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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (14/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 193975 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de octubre de 2000 Los resultados del concurso de admisión y la relación de los postulantes admitidos para cursar el Programa de For- mación de Aspirantes - PROFA, son inimpugnables y serán publicados por la Academia de la Magistratura. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Facúltese a la Comisión de Evaluación a resolver aquellos aspectos no previstos expresamente en el presente Reglamento. Segunda.- El presente reglamento entra en vigencia en la fecha de su aprobación. 11798 Aprueban Reglamento del Primer Pe- ríodo del Programa de Formación de Aspirantes (PROFA) a magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 347-SE-TP-CME-PJ Lima, 13 de octubre de 2000 VISTO: El Memorando Nº 0668-2000-AMAG/DA de fecha 11 de octubre del 2000, de la Dirección Académica que eleva a la Dirección General de la Academia de la Magistratura, la propuesta de nuevo Diseño Pedagógico para el Primer Período de Estudios del Programa de Formación de Aspiran- tes a Magistrados del Poder Judicial y Ministerio Público; así como el Proyecto de nuevo Reglamento del Primer Período de estudios del Programa de Formación de Aspiran- tes (PROFA); el cual fue materia de validación con fecha 4 de octubre del año en curso; El Oficio Nº 1555-2000-AMAG/DG de fecha 12 de octubre del 2000, de la Dirección General de la Academia de la Magistratura, mediante el cual se eleva la propuesta de nuevo Diseño Pedagógico para el Primer Período de Estu- dios del Programa de Formación de Aspirantes a magistra- dos del Poder Judicial y Ministerio Público; así como el Proyecto de nuevo Reglamento del Primer Período de estu- dios del Programa de Formación de Aspirantes (PROFA); CONSIDERANDO: Que, el Artículo 151º de la Constitución Política del Estado establece que la Academia de la Magistratura se encarga de la formación de los aspirantes a magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público; Que, la Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura Nº 26335, establece en su Artículo 2º, que uno de sus objetivos es la formación académica de los aspirantes a cargos de magistrados del Poder Judicial o del Ministerio Público; Que, el Artículo 32º del Estatuto de la Academia de la magistratura aprobado mediante Resolución Administrati- va Nº 01-94/AMAG-CD, de fecha 23 de diciembre de 1994, establece que cada programa académico es regulado por su respectivo Reglamento; Que, la Sexta Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 26623, comprendió a la Academia de la Magistratura en los alcances de la reorganización del Poder Judicial, quedando en suspenso la competencia y atribucio- nes de su Órgano Rector, disponiendo que serían ejercidas por el Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial; Que, por Resolución Administrativa del Titular de Pliego del Poder Judicial Nº 333-98-SE-TP-CME-PJ, se aprobó el diseño integral del Programa de Formación de Aspirantes; Que por Resolución de la Comisión de Reorganización y Gobierno de la Academia de la Magistratura Nº 014-98- CRG-AMAG, se aprobó el diseño integral del PROFA y mediante Resolución Nº 014-99-CRG-AMAG se aprobó el Reglamento del PROFA; Que, la propuesta de diseño pedagógico para el Primer Período del Programa de Formación de Aspirantes, elevado por la Dirección General de la Academia de la Magistratura, es el resultado del trabajo de un equipo multidisciplinario compuesto por profesores y coordinadores de la Academia de la Magistratura, así como de los aportes y sugerencias dejueces y fiscales en ejercicio; y de consultores en materia educativa; habiéndose contado también, con entrevistas a discentes del PROFA y con la revisión de fuentes directas como informes, encuestas y documentos internos, que han permitido el análisis, la evaluación de la actual propuesta y de los ajustes académicos sugeridos para la optimización del PROFA; Que, en consecuencia es necesario aprobar un nuevo diseño y reglamento que permita optimizar la formación académica que se brinda a los discentes del Programa de Formación de Aspirantes; Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura Nº 26335; la Sexta Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 26623; el Estatuto de la Academia de la Magistra- tura aprobado por Resolución Nº 01-94/AMAG-CD, y el Reglamento del PROFA aprobado por Resolución Nº 014-99- CRG-AMAG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Apruébese el Diseño del Primer Período del Programa de Formación de Aspirantes (PROFA) de la Academia de la Magistratura, el cual se encuentra constituido por dos semestres académicos. Artículo Segundo.- Apruébese el Reglamento del Pri- mer Período del Programa de Formación de Aspirantes (PROFA) a magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Publico, que cuenta con 7 títulos, 36 artículos, y tres dispo- siciones finales y complementarias, que forma parte inte- grante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Déjese sin efecto la Resolución Nº 014-99-CRG-AMAG, y toda norma que se oponga a la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. DAVID PEZÚA VIVANCO Titular del Pliego del Poder Judicial REGLAMENTO DEL PRIMER PERÍODO DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN DE ASPIRANTES A LA MAGISTRATURA TÍTULO I.- Disposiciones Generales TÍTULO II.- De los Niveles de Dirección, Coordinación y Supervisión del Programa Capítulo 1.- Del Coordinador General del Programa Capítulo 2.- Del Coordinador Local del Programa TÍTULO III.- De los Aspirantes TÍTULO IV.- De los Docentes TÍTULO V.- De los Tutores Académicos TÍTULO VI.- Del Régimen de Estudios Capítulo l.- Del proceso de admisión. Capítulo 2.- De los estudios. Capítulo 3.- Del sistema de evaluación. TÍTULO VII.- De las Faltas, Sanciones y Procedimiento Disposiciones Finales y Complementarias TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente reglamento tiene por objeto normar el desarrollo del Primer Período del Programa de Formación de Aspirantes (PROFA) de la Academia de la Magistratura, el que se divide en dos semestres académi- cos. Artículo 2º.- El Programa de Formación de Aspirantes (PROFA) tiene como propósito formar aspirantes a la magis- tratura capaces de desempeñar sus funciones en nuestra realidad nacional con independencia, solvencia profesional y calidad moral, así como fortalecer los principios y valores que sustentan la independencia y autonomía del Poder Judicial y del Ministerio Público dentro del Estado de Derecho. Artículo 3º.- Los cursos del Programa de Formación de Aspirantes tienen tres objetivos: