TEXTO PAGINA: 4
Pág. 194018 NORMAS LEGALES Lima, domingo 15 de octubre de 2000 Que mediante Ley Nº 27234 se otorgó al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribucio- nes establecidas en la Ley Nº 26655; y, Que, por encontrarse la solicitud de Gustavo Enrique Ramos Alarcón dentro de los alcances del Artículo 2º de la Ley Nº 27234, el Presidente del Consejo Nacional de Derechos Humanos ha recomendado el otorgamiento del indulto a favor del indicado ciudadano; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118º inciso 21) de la Constitución Política del Perú, es atribución del señor Presidente de la República conceder indultos; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Conceder INDULTO a GUSTAVO ENRIQUE RAMOS ALARCÓN quien se encuentra en el Establecimiento Penal Miguel Castro Castro, Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 11879 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 220-2000-JUS Lima, 14 de octubre del 2000 VISTOS: La solicitud presentada por Gilberto Puma Taco y el Informe Nº 003-99/CAH de la Comisión Ad Hoc creada por Ley Nº 26655, en el que se recomienda la concesión del indulto; CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26655 se creó una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la República en forma excepcional, la concesión del indulto y derecho de gracia, para quienes se encuentren condenados por delitos de terrorismo o traición a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir, razonable- mente, que no habrían tenido ningún tipo de vinculación con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234 se otorgó al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribucio- nes establecidas en la Ley Nº 26655; y, Que, por encontrarse la solicitud de Gilberto Puma Taco dentro de los alcances del Artículo 2º de la Ley Nº 27234, el Presidente del Consejo Nacional de Derechos Humanos ha recomendado el otorgamiento del indulto a favor del indicado ciudadano; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118º inciso 21) de la Constitución Política del Perú, es atribución del señor Presidente de la República conceder indultos; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Conceder INDULTO a GILBERTO PUMA TACO quien se encuentra en el Establecimiento Penal Miguel Castro Castro, Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 11880 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 221-2000-JUS Lima, 14 de octubre del 2000 VISTOS: La solicitud presentada por Fidel Muñoz Ramos y el Informe Nº 010-99/CAH de la Comisión Ad Hoc creada por Ley Nº 26655, en el que se recomienda la concesión del indulto; CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26655 se creó una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la República en forma excepcional, la concesión del indulto y derecho de gracia, para quienes se encuentren condenados por delitos de terrorismo o traición a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir, razonable- mente, que no habrían tenido ningún tipo de vinculación con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234 se otorgó al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribucio- nes establecidas en la Ley Nº 26655; y, Que, por encontrarse la solicitud de Fidel Muñoz Ramos dentro de los alcances del Artículo 2º de la Ley Nº 27234, elPresidente del Consejo Nacional de Derechos Humanos ha recomendado el otorgamiento del indulto a favor del indicado ciudadano; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118º inciso 21) de la Constitución Política del Perú, es atribución del señor Presidente de la República conceder indultos; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Conceder INDULTO a FIDEL MUÑOZ RAMOS quien se encuentra en el Establecimiento Penal Miguel Castro Castro, Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 11881 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 222-2000-JUS Lima, 14 de octubre del 2000 VISTOS: La solicitud presentada por Víctor Hugo Urbina Reyes y el Informe Nº 094-98/CAH de la Comisión Ad Hoc creada por Ley Nº 26655, en el que se recomienda la concesión del indulto; CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26655 se creó una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la República en forma excepcional, la concesión del indulto y derecho de gracia, para quienes se encuentren condenados por delitos de terrorismo o traición a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir, razonable- mente, que no habrían tenido ningún tipo de vinculación con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que mediante Ley Nº 27234 se otorgó al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribucio- nes establecidas en la Ley Nº 26655; y, Que, por encontrarse la solicitud de Víctor Hugo Urbi- na Reyes dentro de los alcances del Artículo 2º de la Ley Nº 27234, el Presidente del Consejo Nacional de Derechos Humanos ha recomendado el otorgamiento del indulto a favor del indicado ciudadano; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118º inciso 21) de la Constitución Política del Perú, es atribución del señor Presidente de la República conceder indultos; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Conceder INDULTO a VÍCTOR HUGO URBINA REYES quien se encuentra en el Establecimiento Penal Miguel Castro Castro, Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 11882 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 223-2000-JUS Lima, 14 de octubre del 2000 VISTOS: La solicitud presentada por Reynaldo De la Cruz Salvatierra y el Informe Nº 073-98/CAH de la Comisión Ad Hoc creada por Ley Nº 26655, en el que se recomienda la concesión del indulto; CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 26655 se creó una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la República en forma excepcional, la concesión del indulto y derecho de gracia, para quienes se encuentren condenados por delitos de terrorismo o traición a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan presumir, razonable- mente, que no habrían tenido ningún tipo de vinculación con elementos, actividades u organizaciones terroristas; Que me diante Ley Nº 27234 se otorgó al Consejo Nacional de Derechos Humanos cada una de las funciones y atribucio- nes establecidas en la Ley Nº 26655; y, Que, por encontrarse la solicitud de Reynaldo De la Cruz Salvatierra dentro de los alcances del Artículo 2º de la Ley Nº 27234, el Presidente del Consejo Nacional de Derechos Humanos ha recomendado el otorgamiento del indulto a favor del indicado ciudadano;