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Pág. 194134 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de octubre de 2000 Que, la Subdirección de Obras Privadas ha emitido el Informe Nº 158-2000-SDOPRIV-DDU de fecha 21 de agosto del 2000 (fs. 73 a 77), concluyendo que efectuada la inspección ocular al terreno se encuentra conforme, procediendo emitir Resolución de Aproba- ción de la Habilitación Urbana de Lote Único con Construcción Simultánea; De conformidad a las disposiciones contenidas en la Ordenan- za Nº 09-99-MSS, Texto Único Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos y facultad expresa prevista en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Artícu- lo 47º, numeral 6; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el petitorio de Promotora "La Castellana" S.A. y en consecuencia APROBAR de conformidad con los Planos signados con los Nºs. 034.01-2000- MSS-DDU-SDOPRIV y 034.02.2000-MSS-DDU-SDOPRIV la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único del terreno de CUA- TRO MIL CINCO METROS CUADRADOS (4,005.00 m2), para Uso Residencial de Densidad Media R3. Conjunto Residencial, constituido por la parcela semirrústica del fundo Talana Sector A- 2, con frente a la calle Manuel Scorza s/n, ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Promotora "LA CASTELLANA" S.A., para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, las Obras de Habilitación Urbana, del terreno de 4,005.00 m2 cuyos proyectos se aprueban, debiendo sujetarse dichos trabajos, a los Planos firmados y sellados teniendo en cuenta lo siguiente: Diseño.- El cuadro de áreas que se aprueba es el siguiente: Área Bruta Total 4,005.00 m2 Área Útil de Lote Único 3,911.25 m2 Área de Vías 93.75 m2 Aportes Reglamentarios.- Serán redimidos en dinero, de- biendo quedar como carga inscrita en la Oficina Registral de Lima y Callao la obligación de la propietaria de cancelar los déficit de aportes antes de la Recepción de Obras, el déficit para Recreación Pública de 320.00 m2 y para Otros Fines de 80.10 m2., deberán ser valorizados y cancelados en la Municipalidad de Santiago de Surco; para el Ministerio de Educación de 80.10 m2 y para el Servicio de Parques de 40.05 m2 éstos deberán ser valorizados y cancelados por ante los Organismos pertinentes; y en consecuen- cia queda como garantía el Lote Único. Pavimentos.- Las características de las obras de Pavimenta- ción serán las siguientes: Subrasantes.- Para conseguir un suelo estabilizado y tenien- do listo el corte a nivel de subrasante, será necesario efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2". Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m, de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material grueso (con diámetros máximos de 1 1/2"), finos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superficie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2" de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superficie de base con asfalto líquido RC-250. Acer as.- Serán de concreto de calidad de f 'c = 140 kg./cm2, de 0.15 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15 m., y el acabado será con mezcla cemento - arena fina, en propor- ción 1:2 de un centímetro de espesor. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m. de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. En ambos extremos de las calzadas, protegiendo y confinando sus bordes se construirán sardineles de concreto de calidad de f 'c = 210 kg./cm2, y de dimensiones 0.15 x 0.30 m.Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo con la Adecuación Urbanística para Limitados Físicos aprobada por Resolución Ministerial Nº 1378-78-VC-3500 del 21 de diciembre de 1978. Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- Los interesados deberán coordinar con la empresa LUZ DEL SUR la ubicación y reserva de áreas para la instalación de Subestaciones de distribución eléctrica, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas aprobada por Decreto Ley Nº 25844 Artículo 95º y de su Reglamento Artículo 186º. Los interesados deberán poner en conocimiento de la empresa concesionaria, la fecha de inicio y término de las obras, las mismas que se ejecutarán de acuerdo con los proyectos que serán aproba- dos por LUZ DEL SUR. Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones telefóni- cas, la interesada, de conformidad con el Artículo 14º del Decreto Legislativo Nº 332 del 13 de marzo de 1985 deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compañía, para la instalación de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- Considerar la presente Habilitación Ur- bana Nueva de Lote Único, con construcción simultánea. Artículo Cuarto.- Disponer que los propietarios deberán gestionar ante la Municipalidad de Santiago de Surco la Licencia de Obra correspondiente a las edificaciones a efectuar en el terreno materia de la presente Habilitación Urbana Nueva con Construcción Simultánea; siendo responsables de los deterioros que se produzcan por la ejecución de dichas obras. Artículo Quinto.- Determinar que la presente Resolución no autoriza la celebración de venta garantizada de lotes o inmuebles existentes de acuerdo al proyecto aprobado a que se hace referen- cia en el Artículo Primero. Artículo Sexto.- Promotora "La Castellana" S.A. deberá efectuar el pago por concepto de derecho de trámite, una vez ratificado por la Municipalidad Metropolitana de Lima dicho derecho. Artículo Séptimo.- Disponer la remisión de los presentes actuados administrativos a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima para su revisión conforme a ley. Artículo Octavo.- Promotora "La Castellana" S.A. deberá efectuar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de 5 días útiles, contados a partir del día siguiente de notificada. Artículo Noveno.- La Dirección de Desarrollo Urbano queda encargada de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos precedentes y de incorporar la presente Habilitación Urbana Nueva en el Catastro Urbano de la jurisdicción de Santiago de Surco. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 11922 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 48-MSS Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 48-MSS publicada en nuestra edición del día 14 de octubre de 2000, en la página 194013. DICE: "ORDENANZA: MODIFICACIÓN A LA ORDENANZA Nº 33-MSS QUE REGULA LA SECREGACIÓN DE RESIDUOS SOLIDOS EN EL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO" DEBE DECIR: "ORDENANZA: MODIFICACIÓN A LA ORDENANZA Nº 33-MSS QUE REGULA LA SEGREGACIÓN DE RESIDUOS SOLIDOS EN EL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO" 11993