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Pág. 186666 NORMAS LEGALES Lima, domingo 14 de mayo de 2000 TO Y ALCANTARILLADO DE LOS CANALES NATURALES DE LA CIUDAD DE PUCALLPA" para su aprobación e inme- diata proyección; el Concejo Municipal por Unanimidad, me- diante Acuerdo Nº 12 de Sesión Ordinaria Nº 001-2000 de fecha 12 de enero del 2000, aprobó declarar en urgencia el Sistema de Drenaje de la Ciudad de Pucallpa, en el cual se afirma que se convoque de inmediato a Concurso Público de Méritos para la contratación de Empresas de Consultoría, para que realicen el estudio definitivo sobre "ESTUDIO DEL SISTEMA DE EVA- CUACION DE AGUAS PLUVIALES, ENCAUZAMIENTO Y ALCANTARILLADO DE LOS CANALES NATURALES DE LA CIUDAD DE PUCALLPA", conforme se desprende del Proveído Nº 012-MPCP-SG. Que del análisis efectuado y en aplicación de lo dispuesto por la Ley Nº 26850 y su Reglamento D.S. Nº 039-98-PCM, dicha afirmación resulta contradictoria a lo dispuesto por Ley, habiendo conducido a error al momento de proyectarse la Resolución de Concejo Nº 009-2000-MPCP, que en su Artículo Tercero expresamente se resuelve convocar a Concurso Público de Méritos de Contratación de Empresas de Consultoría para que realicen el estudio definitivo sobre encau- zamiento y alcantarillado de la ciudad de Pucallpa; Que, siendo así, el Concejo Municipal por Unanimidad, mediante Acuerdo Nº 62-2000 adoptado en Sesión Ordinaria Nº 004-2000, del 23 de febrero del 2000, aprobó dejar sin efecto el Acuerdo Nº 12 de Sesión Ordinaria Nº 001-2000 del 12 de enero del 2000, anulando en todos sus extremos la Resolución de Concejo Nº 009-2000-MPCP; Que, asimismo, en el Acuerdo Nº 62-2000, antes citado, se aprobó declarar en urgencia a partir de la fecha el Sistema de Drenaje de la Ciudad de Pucallpa, para realizar un estudio integral del Sistema de Evacuaciones de las aguas pluviales, el mismo que deberá llevarse a cabo, en un plazo no mayor de 120 días; Que, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 19º, Inc. c) y 21º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, tratándose la presente de una situa- ción de urgencia, resulta procedente la exoneración del Proceso de Selección - Concurso Público para las Adquisiciones y Contrataciones que al respecto se realicen; Que, por todo lo antes expuesto y con las facultades confe- ridas por el Art. 47º, Inc. 6) de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO en todos sus extremos el Acuerdo de Concejo Nº 12 de Sesión Ordinaria Nº 001-2000, de fecha 12 de enero del 2000 y la Resolución de Concejo Nº 009-2000-MPCP, de fecha 11 de febrero del 2000, por los fundamentos vertidos en los considerandos de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA a partir de la fecha el Sistema de Drenaje de la ciudad de Pucallpa, para poder realizar un estudio integral del sistema de Evacuación de las Aguas Pluviales, encauzamiento y alcantarillado de los canales naturales de la ciudad de Pucallpa, el cual deberá llevarse a cabo en un plazo no mayor de 120 días calendario, en cumplimiento del Acuerdo Nº 62- 2000, tomado en Sesión Ordinaria Nº 004-2000 del 23 de febrero del 2000. Artículo Tercero.- EXONERESE del Proceso de Selección - Concurso Público la Contratación de Empresas de Consultoría para la ejecución del "ESTUDIO DEL SISTEMA DE EVACUA- CION DE AGUAS PLUVIALES, ENCAUZAMIENTO Y AL- CANTARILLADO DE LOS CANALES NATURALES DE LA CIUDAD DE PUCALLPA", debiendo procederse a su formali- zación mediante adjudicación directa de Menor Cuantía de conformidad a lo dispuesto en el Inc. c) del Art. 44º del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- DISPONER que el egreso que gene- ra el Proceso de Selección descrito en el artículo precedente, será con cargo a la asignación presupuestal: Proyecto: Construcción Sistema de Alcantarillado, Meta: Estudio de Sistema de Alcantarillado, Obra: "ESTUDIO DEL SISTE- MA DE EVACUACION DE AGUAS PLUVIALES, ENCAU- ZAMIENTO Y ALCANTARILLADO DE LOS CANALES NATURALES DE LA CIUDAD DE PUCALLPA", Asigna- ción: 6.5.11.33. