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Pág. 184498 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de marzo de 2000 VOTO SINGULAR DEL SEÑOR DOCTOR WALTER HERNANDEZ CANELO, MIEMBRO TITULAR DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 084-99-JNE de fecha 28 de enero de 1999, se declaró que don Teófilo Mayta Quispe, se encontraba suspendido en el cargo de alcalde del Concejo Provincial de Azángaro, de conformidad con el inciso c) del Artículo 29º de la Ley Orgánica de Municipalidades, al haber quedado consentido el mandato de detención dictado contra dicho ciudadano en el proceso penal Nº 58.L-12, abierto el 28 de diciembre de 1993 por el Juzgado Mixto de Azángaro; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º, segundo párrafo, de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, el alcalde suspendido reasume sus funciones en forma automática e inmediata, una vez concluido el proceso penal respectivo; circunstancia que en este caso no se ha dado, ya que la causa penal por delitos de peculado, corrupción de funciona- rio y otros en agravio del Concejo Provincial de Azángaro y el Estado Peruano, en la que se viene procesando a don Teófilo Mayta Quispe, se encuentra en la etapa de juicio oral; Que, por otro lado, debe tenerse en cuenta que el mandato de detención que motivó la suspensión de autos se encontraba firme al momento de expedirse la Resolución Nº 084-99-JNE, y por tanto, al no cumplirse el requisito citado en el considerando precedente para el levantamiento de la suspensión de la función de alcalde, no es procedente reincorporar a don Teófilo Mayta Quispe al Concejo Provincial de Azángaro; Por tales fundamentos, mi voto es por que se resuelva: Artículo Unico.- Declarar improcedente la solicitud de reincorporación al Concejo Provincial de Azángaro, formulada por don Teófilo Mayta Quispe, quien continúa suspendido en el ejercicio del cargo de alcalde de dicho concejo municipal; quedan- do su situación sujeta al resultado del proceso penal respectivo. Regístrese y comuníquese. SS. HERNANDEZ CANELO TRUJILLANO, Secretario General 2836 COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Crean Unidad de Estudio del Ministerio Público sobre la Violencia RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 180-2000-MP-CEMP Lima, 7 de marzo del 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, conforme al "Plan de Consolidación de la Reorga- nización y Modernización del Ministerio Público 1999-2000", aprobado por Resolución Nº 366-99-MP-CEMP, de 17 de mayo de 1999, la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público tiene entre otros objetivos, hacer más eficiente el ejercicio de las funciones de cada uno de los miembros de la institución; Que, en el presente "Año de la Lucha contra la Violencia Familiar", el Instituto de Medicina Legal "Leonidas Avenda- ño Ureta", acentúa la atención pericial de los casos de violencia que se denuncian en todo el país; Que, el Ministerio Público a través de sus dependen- cias médico-legales recoge valiosa información sobre ac- tos de violencia, que requiere ser estudiada y sistema- tizada para contribuir al mejoramiento de la función y gestión fiscal de prevención o de persecución del delito, sobre todo en aquellas zonas donde son más frecuentes los hechos de violencia; Que, es necesario canalizar el tratamiento y análisis de la precitada información, mediante una Unidad de Estudio, cuya misión consista en ofrecer a los operadores del Ministe- rio Público y al país, información veraz, imparcial y oportuna sobre indicadores de violencia; Que, para la organización de esta Unidad de Estudio es necesario designar un equipo de trabajo multidisciplinar;Que, estando al Acuerdo Nº 1865 de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, adoptado por unanimidad en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y en mérito de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear la UNIDAD DE ESTUDIO DEL MINISTERIO PUBLICO SOBRE LA VIOLENCIA, a cargo del Instituto de Medicina Legal "Leonidas Avendaño Ureta". Artículo Segundo.- Disponer que el desarrollo y cumpli- miento de las funciones de la UNIDAD DE ESTUDIO DEL MINISTERIO PUBLICO SOBRE LA VIOLENCIA, esté a cargo de un equipo de trabajo conformado por: la doctora María del Carmen Contreras Marcovich, Gerente Técnico del Instituto de Medicina Legal, quien lo presidirá; doctora Judith Maguiña Romero, Directora de la División Central de Exámenes Tanato- lógicos y Auxiliares; Médicos-legistas, doctores Yolanda Cáceres Bocanegra y Moisés Ponce Malaver; ingeniero Manuel Cok Aparcana, Gerente de Informática; economista Fredy Jiménez Allende, Gerente de Planificación y Estadística y doctor Pedro Gonzalo Chávarry Vallejos, Fiscal Superior Encargado de la Gestión de Gobierno del Distrito Judicial de Lima. Artículo Tercero.- Disponer que el equipo de trabajo mencionado en el artículo anterior elabore el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones de la UNIDAD DE ESTUDIO DEL MINISTERIO PUBLICO (INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL) SOBRE LA VIOLENCIA, en un plazo de 20 días, contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente reso- lución a la señora Presidenta del Congreso de la República y a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ministro de Justicia, Ministro del Interior, Ministro de Salud, Ministra del PROMUDEH, Director General de la Policía del Perú, Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, Fiscales Superiores Encargados de la Gestión de Gobierno Delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público a nivel nacional, Funcionarios y Fiscal Supe- rior designados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal de la Nación y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 2847 Declaran improcedente exhortación efectuada por el Defensor del Pueblo a la Fiscal de la Nación RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 181-2000-MP-CEMP Lima, 8 de marzo del 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº DP-2000-285, de 7 de marzo del 2000, recibido en folios 48, cursado por el doctor Jorge Santistevan de Noriega, Defensor del Pueblo, remitido a la Fiscal de la Nación, doctora Blanca Nélida Colán Maguiño, la misma que a su vez lo remite a la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público; Que, la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público se avoca al conocimiento del presente oficio, en atención a lo dispuesto en la Ley Nº 26623 y sus complementarias, que señalan que durante el proceso de reorganización y moder- nización, la citada Comisión es el Organo de Gestión y Gobierno del Ministerio Público;