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Pág. 200825 NORMAS LEGALES Lima, martes 3 de abril de 2001 Visto el Oficio Nº 018-2001-PROMPEX/SG del Secre- tario General de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX; y, CONSIDERANDO: Que, la Comisión para la Promoción de Exportacio- nes - PROMPEX ha programado la realización de una Misión Sectorial de Ventas en el Ecuador, a realizarse en las ciudades de Guayaquil y Quito - Ecuador del 2 al 6 de abril del 2001; Que, es pertinente designar a una representante de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, para que participe en el mencionado even- to con el objeto de realizar coordinaciones de apoyo logístico y coordinación en la ejecución de las agendas de las reuniones entre las empresas exportadoras pe- ruanas participantes y los importadores del Sector Textil y Confecciones de las ciudades de Guayaquil y Quito - Ecuador; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 053-84-PCM, Decreto Supremo Nº 074-85- PCM, Decreto Supremo Nº 011-88-PCM, Decreto Supre- mo Nº 031-89-EF, Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora María Elena Alvarez Barandiarán, Gerente del Sector Textil - Confecciones de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, a las ciudades de Guaya- quil y Quito - Ecuador del 1 al 7 de abril del 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cum- plimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del Pliego 008 Comisión para la Promoción de Exportaciones, del Sector 01 Pre- sidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecu- tora 001 Comisión para la Promoción de Comercio, Función 11 Industria, Comercio y Servicio, Pro- grama 040 Comercio, Subprograma 0110 Promo- ción Externa del Comercio, de acuerdo al siguiente detalle: SRA. MARIA ELENA ALVAREZ BARANDIARAN - Viáticos :US$ 1,200.00 - Pasajes :US$ 236.82 Artículo 3º.- La Representante de PROMPEX an- tes mencionada, en el término de diez (10) días útiles, contados a partir de su retorno al país deberá elaborar un informe para la Presidencia de PROMPEX, en el cual describirá las actividades desarrolladas en el mencionado viaje. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración de impuestos o de dere- chos aduaneros de ninguna clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros 21208