Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2000 (14/10/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 14 de octubre de 2000

busqueda de informacion y su procesamiento con el fin de detectar a las personas u organizaciones delictivas dedicadas a la comision de delitos tributarios y aduaneros; asimismo tendra a su cargo la organizacion y ejecucion de los operativos de lucha contra la evasion tributaria. Para efecto del cabal cumplimiento de sus funciones, la Fuerza Especial de Administracion Tributaria - FEAT MORDAZA uso de las facultades que las normas legales otorgan a la SUNAT y a ADUANAS, incluyendo las de inspeccion, inmovilizacion e incautacion. Articulo 3º.- FISCALIZACION TRIBUTARIA Para efecto de combatir la evasion tributaria, la SUNAT y ADUANAS podran ejercer en forma conjunta las facultades que, en el ejercicio de la funcion fiscalizadora, le son inherentes a MORDAZA instituciones. Estas facultades incluyen la de interposicion conjunta de denuncias penales. Articulo 4º.- INTERCAMBIO DE INFORMACION En aplicacion del Articulo 85º del Codigo Tributario, la SUNAT y ADUANAS para el cumplimiento de sus fines propios, intercambiaran todo MORDAZA de informacion relativa a las actividades de los deudores tributarios y terceros, sin que ello implique violacion de la reserva tributaria. Articulo 5º.- ELABORACION DE NORMATIVIDAD La SUNAT y ADUANAS propondran al Ministerio de Economia y Finanzas proyectos de normas con el fin de combatir la evasion tributaria. Articulo 6º.- APOYO INSTITUCIONAL La Fuerza Especial de Administracion Tributaria - FEAT para la ejecucion de las acciones destinadas a la lucha contra la evasion tributaria coordinara con la Fiscalia Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros y con la Policia Nacional, a fin que dichas entidades presten el apoyo que sea necesario para cumplir los objetivos propuestos. Articulo 7º.- RESPONSABILIDAD DE GASTOS Los gastos en que incurra la Fuerza Especial de Administracion Tributaria - FEAT se efectuaran con cargo a los presupuestos de la SUNAT y ADUANAS. Articulo 8º.- NORMAS COMPLEMENTARIAS Por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, se dictaran las normas complementarias que se requieran para la correcta aplicacion de lo dispuesto en el presente Decreto de Urgencia. Articulo 9º.- REFRENDO NORMATIVO El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de octubre del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA BOLONA BEHR Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MALAGA Ministro del Interior 11842

Que la Resolucion Nº 3/97, adoptada por la Conferencia de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacion - FAO en su 29ª Periodo de sesiones en noviembre de 1997, aprobo la iniciativa "Telefood"; Que es politica del Ministerio de Agricultura promover la realizacion de actividades en pro de la seguridad alimentaria donde participen instituciones del Sector Publico y de la Sociedad Civil; De conformidad por lo dispuesto en el Articulo 5º incisos c) y d) del Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura, concordante con el Articulo 2º, incisos d) y h) de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053-92-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Oficializar la MORDAZA Telefood a realizarse en el periodo octubre - diciembre del 2000 como una actividad del Programa de Celebracion por el Dia Mundial de la Alimentacion, contando directamente con el apoyo de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacion (FAO) para la organizacion de dicha campana. Articulo 2º.- Para la realizacion de Telefood la Representacion de la FAO coordinara la elaboracion de un programa de actividades con la participacion del representante del Ministerio de Agricultura que coordina la organizacion de las actividades del Dia Mundial de la Alimentacion 2000. Se convocara a Instituciones Publicas y Sociedad Civil, con el objetivo de movilizar recursos para el Fondo Telefood que la FAO orienta directamente en favor de pequenos proyectos de produccion de alimentos donde participan familias de escasos recursos de las areas rurales. Articulo 3º.- El informe de los resultados de la MORDAZA Telefood sera presentado al Ministerio de Agricultura en el plazo de 30 dias calendario despues de la culminacion del evento para el seguimiento y emision de informacion oficial de competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHLIMPER ACKERMAN Ministro de Agricultura 11768

Lista de Productos Farmaceuticos y Biologicos de Uso Veterinario registrados en el mes de setiembre del ano 2000
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 049-2000-AG-SENASA-DGSA MORDAZA, 11 de octubre del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Decretos Supremos Nº 027-2000-AG y Nº 015-98-AG, se oficializan la inscripcion y comercializacion de productos de uso veterinario, los mismos que estaran sujetos unicamente a lo dispuesto por las citadas disposiciones legales, disponiendose la publicacion periodica de los productos registrados; Que, conforme a lo senalado por el Articulo 18º del Decreto Supremo Nº 24-95-AG, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA, la Direccion General de Sanidad Animal, tiene entre otras funciones la de establecer mecanismos de control, registro y fiscalizacion respecto de insumos de uso animal, asi como biologicos y farmacos, igualmente conducir el registro de las empresas productoras y/o comercializadoras de estos insumos; Que, con Memorandum Nº 114-2000-AG-SENASA-DGSADIP, de fecha 9 de octubre del 2000, la Direccion de Insumos Pecuarios de la Direccion General de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, ha remitido el listado de Productos Veterinarios registrados durante el mes setiembre del 2000, a efectos de dar cumplimiento a lo que dispone el Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 015-98-AG; Estando a la delegacion de facultades conferidas a la Direccion General de Sanidad Animal, mediante Resolucion Jefatural Nº 167-96-AG-SENASA; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 015-98AG, y el Articulo 18º del Decreto Supremo Nº 24-95-AG; y con la visacion del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, de la Lista de Productos Farmaceuticos y Biologicos de uso Veterinario, registrados en el mes de setiembre del 2000, en la Direccion de Insumos Pecuarios de la Direccion General de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, de acuerdo a lo siguiente:

AGRICULTURA
Oficializan MORDAZA Telefood como actividad del Programa de Celebracion por el Dia Mundial de la Alimentacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0806-2000-AG MORDAZA, 12 de octubre del 2000 Vista, las cartas G/GI-43 y REF FAOR 355 IN 4/9 del 22 de junio y 2 de agosto del 2000 cursadas por la Organizacion de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacion (FAO), que solicitan intervencion para promover el Dia Mundial de la Alimentacion y Telefood del ano 2000, iniciativa que se inscribe dentro del Plan de Accion de la Cumbre Mundial sobre la Alimentacion 1996; para lo cual solicita la oficializacion. CONSIDERANDO: Que el Gobierno Peruano suscribio el Plan de Accion de la Cumbre Mundial sobre la Alimentacion realizada en MORDAZA, en 1996;

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