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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (22/10/2000)

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Pág. 194264 NORMAS LEGALES Lima, domingo 22 de octubre de 2000 f) Resolución de Gerencia General Nº 373-2000, de fecha 21 de setiembre del 2000, de SERPAR LIMA, mediante el que se aprueba la valorización del área correspondiente al Aporte del SERPAR, el mismo que fuera cancelado con recibo Nº 32912 de fecha 21 de setiembre del 2000. g) Expediente Nº 35834 de fecha 21 de setiembre, del Ministerio de Educación, mediante el que adjunta el recibo de pago Nº 055830. h) Los recurrentes han acreditado la cancelación de los Derechos Administrativos señalados en el Artículo II- XXI-5 del Reglamento Nacional de Construcciones. Estando al Informe Nº 055-00-MDLV-DIU-DOP, de fecha 22 de setiembre del 2000, de la División de Obras Privadas de la Dirección de Desarrollo Urbano; y, De conformidad con la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853 y la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 022-97-MTC. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Recepción de Obras de Habilitación Urbana de Tipo Progresivo de acuerdo al plano signado con el Nº 007-MDLV-DDU-DOP, dejando diferido las Obras de pavimentación y ornamentación de parque para ser ejecutado por los adjudicatarios de los lotes, para el Uso de Comercio Local "C-2" y para Uso Residencial de Alta Densidad "R-5", al terreno de DOCE MIL CIENTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS CON TREINTINUEVE DECIMETROS CUADRADOS (12,125.39 m2), constituido por parte del fundo La Pólvo- ra ubicado con frente a la Av. Aviación, en el distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima; y en consecuencia autorízase la libre adjudicación de los lotes que lo constituyen. Artículo Segundo.- Del área total del terreno de 12,125.39 m2, que se recepcionan en el artículo anterior, corresponden al área útil 7,502.74 m2, área de vías 3,862.65 m2, y área de Recreación Pública 760.00 m2, de acuerdo al siguiente detalle: MANZANA Nº LOTES NUMERACION AREA A 06 1A, 1B, 1C, 2A, 2B, 2C 856.00 m2 B 13 1A, 1B, 1C, 2A, 2B, 2C, 3A, 3B, 3C, 4A, 4B1, 4B2, 4C 1,765.01 m2 C 09 1A, 1B1, 1B2, 1C, 1D, 2A, 2B, 2C, 2DA 1,190.25 m2 D 13 1A, 1B, 1C, 1D, 2A, 2B, 2C, 2D, 3A, 3B, 3C, 3D, 4A 2,066.33 m2 E 07 1A, 1B, 2A, 2B, 2C, 2D, 3A 1,117.85 m2 F 01 1 507.30 m2 TOTAL 49 7,502.74 m2 El área de Otros Fines de 120.00 m2, se ubica en el lote Nº 4A de la manzana "D". El área de Recreación Pública se ubica en el Parque Nº 01. Artículo Tercero.- La presente Habilitación Urba- na que se recepciona, no modifica los planes urbanos aprobados por la Municipalidad Metropolitana de Lima, por lo que no es necesario la ratificación por la Municipa- lidad Provincial de acuerdo a lo estipulado en la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878. Artículo Cuarto.- TRANSCRÍBASE la presente Resolución al Diario Oficial El Peruano, la misma que estará a cargo de los interesados en un plazo máximo de 30 días, que correrá a partir de la expedición de la presente Resolución. Artículo Quinto.- TRANSCRÍBASE a los Registros Públicos para la inscripción correspondiente, a la Muni- cipalidad Metropolitana de Lima y a la Dirección de Desarrollo Urbano de esta corporación para su conoci- miento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BONIFAZ CARMONA Alcalde 12122MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Prorrogan vigencia de diversos benefi- cios tributarios otorgados mediante la Ordenanza Nº 20-2000/CDLO ORDENANZA Nº 022-2000/CDLO Los Olivos, 17 de octubre del 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta, y POR UNANIMIDAD, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 022-2000/CDLO QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE BENEFICIOS CONTENIDOS EN LA ORDENANZA Nº 020-2000/CDLO Artículo Primero.- PRORROGAR, desde el 17 de octubre hasta el 30 de noviembre del presente año, la vigencia de los beneficios tributarios contenidos en la Ordenanza Nº 20-2000/CDLO. Artículo Segundo.- El BENEFICIO de Condona- ción prorrogado en el artículo precedente, incluye todas aquellas obligaciones tributarias que hayan sido mate- ria de fraccionamiento, previa deducción del interés moratorio y de ser el caso el factor de ajuste de aquellas cuotas pendientes de cancelación. Artículo Tercero.- Están exceptuados de los alcan- ces del presente beneficio, aquellos contribuyentes cuyos predios hayan sido materia de proceso de fiscalización, cuya determinación de deudas esté consentida total o parcialmente y pendiente de pago. Artículo Cuarto.- PRECISAR que aquellos valores tributarios que a la vigencia de la presente Ordenanza sean materia de reclamación, podrán acogerse al presen- te beneficio en cualquier estado del proceso, previa presentación de la solicitud de desistimiento. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Dirección de Rentas, el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y a la Unidad de Imagen Institucio- nal la difusión de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 12125 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban proyecto de zonificación que reglamenta servicio de trans- porte en vehículos menores y el cro- nograma de actividades a fin de ob- tener autorizaciones para prestar este servicio DECRETO DE ALCALDÍA Nº 017 San Juan de Lurigancho, 15 de octubre de 1999