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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2000 (14/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

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Pág. 186656 NORMAS LEGALES Lima, domingo 14 de mayo de 2000 Visto, el Expediente Nº 11000693, sobre Concesión Definitiva para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Pachachaca cuyo titular es Empresa de Electricidad de los Andes S.A. (ELECTROANDES S.A.) y la solici- tud de transferencia presentada el 6 de abril del 2000. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 071-93-EM del 22 de octubre de 1993, se otorgó a favor de Empresa Minera del Centro del Perú S.A. (CENTROMIN PERU S.A.), Concesión Definitiva para desarrollar la actividad de Generación en la Central Hidroeléctrica Pachachaca, con una capacidad instala- da de 12,0 MW, y mediante la Resolución Suprema Nº 078-94- EM del 8 de noviembre de 1994 se aprobó el correspondiente Contrato Nº 020-94 de Concesión Definitiva; Que, mediante Resolución Suprema Nº 060-97-EM de fecha 11 de junio de 1997, se aprobó la transferencia, a favor de Empresa de Electricidad de los Andes S.A. (ELECTROANDES S.A.), de la Concesión mencionada en el considerando que antecede; Que, mediante el documento presentado el 6 de abril del 2000 bajo el Registro Nº 1275981 la concesionaria solicita se apruebe la transferencia de la Concesión materia de la presente Resolución a favor de Empresa de Generación de Energía Eléctrica del Centro S.A. (EGECEN S.A.), en virtud del Acuer- do de Cesión de Posición Contractual contenido en el Convenio de Transferencia de Titularidad de Concesión de Generación Hidroeléctrica suscrito por las partes el 17 de marzo del 2000, y al amparo de los respectivos Acuerdos adoptados por los Directorios de ambas empresas celebrados el 8 de marzo del 2000, documentos cuyas copias obran en el Expediente; Que, habiéndose cumplido con lo dispuesto en el Artículo 1436º del Código Civil, según el cual la forma de la transmisión, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se definen en función del acto que sirve de base a la cesión y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes, procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la Concesión a EGECEN S.A., la que deberá elevar el Acuerdo de Cesión de Posición Contractual a Escritura Pública, incorporando en ésta el texto de la presente Resolución e inscribirla en el Registro de Concesiones para la explotación de los Servicios Públicos, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 53º y Artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electrici- dad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la Concesión Defini- tiva para desarrollar la actividad de Generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Pachachaca, que efectúa Empresa de Electricidad de los Andes S.A. (ELECTROANDES S.A.) a favor de Empresa de Generación de Energía Eléctrica del Centro S.A. (EGECEN S.A.), por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Tener como titular de la Concesión menciona- da en el artículo anterior, otorgada originariamente mediante la Resolución Suprema Nº 071-93-EM, de fecha 22 de octubre de 1993, a Empresa de Generación de Energía Eléctrica del Centro S.A. (EGECEN S.A.), quien asume todos los derechos y obliga- ciones que aparecen en el Contrato de Concesión Nº 020-94. Artículo 3º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá ser incorporado en la Escritura Pública que dé origen el Acuerdo de Cesión de Posición Contractual referido en el tercer considerando de esta Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE CHAMOT SARMIENTO Ministro de Energía y Minas 5396 RESOLUCION SUPREMA Nº 045-2000-EM Lima, 10 de mayo del 2000 Visto, el Expediente Nº 11000593, sobre Concesión Definitiva para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Malpaso cuyo titular es Empresa de Electricidad de los Andes S.A. (ELECTROANDES S.A.) y la solici- tud de transferencia presentada el 6 de abril del 2000. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 070-93-EM del 22 de octubre de 1993, se otorgó a favor de Empresa Minera delCentro del Perú S.A. (CENTROMIN PERU S.A.), Concesión Definitiva para desarrollar la actividad de Generación en la Central Hidroeléctrica de Malpaso, con una capacidad instala- da de 54,4 MW, y mediante la Resolución Suprema Nº 077-94- EM del 8 de noviembre de 1994 se aprobó el correspondiente Contrato Nº 019-94 de Concesión Definitiva; Que, mediante Resolución Suprema Nº 055-97-EM de fecha 6 de junio de 1997, se aprobó la transferencia, a favor de Empresa de Electricidad de los Andes S.A. (ELECTROANDES S.A.), de la Concesión mencionada en el considerando que antecede; Que, mediante el documento presentado el 6 de abril del 2000 bajo el Registro Nº 1275978 la concesionaria solicita se apruebe la transferencia de la Concesión materia de la presente Resolución a favor de Empresa de Generación de Energía Eléctrica del Centro S.A. (EGECEN S.A.), en virtud del Acuer- do de Cesión de Posición Contractual contenido en el Convenio de Transferencia de Titularidad de Concesión de Generación Hidroeléctrica suscrito por las partes el 17 de marzo del 2000, y al amparo de los respectivos Acuerdos adoptados por los Directorios de ambas empresas celebrados el 8 de marzo del 2000, documentos cuyas copias obran en el Expediente; Que, habiéndose cumplido con lo dispuesto en el Artículo 1436º del Código Civil, según el cual la forma de la transmisión, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consen- timiento y las relaciones entre los contratantes se definen en función del acto que sirve de base a la cesión y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes, procede aprobar la transfe- rencia solicitada y tener como titular de la Concesión a EGE- CEN S.A., la que deberá elevar el Acuerdo de Cesión de Posición Contractual a Escritura Pública, incorporando en ésta el texto de la presente Resolución e inscribirla en el Registro de Conce- siones para la explotación de los Servicios Públicos, de confor- midad con lo dispuesto en los Artículos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 53º y Artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctri- cas; Con la opinión favorable del Director General de Electrici- dad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la Concesión Definitiva para desarrollar la actividad de Generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica de Malpaso, que efectúa Empresa de Electricidad de los Andes S.A. (ELEC- TROANDES S.A.) a favor de Empresa de Generación de Ener- gía Eléctrica del Centro S.A. (EGECEN S.A.), por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Tener como titular de la Concesión menciona- da en el artículo anterior, otorgada originariamente mediante la Resolución Suprema Nº 070-93-EM, de fecha 22 de octubre de 1993, a Empresa de Generación de Energía Eléctrica del Centro S.A. (EGECEN S.A.), quien asume todos los derechos y obliga- ciones que aparecen en el Contrato de Concesión Nº 019-94. Artículo 3º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá ser incorporado en la Escritura Pública que dé origen el Acuerdo de Cesión de Posición Contractual referido en el tercer considerando de esta Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE CHAMOT SARMIENTO Ministro de Energía y Minas 5397 MITINCI Autorizan viaje de representante del INDECOPI a Singapur, Indonesia y Brunnei, para participar en eventos sobre derecho de la competencia, es- tándares y desregulación RESOLUCION SUPREMA Nº 064-2000-ITINCI Lima, 12 de mayo del 2000 Vista la Carta Nº 0276-2000/GEG-INDECOPI de fecha 9 de mayo del 2000, de la Gerencia General del Instituto Nacional de