Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2000 (26/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 175

MORDAZA, lunes 26 de junio de 2000

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

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Que, con la finalidad de brindar una atencion inmediata a las propuestas de modificaciones de rutas presentadas por las empresas de transporte con concesion vigente, que correspondan a los siguientes conceptos: Mejor ubicacion de paraderos, completar la continuidad del recorrido y en casos de cambio de sentido del MORDAZA o cambio en la denominacion de las vias incluidas en dicha ruta; De conformidad a la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Ordenanza Municipal Nº 014, Ordenanza Nº 201, Ordenanza Nº 219, que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), Ordenanza Municipal Nº 231 y demas disposiciones vigentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- MODIFICAR la Resolucion Directoral Municipal Nº 110-98-MML/DMTU de fecha 7 de MORDAZA de 1998, permitiendo que las empresas de transporte, que cuentan con Concesion de Ruta Vigente, se les admita a tramite las siguientes solicitudes: 1) DETERMINACION DE PARADEROS, Si la extension de la ruta excede a los 30 kilometros por sentido, la propuesta del MORDAZA Paradero/Terminal (Inicial o Final), podra estar ubicada en un radio de 4 kilometros distante del anterior paradero. 2) CONTINUIDAD DE RECORRIDO, cuando en parte de su itinerario autorizado se omite algunas vias que conforman su recorrido. 3) CAMBIO DE SENTIDO DE LA VIA, cuando por Resolucion Directoral expedida por la Direccion de Senalizacion, se cambie de orientacion el MORDAZA vehicular que afecte el itinerario de las rutas. 4) CAMBIO DE DENOMINACION DE LA VIA, cuando las Autoridades Competentes cambien la denominacion de las vias correspondientes a su jurisdiccion. Articulo Segundo.- Prohibase dentro del ambito territorial del Sector I, delimitado por el Articulo 13º de la Ordenanza Nº 201, el establecimiento de Paradero Inicial o Final, dentro del area delimitada por la Av. MORDAZA Ugarte, Av. 9 de Diciembre, Av. Grau, Av. Abancay y Rio Rimac. En la MORDAZA citada area, el establecimiento de paradero de media vuelta, de acuerdo a lo dispuesto por el inciso "f", del Articulo 17º de la Ordenanza Nº 201, estara sujeta a la aprobacion de proyectos de reordenamiento de transporte MORDAZA por parte de la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de Lima. Articulo Tercero.- El presente dispositivo no incluye el incremento de flota, ni creacion de nuevas rutas. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion General de Transporte dictar medidas complementarias, implementar los tramites y procedimientos correspondientes para el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Municipal Direccion Municipal de Transporte MORDAZA 7206

El Concejo Distrital de Ate, en Sesion Extraordinaria de la fecha 16-6-00; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 757 "Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada", ha establecido la obligacion, para todas las entidades de la Administracion Publica, aprobar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, por Decreto Supremo Nº 094-92, se han dictado las disposiciones reglamentarias requeridas, para el cumplimiento de la obligacion establecida en el Decreto Legislativo Nº 757; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757, establece que los MORDAZA deben actualizarse anualmente y publicarse en el Diario Oficial El Peruano a mas tardar el 30 de junio de cada ano; Que, la Constitucion Politica del Peru otorga a los Gobiernos Locales potestad tributaria, para crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones; Que, el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 776, establecen que los Derechos son tasas que se MORDAZA por la prestacion de un servicio publico administrativo o por el uso o el aprovechamiento de bienes publicos; Que, el Articulo 70º del Decreto Legislativo Nº 776, establece que los derechos que se cobre por la prestacion de procedimientos administrativos solo seran exigibles al contribuyente cuando conste en el correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos; Que, la Municipalidad de Ate es competente para administrar sus bienes y rentas que comprenden los frutos y productos de los bienes municipales y los ingresos que perciben por las tasas que cobran, por los servicios que presta; Que, mediante la Ordenanza Nº 031-99-MDA del 26 de junio de 1999 la Municipalidad de Ate aprobo su MORDAZA con vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion; Que, durante la vigencia de la Ordenanza Nº 031-99MDA el Gobierno Central y la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, asi como la propia Municipalidad de Ate, han dictado normas que han modificado los procedimientos y servicios que figuran en el MORDAZA, por lo que es necesario actualizarlo; De conformidad con el Articulo 74º de la Constitucion del Peru, el Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757, el Articulo 34º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 757 aprobado por el Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, el Articulo 90º de la Ley Nº 23853; el Articulo 70º del Decreto Legislativo Nº 776; contando con el MORDAZA por unanimidad de los Sres. Regidores asistentes a la Sesion de la fecha y con dispensa de la lectura y aprobacion de actas, se dio la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO ORDENADO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ­ MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE Articulo 1º.- APROBAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA 2000 de la Municipalidad de Ate, conjuntamente con los derechos y precios contenidos en el mismo, el que como anexo forma parte de la presente norma. Articulo 2º.- DEJAR SIN EFECTO, a partir de la aprobacion de la presente, el Decreto de Alcaldia Nº 021-98 de fecha 26-6-98, que modificaba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Municipalidad. Articulo 3º.- Encarguese al Secretario General efectuar el tramite de ratificacion de la presente Ordenanza ante el Concejo Metropolitano de Lima. Articulo 4º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su aprobacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 006-00-MDA Ate, 16 de junio del 2000. EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE;

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