Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2000 (25/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 186973 NORMAS LEGALES Lima, jueves 25 de mayo de 2000 túen acorde a las prescripciones del Convenio Interna- cional sobre Normas de Formación, Titulación y Guar- dia para la Gente de Mar 1978 en su forma enmendada; Que, es necesario establecer las directrices para el otor- gamiento de los nuevos títulos y formatos de acuerdo al Convenio antes citado, así como de las libretas de embarco; De conformidad con lo propuesto por el Jefe del Departamento de Marina Mercante, y a lo recomen- dado por el Director de Control de Intereses Acuáticos; SE RESUELVE: 1.- Se aprueban las Directrices para el otorgamien- to de Títulos de acuerdo al Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar 1978/1995. 2.- La presente Resolución también será de aplica- ción a la Escuela Nacional de Marina Mercante "Almi- rante Miguel Grau", en su condición de único Centro de Formación reconocido por esta Autoridad Marítima. Regístrese y comuníquese como Documento Oficial Público (D.O.P.). HUMBERTO LEON RABINES GIRONDA Director General de Capitanías y Guardacostas 5802 ECONOMIA Y FINANZAS Modifican la Tabla de Sanciones Aplica- ble a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas DECRETO SUPREMO Nº 050-2000-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 122-96-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 027-2000-EF, se aprobó la Tabla de Sanciones Aplicables a las Infraccio- nes previstas en la Ley General de Aduanas; Que, es necesario uniformizar las sanciones aplica- bles a los Declarantes o Despachadores de Aduana, en los casos de errores que no tengan incidencia tributaria; En uso de la facultad conferida por el numeral 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el Artículo 102º de la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo Nº 809; DECRETA: Artículo 1º.- Modifíquese, en la Tabla de Sancio- nes Aplicable a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, aprobada por el Decreto Supre- mo Nº 122-96-EF y modificada por el Decreto Supremo Nº 027-2000-EF, las sanciones aplicables a las infrac- ciones siguientes: 1.4 Aplicable a los Declarantes o los Despachadores de Aduana INFRACCION/ REFERENCIAS SANCION CONCEPTO LEGALES Formular declaraciones Numeral 6) inciso d) -Origen y valor: equivalente incorrectas o proporcionar Art. 103º al triple de los tributos información incompleta de dejados de pagar. las mercancías en cuanto a su origen, especie o uso, -Cantidad y calidad: calidad o valor. Esta 1,00 UIT. infracción no es aplicable a los Despachadores de -Especie o uso: 0,10 UIT. Aduana que declaren infor- mación proporcionada por las empresas verificadoras. Asignar una partida Numeral 10) inciso d) -Equivalente al doble de los arancelaria incorrecta a Art. 103º tributos dejados de pagar. la mercancía declarada. -0,10 UIT, cuando no exista incidencia tributaria.Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo es refren- dado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- cuatro días del mes de mayo del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 5841 EDUCACION Dan por concluida designación de Vicepresidente del IPD RESOLUCION SUPREMA Nº 060-2000-ED Lima, 24 de mayo del 2000 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 132-99-ED de fecha 24 de setiembre de 1999 se designó a don Aldo Barbieri Barrio de Mendoza como Vicepresidente del Instituto Peruano del Deporte, cargo considerado de confianza; Que es necesario dar por concluida la referida designación; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Dar por concluida, a partir del 2 de marzo del 2000, la designación de don ALDO BAR- BIERI BARRIO DE MENDOZA, en el cargo de Vice- presidente del Instituto Peruano del Deporte, dándo- sele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 5844 Designan Vicepresidente del IPD RESOLUCION SUPREMA Nº 061-2000-ED Lima, 24 de mayo del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27159, Ley General de Deporte, se establece que el Instituto Peruano del Deporte - IPD, ente rector del Sistema Deportivo Nacional, es un Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Educación; Que, el Artículo 9º de la referida Ley establece que el Instituto Peruano del Deporte - IPD, estará a cargo de un Consejo Directivo, integrado por el Presidente Ejecutivo, el Vicepresidente y cuatro Directores designados por Resolu- ción Suprema refrendada por el Ministro de Educación; Que, es necesario proceder a designar al Vicepresidente del Instituto Peruano del Deporte - IPD, cargo considerado de confianza; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27159, Decreto Ley Nº 25515 y Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolución, al señor Jaime IZAGA TORI ,