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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2000 (28/11/2000)

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TEXTO PAGINA: 5

Pág. 195351 NORMAS LEGALES Lima, martes 28 de noviembre de 2000 De conformidad con la Primera Disposición Com- plementaria del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Ser- vicio Diplomático de la República; SE RESUELVE: 1º.- Dar por terminadas las funciones de los siguientes Embajadores y/o Representantes Permanentes que se indican a continuación: ·Doctora María Luisa Federici Soto, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la Repúbli- ca Francesa, Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y Representante del Perú ante la Unión Latina; ·Doctora Beatriz Ramacciotti Regazzolli, Repre- sentante Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), con sede en Washington D.C., Estados Unidos de América; ·Doctora Ana María Déustua Caravedo, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la Repúbli- ca Italiana y Representante Permanente del Perú ante los Organismos Internacionales con sede en Roma, Repúbli- ca Italiana; ·Señor Alfredo Ross Antezana, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Panamá; ·Señor Luis Silva Santisteban García Seminario, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Federal de Alemania; ·Señor Víctor Aritomi Shinto, Embajador Extra- ordinario y Plenipotenciario del Perú en Japón; ·Vicealmirante AP (r) Juan Castilla Meza, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Repúbli- ca de Cuba; ·General de División EP (r) Tomás Castillo Meza, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Marruecos; ·Señor Víctor Yamamoto Miyakawa, Embajador Ex- traordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Honduras; ·Ingeniero Belisario de las Casas Piedra, designado como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Cuba. 2º.- Darles las gracias por los servicios prestados a la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PEREZ DE CUELLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 13506 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Declaran duelo judicial laborable por fallecimiento de magistrado de la Cor- te Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0198-2000-P-CSJLI/PJ Lima, 27 de noviembre del 2000 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del Artículo 248º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, señala que son días de duelo judicial los del sepelio de los miembros de las Cortes Superiores; y el inciso 6) del acotado, especifica que en los casos de fallecimiento de Magistrados en actividad, jubilados y cesantes se iza a media asta el Pabellón Nacional el día de las exequias, considerán- dose la fecha como duelo judicial laborable, sin perjuicio de los honores señalados en el Reglamento; Que, habiéndose tomado conocimiento del sensible fallecimiento del señor doctor Ernesto Diógenes Córdova Benavides, Vocal Titular de la Corte Superior de Justiciade Lima, acaecido el día sábado 25 de noviembre de los corrientes y dispuesto en la fecha la ceremonia con los honores que señala la Ley Orgánica del Poder Judicial, en atribución al rango de Vocal Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, resulta pertinente conside- rar el día 27 de noviembre del año en curso, como duelo judicial laborable en memoria y en honor del señor doctor Ernesto Diógenes Córdova Benavides; Que, el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, expresa a los familiares del señor doctor Ernesto Diógenes Córdova Benavides, el más sensible sentir por tan importante e irreparable pérdida, en mérito a su condición como Vocal Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, así como exaltar su trayectoria como Magis- trado y ante todo como hombre de derecho que con vocación de servicio, adornado de sus dotes muy personales administró justicia a nombre de la Nación; Que, estando a lo expuesto y con las facultades previs- tas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR el día 27 de noviem- bre del 2000, como duelo judicial laborable en honor del señor doctor ERNESTO DIÓGENES CÓRDOVA BENA- VIDES, estando al rango de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Oficina de Super- visión de Personal, de la Fiscalía de la Nación, de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 13492 ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Autorizan dictado del Tercer Grupo de Cursos bajo la modalidad de educa- ción a distancia RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 129-2000-AMAG/DG Jesús María, 17 de octubre del 2000 VISTO: Que, la Academia de la Magistratura ha llevado a cabo con éxito, el dictado de dos grupos de cursos bajo la modalidad de educación a distancia, a los Magistrados de los diversos Distritos Judiciales de la República; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 151º, establece que la Academia de la Magistratura se encarga de la formación y capacitación de jueces y fiscales en todos sus niveles; Que, la Academia de la Magistratura, ha venido brin- dando cursos de capacitación y especialización dentro del marco de actividades del Programa de Actualización y Perfeccionamiento y del Proyecto de Autocapacitación Asistida "Redes de Unidades Académicas"; Que, los cursos a distancia para Magistrados han causado un efecto favorable para el logro de los objetivos institucionales de la Academia de la Magistratura, toda vez que se ha logrado llegar a un mayor universo de Magistrados en el ámbito nacional; e igualmente se ha contribuido con la optimización del servicio de adminis- tración de justicia;