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Pág. 187920 NORMAS LEGALES Lima, lunes 12 de junio de 2000 CONTRALORIA GENERAL Autorizan a procurador iniciar accio- nes e intervenir en proceso judicial seguido contra el ex alcalde de la municipalidad distrital de San Juan de Castrovirreyna RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 095-2000-CG Lima, 8 de junio de 2000 Vistos, el Informe Especial Legal Nº 004-C&A/99, emitido por la Sociedad de Auditoría Cabanillas & Asociados S.C., resultante del Examen Especial a la Municipalidad Distrital de San Juan de Castrovirrey- na, efectuado por encargo de la Contraloría General de la República a fin de verificar las denuncias pre- sentadas a través del Area de Participación Ciudada- na; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 036-99- CG de 8.ABR.99 y a través de la Designación Directa Nº 004-99-CG/CT, Grupo Nº 03, se designó a la Sociedad de Auditoría Cabanillas & Asociados S.C. para que realice un Examen Especial sobre Verificación de Denuncias en la Municipalidad Distrital de San Juan de Castrovirrey- na, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huan- cavelica, que comprende los períodos 1993 - 1995 y 1996 - 1998; Que, a través del Oficio Nº 147-99-CG/APC de 7.MAY.99, recepcionado el 18.MAY.99 en la Mesa de Partes de la mencionada Municipalidad, se acreditó a la citada Sociedad de Auditoría para dar inicio y cumplir con el Examen Especial dispuesto por la Contraloría General de la República, habiendo efectuado la firma auditora el requerimiento de información en forma reiterativa; Que, mediante Actas de 21.MAY.99 y de 7.JUN.99, se ha constatado la continua ausencia del Alcalde, señor Dony Angel Huayta Gutiérrez, quien de acuerdo a lo manifestado por el Teniente Alcalde ha tomado conoci- miento de los requerimientos de información, sin dejar ninguna directiva ni instrucción sobre la entrega de dicha información, no habiendo delegado funciones, ni existir acuerdo de Concejo para que el Alcalde se pueda ausentar; Que, mediante Acta de 21.JUN.99 el señor Dony Angel Huayta Gutiérrez, Alcalde de la citada Munici- palidad, manifiesta que está dispuesto a brindar la documentación que la sociedad auditora requiera, sin embargo dicha documentación no ha sido entre- gada Que, según Acta de 10.ENE.2000, el señor Dony Angel Huayta Gutiérrez, Alcalde de la Municipalidad, se compromete a presentar a la Contraloría General de la República el 14.ENE.2000, todos los cargos que susten- tan que toda la documentación contable se encuentra en poder del Ministerio Público - Fiscalía de Castrovirrey- na, lo cual no ha sido cumplido hasta la fecha ante el Organismo Superior de Control; Que, del contenido del Acta de Verificación de 10.ENE.2000, suscrita por el señor Ricardo Rojas Cana- les, ex Contador de la Municipalidad Distrital de San Juan de Castrovirreyna, se ha determinado que la documentación contable de la referida municipalidad ha estado disponible para auditarse desde NOV.98 a AGO.99 y de OCT.99 a DIC.99; Que, los hechos anteriormente expuestos, demues- tran la inconducta funcional del señor Dony AngelHuayta Gutiérrez, Alcalde de la precitada municipali- dad por los períodos 1993 - 1995 y 1996 - 1998, por su reiterada negativa ante los requerimientos efectuados por la Contraloría General de la República, a través de la Sociedad de Auditoría Cabanillas & Asociados S.C., contenidos en el Oficio Nº 147-99-CG/APC de 7.MAY.99, requerimientos de la firma auditora de 18 y 19.MAY.99, Actas de 21.MAY.99 y de 7.JUN.99 y Carta C.Nº 390-99/ C&A de 27.DIC.99; Que, de acuerdo al Oficio Nº 1350-98-EF/76.5 de 9.DIC.98 de la Dirección General de Presupuesto Públi- co del Ministerio de Economía y Finanzas, la Municipali- dad Distrital de San Juan de Castrovirreyna ha recibido transferencias del Tesoro Público por el importe de S/. 516,507.74 (Quinientos dieciséis mil, quinientos siete y 74/100 Nuevos Soles), durante los períodos 1993 - 1995 y 1996 - 1998; Que, el inciso a) del Artículo 19º del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control, establece como atribución de la Contraloría Gene- ral de la República, tener acceso en cualquier mo- mento y sin limitación a los registros, documentos, e información de las entidades, aun cuando sean secretos; Que, en los hechos anteriormente expuestos se ha determinado la presunta responsabilidad penal del se- ñor Dony Angel Huayta Gutiérrez, Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan de Castrovirrey- na, por la comisión del delito de Abuso de Autoridad en la modalidad de Omisión, Rehusamiento y Demora de Actos Funcionales, previsto en el Artículo 377º del Código Penal; Que, en el Juzgado Mixto de Castrovirreyna, existe el Expediente Nº 99-46-140901JX, donde se encuentra contenida la Denuncia Penal Nº 45-99- FPMC-MP de 20.OCT.99 de la Fiscalía Provincial Mixta de Castrovirreyna, por la Comisión de Delito de Peculado - Malversación de Fondos, en agravio de la Municipalidad Distrital de San Juan de Castrovi- rreyna; de lo cual se ha determinado que está pen- diente de efectuarse la verificación dispuesta por la Contraloría General de la República de siete (7) hechos denunciados ante el Area de Participación Ciudadana, que no se ha podido efectuar por el proceder del señor Dony Angel Huayta Gutiérrez, Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan de Castrovirreyna; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667, el inciso h) del Artículo 24º del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales de la Contralo- ría General de la República, para que en defensa y representación de los derechos e intereses del Estado interponga las acciones legales por los hechos expues- tos, contra el presunto responsable comprendido en el Informe de Vistos, remitiéndole para el efecto los ante- cedentes correspondientes. Artículo Segundo.- Autorizar al señor Procura- dor Público a cargo de los Asuntos Judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, se apersone al proceso penal mencionado en el Décimo Primer Con- siderando, asumiendo la defensa de los intereses públicos, remitiéndosele para tal efecto los antece- dentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR ENRIQUE CASO LAY Contralor General de la República 6621