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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (15/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

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Pág. 194025 NORMAS LEGALES Lima, domingo 15 de octubre de 2000 proceso administrativo de que se trate; sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente, para la instauración del correspondiente proceso penal, conforme a lo previsto en el Artículo 29º del Decreto Legislativo Nº 757. Artículo 12º.- La vigencia del presente Permiso de Opera- ción, queda condicionada al cumplimiento de la obligación por parte de VARIG S.A. (VIACAO AÉREA RIO GRANDE- SE), de otorgar la garantía global que establece el Artículo 93º de la Ley Nº 27261, por el cumplimiento de las obligacio- nes derivadas del servicio que solicita, en las condiciones y monto que establezca su Reglamento. El incumplimiento de esta obligación determinará la automática revocación del presente Permiso de Operación." Artículo 3º.- De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27261, en todos los casos que la Resolución Ministerial Nº 639-97-MTC/15.16 modificada por la Resolución Ministerial Nº 072-98-MTC/15.16 haga mención a la Dirección General de Transporte Aéreo, entiéndase que se refiere a la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 4º.- Los demás términos de la Resolución Ministerial Nº 639-97-MTC/15.16 del 10 de diciembre de 1997, modificada por la Resolución Ministerial Nº 072-98- MTC/15.16 del 13 de febrero de 1998, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS HARMES BOURONCLE Director General de Aeronáutica Civil Dirección General de Aeronáutica Civil 11506 S B S Autorizan inscripción de personas naturales en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 652-2000 Lima, 26 de setiembre del 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la señorita Catalina Victoria Costa Rebata para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Natu- rales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos forma- les exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Comisión Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesión celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha califi- cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Oficial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción de la señorita Catalina Victoria Costa Rebata con el Nº N-3453 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Natu- rales Libro II de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto Seguros (a.i.) 11818RESOLUCIÓN SBS Nº 661-2000 Lima, 27 de setiembre del 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Gustavo Adolfo Cisneros Gómez para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Natu- rales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos forma- les exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Comisión Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesión celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha califi- cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Oficial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Gustavo Adolfo Cisneros Gómez con el Nº N-3479 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Natu- rales Libro II de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto Seguros (a.i.) 11822 Autorizan inscripción de persona jurí- dica en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 725-2000 Lima, 5 de octubre del 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la señora Gillian Esther Mendizabal Sevilla para que se autorice la inscripción de la empresa G. Mendizabal & Asociados Asesores y Corredores de Seguros S.A.C. en el Registro del Sistema de Seguros en la Sección B: del Libro II de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que la empresa solicitante ha cumplido con los requisi- tos formales exigidos por la mencionada norma administra- tiva; Que la Comisión Calificadora de Corredores de Seguros, en la Sesión celebrada el 30 de mayo de 2000, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Oficial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 del 18 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros en la Sección B: del Libro II de los