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Pág. 194338 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de octubre de 2000 Artículo Quinto.- DESIGNAR como Juez Suplente del Segundo Juzgado de Paz Letrado del MBJ de Los Olivos al señor doctor JAVIER DONATO VENTURA LOPEZ. CAPÍTULO II DE LA DESIGNACION DE PERSONAL AUXILIAR Artículo Sexto.- REASIGNESE al siguiente personal auxiliar y administrativo de esta Corte Superior a los siguien- tes cargos dentro del MBJ de Los Olivos, el mismo que está indicado en el anexo I que es parte integrante de la presente resolución. CAPÍTULO III DE LA DISTRIBUCION DE LA CARGA PROCESAL INGRESANTE AL MBJ DE LOS OLIVOS MATERIA PENAL Artículo Sétimo.- DISPONER tal como está establecido en el Artículo Segundo de la Resolución Administrativa Nº 1301-CME-PJ los dos juzgados asumirán la carga provenien- te de los Juzgados Penales de Reos Libres de la sede, enten- diéndose que sólo los expedientes correspondientes a la circunscripción territorial de Los Olivos. Asimismo se dispo- ne que el Primer Juzgado Penal asumirá aquellos expedien- tes que tengan numeración impar, y el Segundo Juzgado asumirá aquellos que tienen numeración par. MATERIA CIVIL, FAMILIA Y LABORAL Artículo Octavo.- DISPONER conforme a lo dispuesto en el Artículo Segundo de la Resolución Administrativa Nº 1301-CME-PJ la carga proveniente de los Juzgados Especia- lizados en lo Civil, de Familia y Laboral cuya procedencia sea del distrito de Los Olivos, serán asumidos por el Juzgado Mixto del MBJ de Los Olivos. Artículo Noveno.- PRECISAR que dada la alta carga procesal del Quinto Juzgado Especializado en Familia, que conoce las causas de la Subespecialidad - Procesos Tutelares (procesos de abandono e infractores), y que alcanza a mil ochocientos catorce procesos a su cargo según informe de estadísticas al mes de setiembre del presente año - continua- rá pro tempore con su propia carga y dicho Juzgado manten- drá la competencia por dichas materias en toda la circuns- cripción del Cono Norte, con excepción de la provincia de Canta. DE LOS JUZGADOS DE PAZ LETRADO Artículo Décimo.- DISPONE conforme lo establecido en la Resolución Administrativa Nº 1301-CME-PJ los Juzgados de Paz del MBJ de Los Olivos asumirán competencia sobre todos los procesos que reciba de los Juzgados de Paz no incorporados en el MBJ quienes le remitirán las causas cuya procedencia corresponda al distrito de Los Olivos, presentado desde el primero de enero del dos mil. CAPÍTULO IV DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Artículo Décimo Primer.- Las disposiciones expuestas en la presente resolución entrarán en vigencia a partir del dieciséis de los corrientes. Artículo Décimo Segundo.- Nombrar como Jueza Coor- dinadora del MBJ de Los Olivos a la señora doctora MARIA ELIZABETH CHUMBIAUCA CAMACHO, por el período de un año, siendo rotativa dicha designación entre los demás Magistrados Especializados. Artículo Décimo Tercero.- Al ingresar las causas a la Mesa de Partes del Centro de Distribución del MBJ reciben un número de ingreso, en base al cual se asignarán para el caso de los Juzgados Penales y de Paz Letrados los procesos que terminan en número impar serán remitidos al primer Juzgado Penal o de Paz Letrado según sea el caso y los que tomen un número par al segundo Juzgado Penal o de Paz Letrado. Artículo Décimo Cuarto.