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presen- te resolución en el Diario Oficial El Peruano, encargándose el cumplimiento a la Dirección de Secretaría General. Artículo Sexto.- COMUNICAR la Declaratoria del Estado de Urgencia y la exoneración del proceso de selección a que se refieren los artículos precedentes a la COMISION DE PRESU- PUESTO DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA, de la Contra- loría General de la República y del Ministerio de Economía y Finanzas dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de la expedición de la presente resolución, encargándose el cumplimiento a la Dirección de Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Dirección General de Infraestructura y Desarrollo Urbano velar por el cumplimiento de la presente Resolución.Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Dirección de Secreta- ría General la notificación y distribución de la presente Reso- lución. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. DAVID YAMASHIRO SHIMABUKURO Alcalde 5382 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA BARBARA DE CARHUACAYAN Designan ejecutor coactivo de la mu- nicipalidad (Se publica la presente Resolución de Alcaldía a solicitud del Alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Bárbara de Carhuacayán, mediante Oficio Nº 058-00-MDSBC) RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 11-99-AL/MDSBC Carhuacayán, 3 de setiembre de 1999 VISTO , el Informe Nº 001-99-CCPM/MDSBC, de la Comisión de Concurso Público de Méritos de la Municipalidad Distrital de Santa Bárbara de Carhuacayán, respecto al Concurso Público de Méritos Nº 001-99-MDSBC, para la designación de Ejecutor Coac- tivo y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 10-99-AL/MDSBC se designó a la Comisión de Concurso Público de Méritos para la designación del Ejecutor y Auxiliar Coactivos de la Municipalidad; Que, la Ley Nº 26979, de Procedimiento de Ejecución Coactiva, dispone que las entidades de la Administración Pública, procederán a convocar a Concurso Público de Méritos, para la designación del Ejecutor y Auxiliares Coactivos; Que, la Municipalidad de Santa Bárbara de Car- huacayán, en cumplimiento de lo dispuesto en la citada Ley, efectuó el Concurso Público de Méritos Nº 001-99-MDSBC, pronunciándose la Comisión y declarando a los Ganadores para ocupar las Plazas de Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Santa Bárbara de Carhuacayán; Que, el proceso de selección terminó el 3 de diciembre del presente año, resultando designados para el cargo de Ejecutor Coactivo al Dr. Víctor Aníbal Vásquez Díaz y como Auxiliar Coactivo la Srta. Ana Margarita Jurado Otoya; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26979, de Procedimiento de Ejecución Coactivo, y ejerciendo las faculta- des conferidas por la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidad; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha en el cargo de EJECUTOR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de Santa Bárbara de Carhuacayán, al Dr. Víctor Aníbal Vás- quez Díaz con CAL Nº 12880, en el nivel SPA. Artículo Segundo.- Designar a partir de la fecha en el cargo de AUXILIAR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de Santa Bárbara de Carhuacayán, a la Srta. Ana Margarita Jurado Otoya con L.E. Nº 10475027, en el nivel STA. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Municipal, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Las especies embargadas serán deposi- tadas en el lugar que la Municipalidad designe especialmente. Artículo Quinto.- Ofíciese a la Policía Nacional con trans- cripción de la presente Resolución, a efectos de que presten el auxilio necesario según lo establecen las normas legales perti- nentes. Asimismo ofíciese al Ministerio de Economía y Finan- zas para los efectos correspondientes. Regístrese, comuníquese a la Corte Superior de Justicia, Tribu- nal Fiscal y demás organismos que compete, cúmplase y archívese. GILBERTO SOTO MARTIN Alcalde 5381