Lima: 16.00 horas (lunes) salida de Pucallpa: 08.00 horas (jueves) La tarjeta de circulacion sera expedida con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados. Articulo Segundo.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Articulo Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion; para lo cual debera contar con lo establecido en el Articulo 17º del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procedera a aplicar lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del referido Reglamento. Articulo Cuarto.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 8480 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 938-2000-MTC/15.18 MORDAZA, 26 de junio de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 2000-00331006, organizado por la empresa de transportes M & C ENLACES S.A., sobre concesion de ruta: LIMA-MALA (Canete) y viceversa e Informe Nº 462-2000-MTC/ 15.18.04.1.ATR, de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO

Que, la empresa de transportes M & C ENLACES S.A., mediante el expediente indicado en vistos, solicita el otorgamiento de concesion de ruta: LIMA-MALA (Canete) y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, mediante el Informe Nº 462-2000-MTC/ 15.18.04.1.ATR, se indica que la referida empresa ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Otorgar a la empresa de transportes M & C ENLACES S.A., la concesion de ruta: MORDAZA - MALA (Canete) y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA MORDAZA - MALA (Canete) y viceversa MORDAZA MALA tres diarias tres omnibus dos omnibus: UQ-2802 (1992) y UQ-2888 (1992) FLOTA DE RESERVA : un omnibus: UI-5777 (1982). HORARIOS : salida de Lima: 06.00, 13.00 y 18.00 horas salida de Mala: 06.00, 13.00 y 18.00 horas : : : : : :

La tarjeta de circulacion sera expedida con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados. Articulo Segundo.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Articulo Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion; para lo cual debera contar con lo establecido en el Articulo 17º del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0595-MTC, caso contrario se procedera a aplicar lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del referido Reglamento. Articulo Cuarto.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 8475

Amplian alcances de la Directiva Nº 04499-COFOPRI a la provincia de MORDAZA Basadre, departamento de Tacna
COMISION DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 121-2000-COFOPRI/GG MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2000

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