Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2000 (18/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, miercoles 18 de octubre de 2000

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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OSINERG el hundimiento de la barcaza denominada A/F 346, con matricula IQ-19676-AF, en el terminal de Yanayacu con un volumen de 6,612 barriles de crudo, lo que habria ocasionado un derrame de aproximadamente 5,500 barriles de crudo en el cauce del rio Maranon; Que, mediante Oficio Nº 22531-2000-OSINERG-GH-L, de fecha 9 de octubre del 2000, la Gerencia de Hidrocarburos pone en conocimiento de la empresa PLUSPETROL PERU CORPORATION, Sucursal del Peru, el Informe Nº 6665-2000/ GH, otorgandole un plazo de 5 dias habiles para que formule sus descargos; Que, habiendo transcurrido el plazo sin que PLUSPETROL PERU CORPORATION, Sucursal del Peru, MORDAZA presentado sus descargos, corresponde emitir la resolucion en el presente procedimiento administrativo; Que, el Articulo 3º del Reglamento para la Proteccion Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-93-EM senala que las personas naturales y juridicas que desarrollen actividades de exploracion y explotacion dentro del territorio nacional son responsables por las emisiones, vertimientos y disposiciones de desechos al ambiente que se produzcan como resultado de los procesos efectuados en sus instalaciones; Que, el Numeral 2.3 del Anexo IV de la Resolucion Ministerial Nº 176-99-EM/SG, que aprueba la Escala de Multas y Sanciones que aplicara el OSINERG por infracciones a las Leyes de Concesiones Electricas y Organica de Hidrocarburos y demas normas complementarias, establece la imposicion de una multa de 1 a 1000 UIT por infracciones por derrames u otros danos al medio ambiente; Que, es funcion principal del OSINERG la fiscalizacion de actividades que realizan las empresas de los subsectores de electricidad e hidrocarburos, tal como se senala en la Ley Nº 26734, haciendo cumplir las normas legales vigentes; De conformidad con el Articulo 13º literal c) de la Ley Nº 26734, Ley de Creacion del OSINERG y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-97-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar a la empresa PLUSPETROL PERU CORPORATION, Sucursal del Peru, con una multa de seiscientas (600) UIT, vigente a la fecha de pago, por el derrame de aproximadamente 5,500 barriles de crudo, ocurrido el dia 3 de octubre del 2000 en el cauce del rio Maranon. Articulo 2º.- Disponer que el importe de la multa sea depositado en la cuenta corriente Nº 3967417 del Banco Wiese, dentro de un plazo MORDAZA de treinta dias calendario, contados a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion y que en el mismo plazo se haga llegar a OSINERG el original de la boleta de pago de la multa correspondiente haciendose pasible a las acciones legales pertinentes en caso de incumplimiento. Registrese y comuniquese. MORDAZA ESLAVA MORDAZA Gerente General 11972

Articulo Unico.- PUBLIQUESE, en el Diario Oficial El Peruano, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de setiembre del 2000, de acuerdo a la relacion adjunta que forma parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los Articulos 125º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 25º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARTIEDA Jefe Institucional 11920

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican ordenanzas que regulan el parqueo vehicular en el distrito de Pueblo Libre
ACUERDO DE CONCEJO Nº 168 MORDAZA, 4 de setiembre de 2000 EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Vista en Sesion de Concejo de la fecha, la solicitud formulada por la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, mediante oficios Nº 88-2000-MPL/SG y Nº 211-2000-MPL/OSGC para la ratificacion de la Ordenanza Nº 10-99-MPL y su modificatoria Nº 30-MPL, que regula el Parqueo Vehicular para el Ejercicio 2000 en su jurisdiccion; De acuerdo con la opinion favorable del Servicio de Administracion Tributaria (SAT) emitida mediante Informe Nº 0002212000-SAT/04 y Oficio Nº 0086-00-SAT/02 de la Jefatura del SAT; lo opinado por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 076-2000-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo y Ordenanza Nº 211; ACORDO: RATIFICAR la Ordenanza Nº 10-99-MPL, de fecha 28 de octubre de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de noviembre de 1999 y su modificatoria Nº 30-MPL, de fecha 13 de MORDAZA de 2000, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de MORDAZA de 2000, de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, que regulan el Parqueo Vehicular para el Ejercicio 2000 en su jurisdiccion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 11979

RPM
Disponen publicar relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de setiembre del ano 2000
RESOLUCION JEFATURAL Nº 03983-2000-RPM/J MORDAZA, 13 de octubre del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Registro Publico de Mineria publicara mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visacion de la Directora General (e) de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y el Articulo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM;

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban el Reglamento de Publicidad Exterior en el distrito
ORDENANZA Nº 025 Lince, 13 de setiembre de 2000 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE

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