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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (26/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 194354 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de octubre de 2000 ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PUBLICOS DEL DISTRITO DEL RIMAC Artículo 1º.- Definición a) Predios: Entiéndase por predios a toda vivienda, o unidad habitacional, local, oficina o terreno. b) Kioscos, Módulos y similares: Son pequeñas cons- trucciones desmontables que cuentan provisionalmente con autorización municipal. c) Mercados, Centros de Abastos y campos feriales: Loca- les destinados al abastecimiento de productos perecibles y no perecibles para la población rimense. d) Comerciante informal: Es aquel que ejerce el comercio ambulatorio en zonas autorizadas por la municipalidad en tanto se culmina el proceso de ordenamiento de dicho comercio. Artículo 4º.- Periodicidad Los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo son de periodicidad mensual. La Muni- cipalidad Distrital del Rímac emitirá dichos arbitrios por períodos trimestrales. Para el caso de comerciantes informales, kioscos, módulos y similares, la periodicidad del cobro será diaria. Artículo 5º.- Adicionar el inciso d) a dicho Artículo 5º de la Ordenanza Nº 005-MDR, ITEM CRITERIO SOCIAL, el cual quedará redactado de la siguiente manera: d) El comercio informal, que por su propia actividad no es permanente. Artículo 7º.- Sujetos Pasivos Son sujetos pasivos en calidad de contribuyentes: a) Los propietarios de predios ubicados en la jurisdicción del distrito del Rímac. b) Los conductores de kioscos, módulos y similares. c) El representante legal de la asociación, Secretario General, o el Presidente de la junta directiva, según sea el caso, de los mercados, centros de abastos y campos feriales. d) La persona que ejerce el comercio informal en zonas autorizadas por la Municipalidad. Artículo 9º.- Dejar sin efecto el presente Artículo 9º de la Ordenanza Nº 005-MDR. Artículo 10º.- Suprimir el último párrafo del presente Artículo 10º de la Ordenanza Nº 005-MDR, referente al pago mensual por Tm3 de residuos sólidos generados por los mercados y centros de abastos, quedando precisado en el Art. 18º de la presente Ordenanza. Artículo 11º.- Del nacimiento de la obligación tributaria Los arbitrios se devengan al mes siguiente de efectuada la transferencia de dominio del predio. Así mismo cualquier modificación que sufra el predio en valúo o uso, afectará al propietario a partir del mes siguiente de producido el hecho generador. Artículo 13º.- Aclarar, el contenido del presente Artículo 13º de la Ordenanza Nº 005-MDR estableciendo que la exone- ración de arbitrios a los pensionistas, al que se alude en dicho artículo comprende Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo. Artículo 18º.- Adicionar el presente artículo a la Orde- nanza Nº 005-MDR, quedando redactado de la siguiente manera: De los Mercados, Centros de Abastos y Campos Feriales Los mercados, centros de abastos y campos feriales, abo- narán mensualmente la suma de Cincuenta y Tres Nuevos Soles (S/. 53.00) por Tm3 de residuos sólidos que generen. Dicha tasa se fija de acuerdo a la estructura de costos que se detalla en el anexo correspondiente y que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 19º.- Adicionar el presente artículo a la Orde- nanza Nº 005-MDR, quedando redactado de la siguiente manera: Indicar, que el número de contribuyentes en el distrito del Rímac ascienden a 37,150 de acuerdo al cual se ha determi- nado los siguientes costos por el servicio que se presta a los vecinos del distrito por concepto de Limpieza Pública, Par- ques y Jardines y Serenazgo. CONSOLIDADO DEL PRESUPUESTO POR PARTIDAS PARQUES Y JARDINES DESCRIPCION MONTO PARTICIPACION 1UTILES DE OFICINA Y ADMINISTRACION 3,065.00 0.27% 2COSTO INSTITUCIONAL 15,600.00 1.36% 3INSUMOS PARA EL SUELO Y RIEGO 232,720.00 20.25%DESCRIPCION MONTO PARTICIPACION 4NUTRIENTES FOLIARES 4,708.00 0.41% 5PESTICIDAS 8,607.00 0.75% 6SEMILLAS 41,065.00 3.57% 7HERRAMIENTAS 22,999.00 2.00% 8MATERIALES 24,720.00 2.15% 9MANTENIMIENTO Y REPARACIONES 51,175.00 4.45% 10BIENES DE CAPITAL 37,700.00 3.28% 11PERSONAL 593,520.00 51.65% 12COMBUSTIBLES 113,130.00 9.85% TOTALES 1,149,009.00 100% CONSOLIDADO DEL PRESUPUESTO POR PARTIDA DE LA DIVISION DE SEGURIDAD CIUDADANA DESCRIPCION MONTO PARTICIPACION 1UTILES DE OFICINA Y ADMINISTRACION 2,429.60 0.27% 2MATERIALES DE LIMPIEZA 1,156.45 0.13% 3COSTO INSTITUCIONAL 4,200.00 0.47% 4VESTUARIOS Y EQUIPOS DE PROTECCION 54,503.40 6.10% 5BIENES DE CAPITAL 15,760.00 1.76% 6REPARACION Y MANTENIMIENTO 14,460.00 1.62% 7COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 63,338.00 7.09% 8PERSONAL 738,000.00 82.56% TOTALES 893,847.45 100% CONSOLIDADO DEL PRESUPUESTO POR PARTIDAS DIVISION DE TRANSPORTE Y LIMPIEZA DESCRIPCION MONTO PARTICIPACION (01) GESTION ADMINISTRATIVA 2,325.00 0.07% (02) EQUIPOS Y MATERIALES DE CONSUMO 102,531.00 3.22% (03) BIENES DE CAPITAL 8,500.00 0.27% (04) SERVICIOS DE TERCEROS 980,314.00 30.76% (05) COMBUSTIBLES 651,300.00 20.44% (06) OTROS SERVICIOS 156,000.00 4.90% (07) PLANILLA DE PERSONAL 1,285,940.00 40.35% 3,186,910.00 100% Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 12241 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Aprueban el Reglamento de Aplica- ción de Multas y Sanciones de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 080-2000/MDS Surquillo, 17 de octubre del 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SURQUILLO Visto, el Proyecto de Ordenanza presentado por el Despa- cho de Alcaldía en la Sesión Ordinaria de la fecha, mediante la cual se aprueba el Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones de la Municipalidad de Surquillo; En uso de las facultades conferidas por el inciso 3) del Artículo 36º y estando a lo previsto en el Capítulo II del Título VI de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades, CON APROBACION DE LA MAYORIA LEGAL DE MIEMBROS DEL CONCEJO, CON SIETE (7) VOTOS A FAVOR (Sierra Ortiz, Cussianovich Montoya, Barrionuevo Olazábal, Huamaní Gonzales, Zamora Torres, Espino Alarcón y Vargas Alvarado) Y DOS (2) VOTOS EN CONTRA (Kunckel Saamer, Valdivieso Payva); y, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta; ACUERDA: APROBAR EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS Y SANCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DIS- TRITAL DE SURQUILLO, el mismo que consta de cuarenta y nueve (49) artículos, tres (3) Disposiciones Especiales y cuatro (4) Disposiciones Transitorias y Finales. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUIDO CASASSA BACIGALUPO Alcalde 12238