TEXTO PAGINA: 16
Pág. 194266 NORMAS LEGALES Lima, domingo 22 de octubre de 2000 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO Sancionan con destitución e inhabi - litación a ex alcalde de la municipali- dad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 352-00-A/MPS Satipo, 13 de octubre de 2000 Visto el Informe Nº 002-00-CEPA/MPS, con Registro de Mesa de Partes Nº 5032 de fecha 9 de octubre de 2000, referente al Informe Final del Proceso Administrativo seguido a don Celso Arturo Duran Panez, ex Alcalde de la Municipalidad Provincial de Satipo; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 03-98-JAU la Sociedad Auditora Jara Alva y Urquiza, realizó un Examen Espe- cial, concluyendo en sus recomendaciones con la existen- cia de responsabilidad administrativa al ex Alcalde Cel- so Arturo Duran Panez; Que, por Resolución de Alcaldía Nº 305-00-A/MPS de fecha 11 de septiembre de 2000, se instauró Proceso Administrativo Disciplinario al ex Alcalde CELSO ARTURO DURAND PANEZ, por las causales de in- cumplimiento de obligaciones que impone la Función Pública prevista en el Art. 21º Inc. "b" del Decreto Legislativo Nº 276º, hechos que configuran faltas de carácter disciplinario, la negligencia en el desempeño de las funciones contempladas en el Art. 28º numeral "d" de la acotada disposición. Asimismo al haber trans- gredido el Art. 39º, Art. 47º, numerales 9, 10, Art. 36º numeral 4 de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, habiendo vencido en exceso el término para la presentación de los descargos de Ley y no habiendo ejercido el procesado su derecho de defensa al no haber formulado descargo alguno. La Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios mediante el documentos referido en el exordio de la presente Resolu- ción emite Dictamen Final respecto del proceso en mate- ria; Que, no habiendo desvirtuado los hechos que dan lugar al proceso, se encuentra plenamente acreditado, las Observaciones Nºs. 01, 02, 04, 05, 06, 07 y 10 señaladas en el Informe Nº 03-98-JAU practicado por la Sociedad de Auditoría Jara Alva y Urquiza, en la que se determina responsabilidad administrativa al ex Alcalde Celso Arturo Durand Panez por no salva- guardar los fondos de la Municipalidad inobservando lo dispuesto en el inciso b) del Art. 21º del D. Leg. Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa. Asi- mismo, por no haber cumplido con el Art. 47º, numeral 9 y 10 de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipa- lidades, que señala como obligación defender y caute- lar los derechos e intereses municipales. Del mismo modo, por haber remitido los Estados Financieros a la Contaduría Pública de la Nación y por haber remitido el Presupuesto de 1998 a las instancias correspondien- tes, sin la debida aprobación del Concejo Municipal. Finalmente, le asiste responsabilidad administrativa por no haber convocado a sesiones de Concejo Munici- pal para que se aprueben los términos de la transfe- rencia de la administración de los servicios de agua potable y alcantarillado, incumpliendo el Art. 47º, numeral 1, de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, en tal sentido dado que a la fecha se mantienen vigentes las observaciones efectuadas mediante el Infor- me Nº 03-98-JAU por la Sociedad de Auditoría Jara Alva y Urquiza, con el consiguiente perjuicio para la Entidad, la Comisión Especial de Procesos Administrativos porunanimidad, recomienda se aplique la sanción de desti- tución al ex Alcalde Celso Arturo Duran Panez; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 47º numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades y en ejercicio de la prerrogativa establecida en el Art. 170º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Admi- nistrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y, Con la opinión favorable de Asesoría Legal de la Municipalidad Provincial de Satipo; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Imponer sanción de DESTI- TUCIÓN, al ex Alcalde Provincial CELSO ARTURO DURAN PANEZ y la INHABILITACIÓN para ejercer la Función Pública por un período de cinco (5) años a partir de la fecha. Artículo Segundo.- Disponer la publicación en el Diario Oficial El Peruano, comunicar a la Contraloría General de la República y Presidencia del Consejo de Ministros y demás entidades competentes. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a la Dirección Municipal, Dirección de Administración, Asesoría Legal y la Unidad de Perso- nal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROGGER ANIBAL HUARI ORDOÑEZ Alcalde 12126 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del "Acuerdo para Establecer el Instituto Internacional de la Vacuna" y la "Constitución del Insti- tuto Internacional de la Vacuna" CONVENIOS INTERNACIONALES De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores me- diante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/45, comunica que el citado instrumento internacional, ratificado por Decreto Supremo Nº 021-2000-RE de 2 de junio del año 2000 y publicado en el Diario Oficial El Peruano el 5 de junio de 2000, entró en vigencia a partir del 5 de julio del año 2000 . 12121 Entrada en vigencia del Convenio de Cooperación y Ayuda Mutua en la Es- fera de Prevención y Mitigación de Situaciones de Emergencia, suscrito con el Gobierno de la Federación de Rusia CONVENIOS INTERNACIONALES De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores me- diante Oficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/44, comunica que el referido convenio, suscrito en la ciudad de Lima el 3 de julio del año 2000, ratificado por Decreto Supremo Nº 030- 2000-RE del 21 de setiembre del año 2000 y publicado en el Diario Oficial El Peruano al igual que el texto, el 22 de setiembre del año 2000, entró en vigencia para ambas partes, el 22 de setiembre del año 2000 . 12118