Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2000 (26/10/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 26 de octubre de 2000

NORMAS LEGALES

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Primero.- APROBAR el Reglamento para el Registro de Auditores de Sistemas de Gestion de Calidad y de Gestion Ambiental Segundo.- APROBAR los Formatos aplicables a la MORDAZA de solicitudes de registro, renovacion y evaluacion de desempeno Tercero.- DEROGAR la Guia Peruana 012:1997 y el Reglamento para la Acreditacion y Registro Nacional de Auditores de Sistemas de Calidad aprobados mediante Resolucion Nº 005-97/INDECOPI-CRT asi como el Procedimiento para la Evaluacion y Calificacion de Auditores de Sistemas de Calidad aprobado mediante Resolucion Nº 041-97/INDECOPI-CRT. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales REGLAMENTO PARA EL REGISTRO DE AUDITORES DE SISTEMAS DE GESTION DE CALIDAD Y SISTEMAS DE GESTION AMBIENTAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Objeto y Finalidad Articulo 1º.- El presente Reglamento establece los requisitos y el procedimiento para la calificacion y registro de auditores de sistemas de gestion de calidad y sistemas de gestion ambiental por parte de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales del INDECOPI, asi como los derechos y obligaciones de los auditores registrados. El Reglamento tiene por finalidad proveer al MORDAZA de servicios calificados de auditoria de sistemas de gestion, que puedan ser empleados por las empresas que implementen dichos sistemas o requieran de auditorias de seguimiento a los mismos. Caracter Transitorio del Reglamento Articulo 2º.- El regimen de calificacion y registro de auditores a cargo de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales del INDECOPI es de caracter transitorio, en tanto no existan Organismos de Certificacion de Personal acreditados que asuman dichas funciones. Naturaleza del Registro Articulo 3º.- El registro de auditores reconoce la competencia en materia de evaluacion de sistemas de gestion para la prestacion de servicios de auditoria calificados por el INDECOPI. El registro es voluntario. Alcance del Registro Articulo 4º.- Las actividades economicas que constituyen el alcance del registro a cargo de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales del INDECOPI son las senaladas en el Anexo I. El registro de auditores se otorga en funcion a las areas de actividad detalladas en la solicitud y en las que se ha demostrado competencia. CAPITULO II DEFINICIONES Definiciones Articulo 5º.- Para los efectos del presente Reglamento son de aplicacion las siguientes definiciones: a) auditores.- Personas que lleva a cabo una auditoria. Dependiendo del MORDAZA de responsabilidades y experiencia puede utilizarse el calificativo de Auditor Lider o Auditor b) Comision.- Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales c) Equipo auditor.- Grupo compuesto por un Auditor Lider, responsable de la auditoria que puede incluir uno o varios auditores acompanantes o expertos tecnicos que permiten reunir toda la competencia necesaria para realizar una determinada auditoria. d) Postulante.- Persona natural que solicita el registro, renovacion o reconocimiento como auditor en sistemas de gestion. e) Sistemas de gestion.- Se entiende por sistemas de gestion tanto a sistemas de gestion de calidad como a sistemas de gestion ambiental. CAPITULO III SISTEMAS DE GESTION AUDITABLES

Clases de sistemas de gestion Articulo 6º.- La calificacion y el registro de auditores materia del presente Reglamento se otorga para la ejecucion de auditorias de los sistemas de gestion siguientes: a) Sistemas de gestion de calidad basados en Normas de la serie ISO 9000 certificables, o b) Sistemas de gestion ambiental basados en Normas de la serie ISO 14000 certificables. La calificacion y registro en cada caso se tramitara en procedimientos administrativos independientes. CAPITULO IV CATEGORIAS DE AUDITORES Categorias de auditores Articulo 7º.- El regimen de calificacion y registro de auditores comprende las siguientes categorias: a) Auditor b) Auditor Lider Registro de Auditor Articulo 8º.- El registro en la categoria de Auditor reconoce la formacion, el conocimiento y la competencia para la realizacion de auditorias en sistemas de gestion. En merito a ello, este registro faculta a la prestacion de servicios de auditoria calificados. Registro de Auditor Lider Articulo 9º.- El registro en la categoria de Auditor Lider reconoce la formacion, el conocimiento y la competencia para la realizacion de auditorias en sistemas de gestion asi como en la conduccion de equipos de auditoria. Esta categoria es la calificacion MORDAZA que puede alcanzar un profesional en materia de auditorias de sistemas de gestion. CAPITULO V REQUISITOS PARA EL REGISTRO Requisitos de Formacion Profesional Articulo 10º.- El postulante al registro debe contar con un titulo universitario, o grado universitario de bachiller, o titulo otorgado por un Instituto Tecnologico Superior. En caso de estudios cursados en el extranjero, estos deben ser equivalentes a los MORDAZA o titulos MORDAZA citados. La Secretaria Tecnica podra solicitar copias o traducciones de dichos documentos de ser necesario. Requisitos de Experiencia laboral Articulo 11º.- El postulante al registro debe contar con cuatro anos de experiencia laboral, dos de dichos anos en actividades de aseguramiento de la calidad. Asimismo, el postulante debe contar por cada area de actividad para la que solicita el registro, con dos anos de experiencia laboral en actividades especificas o asociadas a dichas areas de actividad. Requisitos de Capacitacion sobre sistemas de gestion: Cursos aprobados Articulo 12º.- El postulante al registro debe haber aprobado un curso de entrenamiento sobre la serie de las normas ISO 9000 o ISO 14000, dependiendo del sistema de gestion al que postule, y un curso de entrenamiento en auditorias de sistemas de gestion; o haber aprobado un curso de entrenamiento para Auditores Lideres. Duracion de cursos que califican para el registro Articulo 13º.- Los cursos senalados en el Articulo anterior deben ser de aptitud reconocida y comprender una duracion minima de 40 horas. Auditores: Requisitos de experiencia en auditorias de sistemas de gestion Articulo 14º.- Los postulantes al Registro de Auditores deben haberse desempenado como tales en cuatro auditorias - con un total de veinte dias como minimo - bajo la supervision de Auditores Lideres conforme a la Tercera Disposicion Final. La supervision de todas las auditorias no debe haber sido realizada por un mismo Auditor Lider. Dos de las auditorias efectuadas deben tener por objeto la evaluacion de la implementacion de las normas ISO 9000 o ISO 14000, dependiendo del sistema de gestion al que postule. Las auditorias restantes pueden tener por objeto la evaluacion de otro MORDAZA de sistemas de calidad tales como los contenidos en las Guias ISO/IEC 65, 25, 62, entre otros. Auditores Lideres: Requisitos de experiencia en auditorias de sistemas de gestion

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