Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2000 (18/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 18 de octubre de 2000
DISPOSICIONES TRANSITORIAS

treinta (30) dias contados a partir de la fecha de ingreso del expediente en la Unidad de Tramite Documentario o Mesa de Partes. De no estar completo el expediente por falta de alguno de los documentos exigidos, se notificara al interesado para que en un plazo MORDAZA de 3 dias habiles subsane la falta, suspendiendose el plazo por la documentacion faltante. En caso de incumplimiento se declarara el tramite en abandono remitiendose el expediente al archivo. Articulo 19º.- La MORDAZA del Tramite no constituye autorizacion para la instalacion de elementos de publicidad exterior. Articulo 20º.- De no existir pronunciamiento expreso de la Municipalidad al vencimiento del plazo establecido en el Art. 18º de la presente MORDAZA, se considerara otorgada la autorizacion para la instalacion del anuncio solicitado. Articulo 21º.- La Division de Anuncios, Propaganda y Ornato, procedera a efectuar la liquidacion correspondiente de acuerdo al del anuncio, solo en los casos de procedencia. Efectuada la liquidacion el interesado podra cancelar los derechos y presentara a la oficina MORDAZA mencionada MORDAZA del comprobante cancelado. Articulo 22º.- Los ceses de Anuncios (retiro) deberan comunicados a la Municipalidad y no generaran gastos para los titulares, quienes solo presentaran: a. Solicitud de Cese b. Autorizacion para la instalacion del anuncio (original) Articulo 23º.- Las Resoluciones de la Direccion de Desarrollo MORDAZA tienen caracter de primera instancia, en consecuencia compete a la misma conocer las solicitudes de reconsideracion. Podra interponerse recurso de apelacion contra dichos Actos Administrativos, el cual sera conocido por el MORDAZA Distrital; con lo cual queda agotada la via administrativa. Articulo 24º.- Los propietarios de los elementos de publicidad exterior estan obligados a: a. Revisar permanentemente las condiciones de seguridad del elemento de publicidad exterior autorizado. b. Mantener impreso en un lugar visible el numero de la Autorizacion del elemento de publicidad exterior. Articulo 25º.- Se debera constituir un Registro de Elementos de Publicidad Exterior de la Municipalidad de Lince, en el que se inscribiran todos aquellos elementos autorizados, el cual contendra el numero de serie, codificacion catastral, la ubicacion, la clase del elemento, sus caracteristicas tecnicas, la identificacion del propietario y la fecha de vigencia de la autorizacion. Asi mismo se consignaran todos los cambios de leyenda o grafico que se produzcan en el mismo. CAPITULO VI DE LOS CONVENIOS DE COOPERACION Articulo 26º.- La Municipalidad podra celebrar convenios de cooperacion con empresas dedicadas a la actividad publicitaria para mejorar el ornato y/o la infraestructura MORDAZA del distrito. Dichas empresas podran presentar proyectos cuyo costo de elaboracion y ejecucion sera a cuenta y cargo del proponente y todas las obras que se ejecuten a merito de ello pasaran a ser de propiedad de la Municipalidad apenas concluya el objeto del Convenio, sin lugar a compensacion alguna. Articulo 27º.- Los proyectos presentados deberan indicar la naturaleza de las obras, sus especificaciones tecnicas, el valor de las mismas y los plazo de ejecucion, debiendose cenir a las disposiciones contenidas en esta Ordenanza. Articulo 28º.- La Municipalidad determinara en cada caso el MORDAZA, ubicacion y cantidad de elementos de publicidad exterior que las empresas podran instalar a traves de los convenios. Articulo 29º.- Los Convenios no podran generar derechos de exclusividad ni monopolio y tendran una vigencia MORDAZA de 4 anos, a partir de la fecha de suscripcion. CAPITULO VII INFRACCIONES Y SANCIONES Articulo 30º.- La Division de Anuncios, Ornato y Propaganda con apoyo de la Policia Municipal son los encargados de imponer las sanciones y multas por las infracciones que se detecten por la instalacion indebida de elementos de publicidad exterior dentro de la jurisdiccion de Lince. Articulo 31º.- El Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas (R.A.S), el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (C.I.S.A) aprobados por Ordenanza Nº 018 de 8.5.2000 y sus Normas Modificatorias y Complementarias incluyendo el Decreto de Alcaldia Nº 011-2000-MDL del 5.7.2000, seran de aplicacion para sancionar las infracciones a las que se hace mencion en el articulo anterior.

Primera.- Toda publicidad exterior que se encuentre instalada dentro de la jurisdiccion de este distrito, que no cuente con su respectiva Autorizacion y/o no se adecue a la presente MORDAZA tendra un plazo perentorio de sesenta (60) dias para adecuarse y tramitar su respectiva autorizacion. Vencido dicho plazo se procedera al retiro de los anuncios previa notificacion a los propietarios del mismo. Segunda.- Los procedimientos que se encuentren en tramite, cualquiera sea su estado a partir de la vigencia del presente Reglamento, se adecuaran bajo responsabilidad a las disposiciones que esta prevea. Tercera.- Todos aquellos elementos de publicidad exterior con autorizacion vigente, estan obligados a su adecuacion a la presente Ordenanza. 11901

Modifican el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 026 Lince, 13 de setiembre de 2000 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el proyecto de Ordenanza que modifica el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lince; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 021 de 28 de junio de 2000 se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lince, conforme a lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 757 - Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada; Que, resulta necesario modificar dicho texto al haberse dictado por esta Corporacion, el Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas - Ordenanza Nº 018 y el Reglamento de Publicidad Exterior en el distrito de Lince - Ordenanza Nº 025 Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 36º inciso 3) y 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; POR UNAMINIDAD, el Concejo aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Incorporar al Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lince para el ano 2000, aprobado por Ordenanza Nº 021, siete (7) procedimientos a la Division de Catastro con numero de orden 1.59 al 1.65 y once (11) procedimientos a la Division de Anuncios, Propaganda y Ornato, con numero de orden del 1.66 al 1.76, ambos correspondientes a la Unidad Organica: Direccion de Desarrollo Urbano; cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Sustituir el procedimiento 2.1 "Anulacion de Multas Administrativas" de la Unidad Organica: Secretaria General - Unidad de Tramite Documentario, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lince para el ano 2000, incorporando los procedimientos con numeros de orden: 2.1.; 2.1.a. y 2.1.b. con el texto que forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Incorporar al Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Lince para el ano 2000, aprobado por Ordenanza Nº 021, tres (3) procedimientos con numero de orden 5.21 a 5.23 correspondientes a la Unidad Organica: Direccion de Servicios Comunales; cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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