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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2000 (09/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 28

Pág. 184514 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de marzo de 2000 DICE: Poder simple autenticado por fedatario y/o por escritura pública en caso de representación. DEBE DECIR: Poder simple autenticado por fedatario y/o por Escritura Pública en caso de representación. 8.- En la descripción Autoridad que resuelve recurso impugnativo, ítem Nº 11 - Otorgamiento del beneficio de fraccionamiento de pago de deudas tributarias y no tributa- rias. NO DICE: DEBE DECIR : Reconsideración: Director de Rentas, Apelación: Alcalde. En la página 184244 9.- En la descripción Procedimiento, ítem Nº 12 - Impug- nación de Resoluciones Jefaturales de Pérdida de Beneficio de Fraccionamiento de Pago. DICE: 1.- Recurso dirigido al Alcalde con firma de letrado, plazo de interposición dentro de 15 días útiles, de recibida la (acompañado nueva prueba instrumental y requisitos Reso- lución Jefatural con los requisitos establecidos por la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos (D.S. Nº 02-94-JUS). 2.- Presentación de pruebas. 3.- Poder simple autenticado por fedatario y/o por escri- tura pública en caso de representación. 4.- Recibo de pago por derecho. DEBE DECIR: 1.- Recurso dirigido al Alcalde con firma de Letrado: plazo de interposición dentro de 15 días útiles, de recibida la Resolución Jefatural con los requisitos establecidos por la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrati- vos (D.S. Nº 02-94-JUS). 2.- Presentación de pruebas. 3.- Poder simple autenticado por fedatario y/o por Escri- tura Pública en caso de representación. 4.- Recibo de pago. 10.- En la descripción Procedimientos, ítem Nº 13 DICE: Solicitud de Prescripción Adquisitiva. DEBE DECIR: Solicitud de Prescripción de Deuda Tributaria. 2843 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Autorizan iniciar procedimiento de adjudicación directa de menor cuantía para adquisición de combustible RESOLUCION Nº 471-2000-RASS Santiago de Surco, 6 de marzo de 2000 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Informe Nº 021-2000-CE-P/MSS, del Presi- dente del Comité Especial de la Licitación Pública Nº 001- 2000-CE-MSS, para la Adquisición de Combustible - Segun-da Convocatoria, con fecha 25 de febrero del 2000, sobre la declaratoria desierta de la Segunda Convocatoria de dicho proceso de selección; y, CONSIDERANDO: Que, mediante informe del visto, el Comité Especial de la Licitación Pública Nº 001-2000-CE-MSS, para la Adquisición de Combustible - Segunda Convocatoria, comunica la decisión de declarar desierta la Segunda Convocatoria efectuada, por haberse presentado un solo postor al Acto Público de Recepción de Propuestas, con- forme se colige del Acta respectiva de fecha 25 de febrero del 2000; Que, en tal sentido el Artículo 32º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece en su último párrafo que en un mismo proceso de selección sea declarado desierto en dos oportunidades, la entidad convo- cante podrá realizar una adjudicación directa, observando lo dispuesto en la presente Ley, su Reglamento y en la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado; Que, el procedimiento de exoneración de Licitación Pública al de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, es aplicable, de acuerdo a lo previsto en el literal "c" del Artículo 44º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 039-98-PCM, concor- dante para este caso específico, con el literal "f" del Artículo 19º de la Ley, debiendo la Contraloría General de la República evaluar las causas que motivaron la declaración de desierto del proceso de selección anterior- mente mencionado, para lo cual la Entidad remitirá dentro de los diez días siguientes a la declaración de desierto, el expediente correspondiente; Que, las exoneraciones de los procesos de selección, deben comunicarse bajo responsabilidad, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, Ministerio de Economía y Finanzas y Contraloría General de la República, dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación; Que, para los efectos anteriormente referidos, es necesa- rio la formalización del acto administrativo que apruebe la exoneración del proceso de selección antes referido; Estando a lo expuesto; Con la visación de la Dirección Municipal, y las Oficinas de Administración, Asesoría Jurídica, Planificación y Presu- puesto y de la Unidad de Abastecimiento; De conformidad con lo preceptuado en la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y su Reglamento D.S. Nº 039-98-PCM; Y, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración de la Licitación Pública Nº 001-2000-CE-MSS, sobre la Adqui- sición de Combustible, según los considerandos expues- tos. Artículo Segundo.- Autorizar a la Oficina de Admi- nistración para que inicie el procedimiento de Adjudicación Directa de Menor Cuantía para la Adquisición de Combusti- ble, referida en el Artículo Primero de la presente Resolu- ción, de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, y su Reglamen- to D.S. Nº 039-98-PCM. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Adminis- tración la remisión del expediente, de la Licitación Públi- ca Nº 001-2000-CE-MSS, declarados desiertos a la Con- traloría General de la República, para la evaluación respectiva. Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Adminis- tración, poner en conocimiento de las entidades mencio- nadas en el cuarto considerando, de la presente Resolu- ción. Artículo Quinto.- Encargar a Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 2807