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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2000 (24/11/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 195224 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de noviembre de 2000 ECONOMÍA Y FINANZAS Precios FOB de referencia para la aplicación de los derechos específi- cos correspondientes a la importación de productos agropecuarios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 165-2000-EF/15 Lima, 16 de noviembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 0016- 91-AG, cuya vigencia fue restituida por el Decreto Ley Nº 25528 y modificatorias, la importación de ciertos productos agropecuarios está sujeta a la aplicación de derechos específicos variables; Que, por Decreto Supremo Nº 114-93-EF y normas modificatorias, se actualizaron las tablas aduaneras apli- cables a las importaciones de los productos a que se refiere el considerando anterior; Que, corresponde publicar los precios FOB de referen- cia para la semana comprendida entre el 30 de octubre y el 5 de noviembre del 2000; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 133-94-EF y el Decreto Supremo Nº 039-2000-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios FOB de refe- rencia para la aplicación del derecho específico variable a que se refiere el Decreto Supremo Nº 133-94-EF: PRECIOS FOB DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 133-94-EF) US$ por T.M. Fecha Maíz Arroz Azúcar CORN/WLD01 CREED RICE MR SUGRCSCS Del 30/10/2000 al 5/11/2000 87 175 221 Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BOLOÑA BEHR Ministro de Economía y Finanzas 13397 ENERGÍA Y MINAS Constituyen Comité de Coordinación para el Desarrollo del Proyecto Ca- misea RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 467-2000-EM/VME Lima, 17 de noviembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Texto Unico Ordenado de las normas con rango de ley que regula la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 059- 96-PCM se ha declarado de interés nacional la promociónde la inversión privada en el ámbito de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 022-99 del 21 de abril de 1999 se declaró de necesidad e interés nacional, el desarrollo del Proyecto Camisea, el mismo que comprende las etapas de explotación de gas natural, transporte por ductos de Camisea a la costa de gas natural y líquidos de gas natural y distribución en Lima y Callao de gas natural por red de ductos, bajo el ámbito del Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, no obstante regularse las etapas mencionadas por las normas especiales pertinentes; Que, mediante Resolución Suprema Nº 060-99-PE se constituye el Comité Especial Proyecto Camisea que llevará adelante el proceso de promoción a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 022-99, designándose a sus miembros; Que, el Comité Especial Proyecto Camisea ha convo- cado a Concurso Público Internacional para otorgar las Concesiones de Transporte de Gas Natural por ductos de Camisea al City Gate, de Transporte de Líquidos de Gas Natural por ductos de Camisea a la Costa y de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao, y a Concurso Público Internacional para la Explotación de Hidrocarburos en Camisea, lote 88, habiéndose otorgado en ambos concursos la respectiva buena pro; Que, los Contratos de Concesión referidos en el consi- derando anterior así como el Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en Camisea, Lote 88, pre- ven la existencia de un Comité de Coordinación para el Desarrollo del Proyecto Camisea, entidad que tiene por objeto coordinar el desarrollo del Proyecto Camisea en todas sus actividades, durante su etapa de construcción, hasta la conclusión de la misma y puesta en operación comercial, y las demás funciones y atribuciones que dis- ponga su reglamento; Que, en tal sentido resulta necesario constituir el Comité de Coordinación para el Desarrollo del Proyecto Camisea, designar a los miembros que en representación del Estado participarán en la dirección del referido comité y establecer los objetivos, funciones, atribuciones y facul- tades de dicho comité; Estando a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25962 - Ley Orgánica del Sector Energía y Minas, el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y el inciso "f" del Artículo 8º del Decreto Supremo Nº 027-93-EM - Estruc- tura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; Con opinión favorable del Director General de Hidro- carburos y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir el Comité de Coordinación para el Desarrollo del Proyecto Camisea, el mismo que tiene por objeto coordinar el desarrollo del Proyecto Camisea en todas sus actividades, durante su etapa de construcción, hasta la conclusión de la misma y puesta en operación comercial, y las demás funciones y atribuciones que disponga su reglamento. Artículo 2º.- El Comité de Coordinación para el Desa- rrollo del Proyecto Camisea estará integrado por los siguientes miembros: - Un representante del Ministerio de Energía y Minas, quien lo presidirá; - el Presidente de Petroperú S.A.; - el Presidente Perúpetro S.A.; - tres representantes del contratista del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en Cami- sea, lote 88; y, - tres representantes del concesionario de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate, de Transporte de Líquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa y de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao. Artículo 3º.- Queda designado como representante del Ministerio de Energía y Minas y Presidente del Comi-