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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (01/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 30

Pág. 200776 NORMAS LEGALES Lima, domingo 1 de abril de 2001 Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la participación de representantes del Ministerio de Indus- tria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales; De conformidad con la Ley Nº 27427, Decretos Supre- mos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF y Nº 135-90-PCM y con Resoluciones Ministeriales Nº 009-96- ITINCI/DM, Nº 052-2001-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, del 1 al 8 de abril del 2001 de los señores Alfredo Ferrero Diez Canseco, Viceministro de Integración y Negociacio- nes Comerciales Internacionales y del 31 de marzo al 8 de abril del 2001 del señor Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración, señora Victoria Elmore Vega, Directora Nacio- nal de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales y de la señorita Liliana Honorio Malásquez, para que en representación del Ministerio, asistan y participen en las reuniones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al si- guiente detalle: SR. ALFREDO FERRERO DIEZ CANSECO Pasajes US$ 609.52 Viáticos US$ 1,400.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 SR. EDUARDO BRANDES SALAZAR Pasajes US$ 609.52 Viáticos US$ 1,600.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 SRA. VICTORIA ELMORE VEGA Pasajes US$ 609.52 Viáticos US$ 1,600.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 SRTA. LILIANA HONORIO MALASQUEZ Pasajes US$ 609.52 Viáticos US$ 1,600.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción Encargado de la Cartera de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 21160 P R E S Crean Comisión Multisectorial encar- gada de coordinar, evaluar y recomen- dar medidas para el desarrollo del departamento de San Martín DECRETO SUPREMO Nº 008-2001-PRES CREASE COMISION MULTISECTORIAL PARA RECOMENDAR MEDIDAS EN EL DEPARTAMENTO DE SAN MARTIN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el Artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 030-98 establece que las Direcciones Regionales y Subregionales de Educación; Salud; Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción; Trabajo y Promoción Social; Ener- gía y Minas; Pesquería; Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, se encuen- tran comprendidas en el ámbito de los Consejos Transito- rios de Administración Regional; Que, el Artículo 30º del Reglamento de Organización y Funciones de los Consejos Transitorios de Administración Regional, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, determina que las Direcciones Regionales Sectoriales, se constituyen como órganos desconcentrados de los CTARs, y son responsables de ejecutar, orientar, supervisar y evaluar las acciones que en materia sectorial les corres- ponde asumir de acuerdo a ley; Que, la dación de las Resoluciones Ejecutivas Regionales Nºs. 241-2000-CTAR-SM/PE y 0115-2001- CTAR-SM/PE, ha originado diversas solicitudes de re- visión de sus alcances de parte de habitantes de las localidades de Moyobamba y Tarapoto, así como de diversas organizaciones de base y civiles del departa- mento de San Martín; Que, el 22 de marzo de 2001, se llevó a cabo en el Ministerio de la Presidencia una reunión de coordinación de las autoridades y representantes de las localidades de Moyobamba y Tarapoto, conviniéndose en que se confor- mara una Comisión Multisectorial integrada por autori- dades y representantes de las organizaciones civiles y de base de las provincias del departamento de San Martín, a fin de unificar criterios y lograr consensualmente la toma de medidas conducentes a dar solución integral a la situación existente; Que, igualmente, es importante que la citada Comi- sión Multisectorial proponga medidas encaminadas a lograr el adecuado desarrollo del departamento de San Martín, para lo cual podrá contar con el apoyo y asesora- miento de los profesionales y técnicos que requiera; Que, el trabajo coordinado entre los diversos Sectores de la Administración Pública y los Representantes de las diferentes Organizaciones de Base y de la Sociedad Civil del departamento de San Martín, permitirá el logro de los objetivos propuestos, por lo que resulta pertinente que en tanto la citada Comisión Multisectorial concluya el Infor- me y eleve sus recomendaciones, se dicte las medidas conducentes a propiciar el clima de diálogo y paz necesario para el eficiente trabajo de la Comisión; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Resolución Ejecutiva Regional Nº 241-2000-CTAR-SM/PE Manténgase la vigencia de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 241-2000-CTAR-SM/PE de fecha 20 de no- viembre de 2000 expedida por el Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administración Regional de San Martín (CTAR - San Martín). Artículo 2º.- Comisión Multisectorial Créase la Comisión Multisectorial encargada de coor- dinar, evaluar y recomendar las medidas pertinentes para atender integralmente los aspectos comprendidos en la parte considerativa. Artículo 3º.- Conformación de la Comisión La Comisión Multisectorial estará conformada por: a) El Presidente del CTAR San Martín o su represen- tante, quien la presidirá. b) Un Representante de cada uno de los siguientes ministerios: Educación; Salud; Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción; Trabajo y Promoción Social; Energía y Minas; Pesquería; e Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales. c) Los Alcaldes de cada provincia del departamento o sus representantes. d) Un Representante de las organizaciones de base por cada una de las provincias del departamento. e) Un Representante del Comité Unitario de Lucha de Moyobamba (CULUM). f) Un Representante del Frente Cívico de Desarrollo y Defensa de San Martín (FRECIDES). Para el debido cumplimiento de sus funciones, los integrantes de la Comisión Multisectorial podrán contar