Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2000 (15/05/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 15 de MORDAZA de 2000 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 139-2000-JUS

Capacitacion de Conciliadores, con sede en la MORDAZA de Lima; Estando a lo opinado en el Informe Nº 132-2000-DMSTC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la peticion de la Asociacion de Psicologos del MORDAZA Norte de MORDAZA - Centro de Conciliacion; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la Asociacion de Psicologos del MORDAZA Norte de MORDAZA - Centro de Conciliacion, a funcionar como Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores. Articulo 2º.- El Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores de la Asociacion de Psicologos del MORDAZA Norte de MORDAZA - Centro de Conciliacion, para la realizacion de los respectivos Cursos de Formacion y Capacitacion, solicitara en cada oportunidad la autorizacion ante el Ministerio de Justicia, quien verificara que los mismos cumplan con los requisitos senalados en el Art. 35º del Reglamento de la Ley de Conciliacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 5345

MORDAZA, 11 de MORDAZA del 2000 Vista la solicitud de Registro Nº 04690 de fecha 3 de MORDAZA del 2000, de la asociacion Redemptor Hominis Centro Internacional de Estudios Superiores y Conciliacion; CONSIDERANDO: Que Redemptor Hominis Centro Internacional de Estudios Superiores y Conciliacion, es una asociacion civil que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 136-2000/DMSTC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion Redemptor Hominis Centro Internacional de Estudios Superiores y Conciliacion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 Ley de Conciliacion y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR, a funcionar como Centro de Conciliacion con sede en la MORDAZA de MORDAZA a la asociacion Redemptor Hominis Centro Internacional de Estudios Superiores y Conciliacion. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 5347

Autorizan funcionar centros de conciliacion con sede en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 138-2000-JUS MORDAZA, 11 de MORDAZA del 2000 Vista la solicitud de Registro Nº 15835 de fecha 30 de diciembre de 1999, de la asociacion "Cibertribunal Peruano"; CONSIDERANDO: Que "Cibertribunal Peruano", es una asociacion civil que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 115-2000/DMSTC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion "Cibertribunal Peruano"; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 Ley de Conciliacion y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR, a funcionar como Centro de Conciliacion con sede en la MORDAZA de MORDAZA a la asociacion "Cibertribunal Peruano". Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 5346

Autorizan viaje de la Superintendenta Nacional de los Registros Publicos a MORDAZA, para participar en eventos sobre derecho registral inmobiliario y proteccion legal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 140-2000-JUS MORDAZA, 11 de MORDAZA del 2000 Visto el Oficio Nº 217-2000-SUNARP/SN, de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos; CONSIDERANDO: Que la doctora MORDAZA MORDAZA Coco, Superintendenta Nacional de los Registros Publicos, ha sido invitada a participar en la "II Jornada Iberoamericana de Derecho Registral Inmobiliario" y en el "Congreso sobre Asistencia y Proteccion Legal", a realizarse en la MORDAZA de La Habana, MORDAZA, del 15 al 18 de MORDAZA del 2000, adicionalmente sostendra reuniones de trabajo con el Director General de la Propiedad, Mercantil y del Patrimonio de MORDAZA con la finalidad de intercambiar experiencias y unificar criterios en la inscripcion de Titulos, del 19 al 20 de MORDAZA del 2000; Que en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje de la referida funcionaria;

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