- COMUNICAR la presente resolución administrativa a la copia de la presente resolución a la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, Secretaría Ejecu- tiva de la misma, Fiscalía Superior encargada de la Gestión de Gobierno del Ministerio Público, Salas y Juzgados Pena- les, Mesa de Partes Única de los Juzgados Penales, Oficina Distrital de Control de la Magistratura y Administración Distrital.Comuníquese, publíquese y cúmplase. LORENZO MONTAÑEZ GONZALES Vocal Superior Encargado del Despacho Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima 12223 ANR - CONAFU Declaran admitidas a trámite solicitu- des para lograr la autorización provi- sional de funcionamiento de universi- dades ubicadas en Cañete y Lima, bajo el régimen del D. Leg. Nº 882 CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 122-2000-CONAFU Lima, 23 de octubre del 2000. VISTOS; el Expediente Administrativo Nº 35195 del 25 de octubre de 1999, del Presidente del Directorio de la Universi- dad SERGIO BERNALES S.A.; el Informe de la Vocalía de Asuntos Académico Profesionales, del 8 de noviembre de 1999; la Resolución Nº 667-99- CONAFU del 30 de noviembre de 1999; el Expediente Administrativo Nº 36156 del 20 de diciembre de 1999, del Presidente del Directorio de la Univer- sidad Privada SERGIO BERNALES S.A.; el Expediente Administrativo Nº 36171 del 22 de diciembre de 1999, del Presidente del Directorio de la Universidad SERGIO BER- NALES S.A; el Informe del Presidente de la Comisión de Evaluación, del 27 de diciembre de 1999;el Informe Nº 33- 2000-CONAFU- CJP, del 5 de enero del 2000; el Informe del 15 de febrero del 2000, de la Comisión de Análisis y Consoli- dación; el Memorándum Nº 5-2000-CONAFU-CEAA, del Con- sejero de Evaluación y Asuntos Académicos; el Oficio Nº 75- 2000-CONAFU-P del 15 de mayo del 2000; el Expediente Administrativo Nº 38924 del 26 de junio del 2000, del Presi- dente del Directorio de la Universidad Privada SERGIO BERNALES S.A.; el Expediente Administrativo Nº 41776 del 26 de setiembre del 2000, del Presidente de la Universidad Privada SERGIO BERNALES S.A.; el Informe Legal Nº 76- 2000-CONAFU-AL, del 13 de octubre del 2000; y, el Acuerdo Nº 161-2000, del 19 de octubre del 2000; y, CONSIDERANDO: Que, con documento de Vistos, el Presidente del Directo- rio de la Universidad SERGIO BERNALES S.A. de la ciudad de Cañete, solicita el otorgamiento de la Autorización Provi- sional de Funcionamiento, dentro de los alcances del Decreto Legislativo Nº 882, para lo cual remitió el acervo documenta- rio, que se especifica en la GUIA PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS INSTITUCIONALES DE NUEVAS UNIVERSIDADES; Que, para los efectos de evaluar el Proyecto presentado, se designó, por Resolución Nº 667-99-CONAFU del 30 de no- viembre de 1999, a los integrantes de la Comisión de Evalua- ción, quienes recomiendan la revisión del proyecto de Regla- mento y concluyen que la UNIVERSIDAD SERGIO BERNA- LES S.A., está en condiciones suficientes para iniciar sus actividades, con éxito; Que, con documento de Vistos, la Comisión Jurídica Permanente, tal como lo dispone la Resolución Nº 657-99- CONAFU, modificada por la Resolución Nº 94-2000-CONA- FU, recomienda una necesaria, puntual y prolija revisión del Reglamento, en el que queden fijados, de acuerdo al Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 882, la participación de la comunidad universitaria en la vida institucional de la Universidad; así mismo, recomienda la presentación de la minuta de la escritura pública respectiva y solicita, que la Promotora complete la documentación exigida por la Resolu- ción Nº 657-99-CONAFU, modificada por la Resolución Nº 94- 2000-CONAFU; Que, la Comisión de Análisis y Consolidación, luego de recibir el acervo documentario tal como lo disponen las normas reglamentarias aprobadas previamente, concluye, en documento de Vistos del 15 de febrero del 2000, que el