Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2000 (15/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, MORDAZA 15 de octubre de 2000

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Precisan alcances de la Ordenanza Nº 23-MSI sobre beneficio de amnistia tributaria
ORDENANZA Nº 024-MSI San MORDAZA, 11 de octubre del 2000 EL MORDAZA DE SAN ISIDRO; POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO; En Sesion Extraordinaria de la fecha y con dispensa del tramite de aprobacion de Actas; CONSIDERANDO: Que, en aplicacion de lo dispuesto por el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, segun lo dispuesto por los numerales 2) y 3) del Articulo 192º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, de conformidad con lo prescrito en el MORDAZA parrafo del Articulo 74º de nuestra Carta Magna, los Gobiernos Locales pueden crear, modificar o suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, dicha disposicion es concordante con lo senalado por el numeral 4) del Articulo 10º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; Que, de acuerdo con lo prescrito por la MORDAZA IV del Titulo Preliminar y Articulo 41º del Codigo Tributario aprobado por Decreto Legislativo Nº 816, los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden condonar con caracter general, el interes moratorio y sanciones que les corresponde administrar; Que, atendiendo al pedido de numerosos vecinos y el elevado indice de morosidad existente en la fecha, que evidencia un marcado MORDAZA de recesion economica, se aprobo la Ordenanza Nº 23-MSI, otorgando el beneficio de Condonacion (Amnistia) Tributaria, sin considerar las contraidas al 30 de setiembre del presente ano; Que en aplicacion del Articulo 3º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, estas representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de sus jurisdicciones; Que, de conformidad a los dictamenes favorables de las Comisiones de Asuntos Legales y de Economia y Administracion; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y con dispensa del tramite de aprobacion de Actas, el Concejo aprobo por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA DE AMNISTIA TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA Articulo Primero.- ENTIENDASE que el Beneficio de Condonacion (Amnistia) Tributaria aprobada por Ordenanza Nº 23-MSI se extiende a las deudas pendientes de pago al 30 de setiembre del presente ano. Articulo Segundo.- El cumplimiento de la presente Ordenanza sera de responsabilidad de la Direccion Municipal, Oficina de Rentas, Oficina de Administracion, Unidad de Informatica y la Ejecutoria Coactiva, en los temas que son de su competencia. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. MORDAZA BARUA LECAROS MORDAZA 11819

Dejan sin efecto licitacion publica para la prestacion del servicio de serenazgo
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 211-2000-ALC/MSI San MORDAZA, 11 de octubre de 2000 EL MORDAZA DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, al MORDAZA de las Ordenanzas Nºs. 098 y 112-MML que aprobaron el "Reglamento de las Inversiones Privadas en Obras de Infraestructura y en Servicios Publicos Locales de la provincia de Lima", y mediante avisos publicados en el Diario Oficial El Peruano y El Comercio del 13 y 14 de agosto del 2000 se hizo la Convocatoria Publica a la Licitacion Publica Especial Nº 001-2000-MSI de "Prestacion del Servicio de Serenazgo en la jurisdiccion de San Isidro"; Que, habiendose incrementado el accionar delictivo en nuevas modalidades, se hace necesario variar el sistema estrategico, tecnico y operativo del servicio de Serenazgo Municipal fortaleciendolo en bien de la colectividad; Que, en ese contexto y revisadas las Bases por los Comites de Recepcion de Propuestas y de Adjudicacion de Concesiones, es conveniente sustituir la modalidad de Concesion - Licitacion Publica Especial- por la del MORDAZA de Seleccion en la modalidad de Concurso Publico y de Licitacion Publica al MORDAZA de la Ley Nº 26850 "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM y normas complementarias; Que, en consecuencia, debera dejarse sin efecto la Convocatoria de la Concesion y encomendar a la Direccion Municipal y sus organos correspondientes, la elaboracion de las Bases que satisfagan las necesidades del actual servicio de Serenazgo Municipal; Y estando a las facultades otorgadas por el Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; RESUELVE: Articulo 1º.- DEJAR SIN EFECTO la Licitacion Publica Especial Nº 001-2000-MSI "Prestacion del Servicio de Serenazgo" en la jurisdiccion del distrito. Articulo 2º.- AUTORIZAR a la Unidad de Tesoreria la devolucion del importe del monto de las Bases a los postores que hubieran adquirido las mismas. Articulo 3º.- DEJAR SIN EFECTO la Resolucion de Alcaldia Nº 195-2000-ALC/MSI del 18 de setiembre del 2000. Articulo 4º.- ENCOMENDAR al senor Director Municipal con los organos correspondiente la elaboracion de la Propuesta de Bases con arreglo a la Ley Nº 26850 para la Convocatoria al Concurso Publico y de Licitacion Publica del Servicio del Serenazgo Municipal. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BARUA LECAROS MORDAZA 11821

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Suspenden otorgamiento de licencias municipales para la venta de bebidas alcoholicas envasadas para llevar
ORDENANZA Nº 061/MDS Surquillo, 6 de octubre del 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO

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