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Pág. 187222 NORMAS LEGALES Lima, martes 30 de mayo de 2000 Miami, Florida, Estados Unidos de América, del 2 al 4 de junio del año 2000, con la finalidad de rendir el examen final correspondiente al programa a distancia "Charte- red Financial Analist - Level II", organizado por la Association for Investment Management and Research - AIMR.; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán asumidos por la Superinten- dencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensio- nes, con cargo a su presupuesto, correspondiente al ejercicio 2000; De conformidad con lo establecido en los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 011-88-PCM, 135-90-PCM, 037-91-PCM y 031-89-EF y en el numeral 1.5. de la Directiva Nº 001-2000/FONAFE; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del señor Melvin Escudero Villavicencio, Subgerente de Control de Inver- siones de la Superintendencia de Administradoras Pri- vadas de Fondos de Pensiones, a la ciudad de Miami, Florida, Estados Unidos de América, del 2 al 4 de junio del año 2000, para los fines expuestos en la parte consi- derativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubier- tos con recursos del Presupuesto de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones: Pasajes :US$ 359,22 Viáticos :US$ 440,00 Tarifa CORPAC :US$ 25,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 6046 EDUCACION Crean el Instituto Superior Pedagógi- co Público "Virgen de la Natividad" en la provincia de Paruro, departamento del Cusco DECRETO SUPREMO Nº 006-2000-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Visto el Expediente Nº 11360-2000, y demás documen- tos que se adjuntan; CONSIDERANDO: Que, es política del Estado promover e impulsar la Educación Superior en el nivel no universitario y procu- rar la formación profesional del profesorado de acuerdo a las necesidades de desarrollo del país; Que, la Ley Nº 23384, Ley General de Educación, en el Artículo 30º último acápite y la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado, en el Artículo 4º establece que, la formación profesional del profesorado se realiza en las Universida- des y en los Institutos Superiores Pedagógicos; Que, las autoridades y comunidad de la provincia de Paruro, departamento del Cusco, organizados como "Coor-dinadora Interinstitucional para el desarrollo de Paru- ro" que tiene como eje central a la Municipalidad Provin- cial, proponen y solicitan mediante un Proyecto de Desa- rrollo Institucional la creación y funcionamiento del Instituto Superior Pedagógico Público en Paruro denomi- nado "Virgen de la Natividad" sobre la base de la "Filial Paruro" dependiente del Instituto Superior Pedagógico Santa Rosa de Cusco; Que, el citado Proyecto presentado por la mencionada institución guarda coherencia y consistencia en su es- tructura, cuenta con el aval y la opinión favorable de la Dirección Regional del Cusco y demuestra que procede atender la creación y autorización de funcionamiento del referido Instituto para satisfacer la demanda de forma- ción docente en la provincia de Paruro; Que, la Dirección Regional de Educación del Cusco ha destinado la correspondiente asignación de plazas presu- puestadas de personal Directivo y Docente y la Municipa- lidad de Paruro se compromete cubrir durante cinco años las plazas del personal administrativo y de servicios; Estando a lo opinado por la Dirección Nacional de Formación y Capacitación Docente con Opinión Técnica Nº 065-2000-UFOD/DINFOCAD, a lo visado por el Vice- ministro de Gestión Pedagógica y por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones que le confiere el Artículo 118º inciso 8) de la Constitución Política del Perú y de conformi- dad con lo dispuesto por la Ley Nº 23384, Ley General de Educación; Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, Ley Orgánica del Ministerio de Educación; Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED, Organización Interna del Ministe- rio de Educación; 002-96-ED Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación y el Decreto Supremo Nº 05-94-ED, Reglamento General de Institutos y Escuelas Superiores Públicos Privados; DECRETA: Artículo Primero.- CREASE y AUTORIZASE el funcionamiento del Instituto Superior Pedagógico Públi- co "VIRGEN DE LA NATIVIDAD", ubicado en el sector Manturhuaylla Km. 01,400, Carretera Paruro-Accha, distrito y provincia de Paruro, departamento del Cusco. Artículo Segundo.- AUTORIZASE al Instituto Su- perior Pedagógico Público "VIRGEN DE LA NATIVI- DAD" a desarrollar los estudios conducentes a la obten- ción del título de Profesor de Educación Primaria; en un solo turno diurno y con una meta anual de cuarenta alumnos ingresantes, a partir del Primer Semestre Aca- démico del año 2000. Artículo Tercero.- Los estudios conducentes al Tí- tulo autorizado tienen una duración de diez semestres académicos, desarrollados en cinco años lectivos (dos semestres académicos por año calendario). Artículo Cuarto.- DISPONGASE que la Dirección Regional de Educación del Cusco asigne y/o incremente según corresponda el presupuesto de personal y de bienes y servicios necesarios para el cumplimiento del presente Decreto Supremo y garantice su estricta obser- vancia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- nueve días del mes de mayo del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 6039 Designan Directora de la Unidad de Servicios Educativos Nº 03 RESOLUCION SUPREMA Nº 064-2000-ED Lima, 29 de mayo del 2000