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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2000 (27/07/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 190958 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de julio de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Pro- moción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27046, se creó la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, como organismo rector máximo encargado de diseñar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rápida un Programa de Formalización de la Propiedad y de su mantenimiento dentro de la formalidad, a nivel nacional, centralizando las competencias y toma de decisiones a este respecto; Que, el literal d) del Artículo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Promoción del Acceso a la Propie- dad Formal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, establece que son funciones de COFOPRI el asumir de manera exclusiva y excluyente, las compe- tencias correspondientes a la formalización de la propie- dad hasta el otorgamiento de los títulos de propiedad; para ejercer sus competencias, COFOPRI dictará direc- tivas que serán de obligatorio cumplimiento para todas las entidades del Estado vinculadas al proceso de forma- lización de la propiedad, desde que sean notificadas; Que, el Artículo 27º de la precitada norma, señala que COFOPRI asumirá competencia a través del citado Pro- grama de Formalización de la Propiedad, que se pondrá en funcionamiento progresivamente en todo el país, de acuerdo a un cronograma que establecerá COFOPRI mediante Directiva; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 059-98-COFOPRI/GG de fecha 22 de julio de 1998, se autorizó la realización de estudios de diagnóstico en los predios de asentamientos humanos, previamente al in- greso de COFOPRI a las diversas jurisdicciones del territorio nacional; Que, según lo establece el literal m) del Artículo 8º del Estatuto de COFOPRI, aprobado mediante Decreto Supre- mo Nº 014-98-MTC, el Presidente de COFOPRI está faculta- do para aprobar Directivas que establezcan el cronograma de aplicación progresiva del Programa de Formalización de la Propiedad en todo el país, conforme a lo dispuesto por el Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 803; Que, el literal y) del precitado artículo, faculta al Presidente de COFOPRI a delegar sus facultades; Que, en tal sentido, mediante Resolución de Presiden- cia Nº 045-98-COFOPRI/PC de fecha 23 de setiembre de 1998, se delegó en el doctor Miguel Delgado Barreda, Gerente General de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, la facultad de aprobar las Directivas mediante las cuales se establezca el crono- grama de aplicación progresiva del Programa de Forma- lización de la Propiedad en todo el país, con cargo a dar cuenta a la presidencia de la institución; Que, el primer párrafo del Artículo 52º del acotado Estatuto, establece que las Directivas de carácter y/o aplicación general aprobadas por COFOPRI serán debi- damente publicadas; Que, por Resolución de Gerencia General Nº 266-99- COFOPRI/GG y Resolución de Gerencia General 267-99- COFOPRI/GG, ambas de fecha 3 de noviembre de 1999, vigentes desde el 15 de noviembre de 1999, se amplió el ámbito geográfico de jurisdicción de la Oficina Zonal de Arequipa a la provincia de Tacna, departamento de Tacna y, se creó la Jefatura de la Oficina de Jurisdicción Ampliada de la Oficina Zonal de Arequipa - Ciudad Tacna, respectivamente; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 268-99-COFOPRI/GG, se aprobó la Directiva Nº 044-99- COFOPRI, "Normas para la asunción progresiva de competencias para la Formalización de la Propiedad de Posesiones Informales en la Provincia de Tacna, Depar- tamento de Tacna"; Que, por Resolución de Gerencia General Nº 101-2000- COFOPRI/GG y Resolución de Gerencia General Nº 102- 2000-COFOPRI/GG, ambas de fecha 15 de junio de 2000, se amplió el ámbito geográfico de jurisdicción de la Oficina Zonal de Arequipa a la provincia de Tarata, departamento de Tacna y, se modificó la denominación de la Jefatura de la Oficina de Jurisdicción Ampliada de la Oficina Zonal de Arequipa - Ciudad Tacna, por la de "Jefatura de la Oficina de Jurisdicción Ampliada de la Oficina Zonal de Arequipa - Ciudad Tacna y Tarata", respectivamente; Que, asimismo, por Resolución de Gerencia General Nº 103-2000-COFOPRI/GG de fecha 15 de junio de 2000, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de junio de 2000 se ampliaron los alcances de la Directiva Nº 044- 99-COFOPRI a la provincia de Tarata;Que, Resolución de Gerencia General Nº 119-2000-CO- FOPRI/GG y Resolución de Gerencia General Nº 120-2000- COFOPRI/GG, ambas de fecha 18 de julio de 2000, se ha ampliado el ámbito geográfico de jurisdicción de la Oficina Zonal de Arequipa a la provincia de Jorge Basadre, departa- mento de Tacna y, se ha modificado la denominación de la Jefatura de la Oficina de Jurisdicción Ampliada de la Oficina Zonal de Arequipa - Ciudad Tacna y Tarata, por la de "Jefatura de la Oficina de Jurisdicción Ampliada de la Oficina Zonal de Arequipa - Ciudad Tacna, Tarata y Jorge Basadre", respectivamente; Que, en mérito a lo expuesto en los considerandos que anteceden, resulta necesario ampliar los alcances de la Directiva Nº 044-99-COFOPRI aprobada por Resolución de Gerencia General Nº 268-99-COFOPRI/GG, a efectos que la Jefatura de la Oficina de Jurisdicción Ampliada de la Oficina Zonal de Arequipa - Ciudad Tacna, Tarata y Jorge Basadre, se encargue de efectuar las actividades relacionadas a los procesos de formalización de la propiedad de las posesiones informales ubicadas en dichas provincias; Con la opinión favorable de la Gerencia de Planea- miento y Operaciones y el visado de la Gerencia de Asesoría Legal; Estando a lo dispuesto por el Estatuto de COFOPRI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-98-MTC y el Texto Unico Ordenado de la Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, aprobado mediante De- creto Supremo Nº 009-99-MTC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ampliar los alcances de la Di- rectiva Nº 044-99-COFOPRI, a la provincia de Jorge Basadre, departamento de Tacna, cuya denominación será en adelante "Normas para la asunción progresiva de competencias para la Formalización de la Propiedad de Posesiones Informales en las Provincias de Tacna, Tara- ta y Jorge Basadre, Departamento de Tacna". Artículo Segundo.- La Jefatura de la Oficina de Jurisdicción Ampliada de la Oficina Zonal de Arequipa - Ciudad Tacna, Tarata y Jorge Basadre, pondrá en cono- cimiento de las instancias correspondientes la presente resolución, para los fines de Ley. Artículo Tercero.- La presente Directiva entrará en vigencia a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL DELGADO BARREDA Gerente General de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI 8465 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Destituyen magistrado del Juzgado Mixto de la provincia de Oyón, Distrito Judicial de Huaura RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 009-2000-PCNM P.D. Nº 001-2000-CNM San Isidro, 13 de julio de 2000 VISTO: El proceso disciplinario número cero cero uno- dos mil - CNM, seguido contra el doctor Oswaldo Navarro Peñafiel, Juez del Juzgado Mixto de la provincia de Oyón, Distrito Judicial de Huaura, y el pedido de destitución efectuado por la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, con fecha 25 de mayo de 1999 don Juan de Dios Salvador León denunció ante la Fiscalía Provincial de Oyón que el juez Oswaldo Navarro Peñafiel le había solicitado quinientos nuevos soles a través de Germán