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Pág. 194030 NORMAS LEGALES Lima, domingo 15 de octubre de 2000 POR CUANTO: El Concejo Distrital de Surquillo, en la Sesión Ordinaria de la fecha, con el VOTO UNANIME DE LOS SEÑORES REGIDORES, ha dado la siguiente Ordenanza: SUSPENDEN OTORGAMIENTO DE LICENCIAS PARA VENTA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS ENVASADAS PARA LLEVAR DESPUES DE LAS 23.00 HORAS Artículo Primero.- SUSPENDER el otorgamiento de Licencias Municipales para la Venta de Bebidas Alcohólicas Envasadas para llevar después de las 23.00 horas, en la jurisdicción del distrito de Surquillo. Artículo Segundo.- APLICAR la presente Ordenanza a todos los Expedientes Administrativos que se encuentren actualmente en trámite. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Despacho de Alcal- día para que vía Decreto y en un lapso no mayor a sesenta (60) días, regule el expendio de bebidas alcohólicas envasa- das para llevar. Artículo Cuarto.- Deróguese toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Encárguese al señor Alcalde la respectiva promulgación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. GUIDO CASASSA BACIGALUPO Alcalde 11829 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Amplían plazo de vigencia de orde- nanza que aprobó amnistía tributaria predial a favor de contribuyentes ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018-CMH-00 Huaral, 13 de octubre del 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL EL CONCEJO MUNICIPAL, en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha. CONSIDERANDO: Que, el Concejo Municipal en Sesión de Concejo aprobó la Ordenanza Nº 017-CMH-00 donde se aprobó el Beneficio de Amnistía Tributaria Predial condonándose para tales efectos los Reajustes, intereses moratorios, las multas a los contribuyentes de la jurisdicción del distrito de Huaral al 1 de octubre del 2000, el mismo que regirá del 2 al 14 de octubre del 2000; Que, el Concejo Municipal atendiendo el pedido de la Dirección de Rentas y considerando la petición de los veci- nos, es conveniente ampliar el período del beneficio a fin que los contribuyentes cumplan con el pago pendiente por au- toavalúos; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el Art. 36º Inc. 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades y con dispensa de lectura de acta se acordó:Artículo 1º.- Ampliar el plazo de la Ordenanza Nº 017- MPH-00 a 15 días más, el mismo que tendrá carácter de improrrogable. Por tanto mando se registre y se publique. MELCHOR CARDENAS VASQUEZ Alcalde Provincial de Huaral 11827 Autorizan campaña gratuita de recono- cimiento e inscripción de niños y adolescentes ORDENANZA MUNICIPAL Nº 019-CMH-00 Huaral, 13 de octubre del 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: El Concejo Provincial de Huaral, en Sesión Extraordi- naria de Concejo de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, en la provincia de Huaral, existen padres de familia que no han inscrito en forma oportuna a sus menores hijos, negándoles uno de los derechos fundamentales de la persona que es tener un nombre y apellido; Que, el Libro I - Derechos de Libertades del Código del Niño y el Adolescente promulgado por el Decreto Ley Nº 26102, de fecha 24.12.92, donde estipula en su Artículo 6º "Que el niño y el adolescente tienen derecho a un nombre y la nacionalidad peruana y a conocer a sus progenitores. Asimismo deben ser registrados por su madre, padres y/o responsables directamente después de su nacimiento en el Registro Civil de su respectiva jurisdicción; y adoptar los mecanismos pertinentes para su cumplimiento; Que, es política de la actual gestión, promover el Recono- cimiento e Inscripción de los menores y adolescentes en situación de abandono y similares, compenetrado con los sectores más necesitados y brindar las facilidades a los usuarios de esta jurisdicción para su cumplimiento según ley; Que, mediante Oficio Nº 130-00-BF, la Jefatura de Bien- estar Familiar de la Corporación recomienda programar una Campaña Gratuita de Reconocimiento e Inscripción de Niños y Adolescentes huaralinos, con ocasión de estar próxi- ma la celebración del "DIA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO"; Que, conforme lo establece en la Norma IV del Código Tributario aprobado por Decreto Legislativo Nº 816, las Municipalidades mediante Ordenanza, pueden entre otros, exonerar de sus contribuciones o tasas, dentro de sus respec- tivas jurisdicciones y con los límites que establece la Ley; Estando a lo expuesto, a lo acordado en Sesión de Concejo y en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 23853 Orgánica de Municipalidades y con la dispensa de lectura de Acta aprobó la siguiente: ORDENANZA: Artículo 1º.- Autorizar una Campaña Gratuita de Reco- nocimiento e Inscripción de Niños y Adolescentes Huarali- nos del 16 de octubre al 30 de diciembre del año 2000; debiendo de cumplirse con los requisitos previstos de acuer- do a ley. Artículo 2º.- Encargar a la Secretaría General y por su intermedio a las Oficinas de Registro Civil y RR.PP. e Imagen Institucional en lo que les corresponda. Por tanto mando se registre, publique y cumpla. MELCHOR CARDENAS VASQUEZ Alcalde Provincial de Huaral 11828