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Pág. 187219 NORMAS LEGALES Lima, martes 30 de mayo de 2000 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- nueve días del mes de mayo del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 6038 Ratifican Acuerdo de la COPRI que incluye en proceso de promoción de la inversión privada, terrenos rústicos ubicados en el distrito de Indiana, pro- vincia de Maynas RESOLUCION SUPREMA Nº 198-2000-PCM Lima, 29 de mayo del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26440 se dispuso que los Proyectos Especiales, Organismos y otros Proyectos bajo responsabilidad de órganos estatales, se encuentran comprendidos en el proceso de promoción de la inversión privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, Ley de Promoción de la Inversión Privada en las Empre- sas del Estado; Que, la Comisión de Promoción de la Inversión Priva- da - COPRI, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1) del Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, ha acordado incluir dentro del proceso de promoción de la inversión privada a que se refiere dicho Decreto Legislativo, cuatro terrenos rústicos conformados por cuatro lotes de un total de 15,532.62 hectáreas de propie- dad del Ministerio de Agricultura, ubicados en el depar- tamento de Loreto, referido en el Artículo 1º de la presente Resolución; Que, la COPRI ha propuesto que el Comité Especial constituido por Resolución Suprema Nº 485-96-PCM, se encargue de llevar adelante el referido proceso de promo- ción de la inversión privada; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 4º y 5º del Decreto Legislativo Nº 674; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar el Acuerdo adoptado por la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, conforme al cual se incluye dentro del proce- so de promoción de la inversión privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, cuatro terrenos rústicos conformados por cuatro lotes de un total de 15,532.62 hectáreas ubicados sobre la margen dere- cha del río Amazonas, jurisdicción del Caserío de Santa Cecilia en el río Manití, distrito de Indiana, provincia de Maynas, departamento de Loreto, de propiedad del Ministerio de Agricultura, inscritos a fojas 423 de la Partida CLXVI del Tomo 217 y Fichas 32345, 9379, 9389 y 9381 del Registro de Propiedad Inmueble de Iquitos. Artículo 2º.- Encargar al Comité Especial consti- tuido mediante Resolución Suprema Nº 485-96-PCM, llevar adelante el proceso de promoción de la inversión privada a que se refiere el artículo precedente. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Justicia y por el Ministro de Agricultura.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Justicia BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 6040 ECONOMIA Y FINANZAS Aceptan donación de productos far- macéuticos que serán utilizados en programas médicos de la Cruz Roja Peruana RESOLUCION SUPREMA Nº 153-2000-EF Lima, 29 de mayo del 2000 CONSIDERANDO: Que, GLOBAL RELIEF FUND, INC. de Maple Ridge, Canadá, ha efectuado una donación a favor de la Cruz Roja Peruana, consistente en productos farmacéuticos, que serán utilizados en los programas médicos que prestan a la comunidad a través de sus consultorios instalados en sus diferentes filiales del país, así como a niños de zonas marginadas del sector la Rinconada en Pamplona Alta, distrito de San Juan de Miraflores, departamento de Lima; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar en nombre del Go- bierno Peruano, la donación efectuada por GLOBAL RELIEF FUND, INC. de Maple Ridge, Canadá, a favor de la Cruz Roja Peruana, consistente en productos farma- céuticos, con un valor aproximado de US$ 3 600,00 (Tres Mil Seiscientos y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Certificado de Donación de fecha 15 de febrero del año 2000 y un peso aproximado de 146 kgs., según Guía Aérea Nº 129-23454454 de Martinair Ho- lland nv. Dicha donación será utilizada por la Cruz Roja Peruana en los programas médicos que prestan a la comunidad a través de sus consultorios instalados en sus diferentes filiales del país, así como a niños de zonas marginadas del sector la Rinconada en Pamplona Alta, distrito de San Juan de Miraflores, departamento de Lima. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99- EF.