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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2000 (17/05/2000)

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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de mayo de 2000 AÑO XVIII - Nº 7268 Pág. 186687Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" AGRICULTURA Autorizan contratar servicios de trans- porte de maquinaria pesada, agrícola e implementos mediante adjudicación directa de menor cuantía, para desa- rrollar plan de urgencia en áreas de cultivo de la costa DECRETO SUPREMO Nº 017-2000-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26850 se aprobó la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado; Que, el Artículo 19º de la referida Ley contempla los supuestos de exoneración de Licitación Pública y Concurso Público, estable- ciendo en el inciso c) que están exoneradas las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de urgencia; Que, asimismo mediante Decreto Supremo Nº 039-98-PCM se aprobó el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el inciso c) del Artículo 44º del Reglamento establece que el procedimiento de adjudicación directa de menor cuantía es de apli- cación en los supuestos de exoneración de los procesos de selección previstos en el Artículo 19º de la Ley Nº 26850, siendo responsable de dicho proceso la máxima autoridad administrativa de la Entidad; Que, el Artículo 21º de la Ley Nº 26850 considera como situación de urgencia a aquella en que la ausencia de un bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial o de operaciones productivas, o cuando la autoriza- ción de licitación o concurso no cumpla función alguna debido a que los bienes no admiten sustitutos, o existiendo sustitutos, éstos puede afectar negativamente el servicio o proceso productivo; Que, el Ministerio de Agricultura viene ejecutando trabajos de rehabilitación y reconstrucción del cauce de los ríos y defensas ribereñas a través del Programa de Encauzamiento de Ríos y Protección de Estructuras de Captación - PERPEC, para abastecer de agua de riego a las áreas de cultivo en el ámbito nacional a fin de garantizar el normal desarrollo de la presente campaña agrícola; Que, el Ministerio de Agricultura, con el apoyo de las comuni- dades campesinas, comunidades nativas u organizaciones agra- rias, ejecuta Proyectos y Programas de producción agrícola a escala nacional, a favor de los agricultores de menores recursos y/ o afectados por cambios climatológicos mediante la entrega de semillas, fertilizantes, agroquímicos y prestación de servicios con maquinaria agrícola, bajo la modalidad de fondos rotatorios; Que, es objetivo del Gobierno Peruano desarrollar un Plan Operativo de Urgencia en las áreas de cultivo ubicadas en la región de la costa del Perú, siendo para ello necesario apoyar con maquina- ria pesada, agrícola e implementos de propiedad del Ministerio de Agricultura las actividades productivas en la referida región; para dicho objeto debe trasladarse la maquinaria pesada, agrícola y sus implementos desde los diferentes departamentos donde se encuen- tran ubicadas hacia dichas áreas de cultivo, con el fin de otorgar servicios de habilitación, arado, sembrío y cultivo que, de no ejecutar- se inmediatamente, podrían comprometer seriamente el citado plan retrasando consecuentemente las actividades productivas; Que, en consecuencia resulta necesario exonerar al Ministerio de Agricultura del requisito de Concurso Público para la contra- tación de servicios de transporte para la maquinaria e implemen- tos que permitan atender oportunamente las actividades que se ejecuten en atención al referido Plan Operativo de Urgencia en apoyo a la campaña agrícola; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y la Ley Nº 27212, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Exonérese al Ministerio de Agricultura del requisito del Concurso Público y autorícese a contratar por adju-dicación directa de menor cuantía, los servicios de transporte de maquinaria pesada, agrícola y sus implementos hasta por un monto de S/. 6'000,000.00 nuevos soles, con cargo al Presupuesto del Pliego 013: Ministerio de Agricultura correspondiente al Ejercicio Fiscal 2000. Artículo 2º.- La ejecución de los contratos derivados del presente proceso se regulará por la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demás normas complementarias. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será puesto en conocimiento de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, de la Contraloría General de la Repú- blica y del Ministerio de Economía y Finanzas dentro de los diez (10) días calendario siguiente a la fecha de su aprobación. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 5483 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje del Director General de Crédito Público para asistir a reunión del Banco Mundial y evento sobre deu- das pública e hipotecaria que se reali- zarán en Colombia RESOLUCION SUPREMA Nº 130-2000-EF Lima, 15 de mayo del 2000 CONSIDERANDO: Que, el señor JOSE FERNANDO LITUMA AGUERO, Director General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas, viajará a la ciudad de Cartagena, Colombia, con la finalidad de asistir a la reunión con funcionarios del Banco Mundial y al Wor kshop de Deuda Pública y Deuda Hipotecaria, que se llevarán a cabo entre el 17 y 20 de mayo del año 2000, en la citada ciudad; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 y Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF, 053-84-PCM, 074- 85-PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM y 037-91-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al señor JOSE FERNANDO LITUMA AGUERO, Director General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas, a ausentarse del país del 16 al 20 de mayo del año 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 MEF - Administración General del Pliego Ministe- rio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos del 16 al 20 de mayo :US$ 1 000,00 Pasajes :US$ 388,00 Tarifa CORPAC :US$ 25,00 Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a exonera- ción de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.