Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2001 (03/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 3 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 200829

no de 1 340,75 m2, que forma parte del terreno de 3 608,63 m2, ubicado en el lote 15, manzana F-6, MORDAZA Sector de la urbanizacion "Pro", distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el Estado es propietario del inmueble de 3 608,63 m2, ubicado en el lote 15, manzana F-6, MORDAZA Sector de la urbanizacion "Pro", distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Ficha Nº 1185788 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA y registrado en el Asiento Nº 1786 del Margesi de Bienes Nacionales; Que, mediante Informes Nº 281-97/SBN-DAT, Nº 367-98/SBN-DAT y Nº 053-2001/SBN-DIN la Direccion de Ingenieria de la Superintendencia de Bienes Nacionales da cuenta de la inspeccion ocular realizada en el terreno descrito en el considerando precedente, indicando que un area de 1 340,75 m2 ha sido cercado con un MORDAZA de ladrillo corrido de 3,00 metros de altura, amarrado con columnas de concreto armado, presentando como ingreso una MORDAZA metalica de dos hojas de 4,00 metros de altura, constatandose la existencia de una fabrica de articulos de bronce, apreciando al interior equipos y maquinarias en pleno funcionamiento con operarios; Que, mediante Carta Notarial, de fecha 7 de noviembre de 1997, la Superintendencia de Bienes Nacionales requirio al senor MORDAZA MORDAZA a fin de que disponga el cese definitivo de la construccion que viene efectuando sobre el terreno descrito en el considerando precedente, sin que a la fecha MORDAZA acatado el requerimiento formulado; Que, en consecuencia es necesaria la intervencion del Procurador Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, para que defienda y cautele los intereses del Estado e inicie las acciones judiciales necesarias contra los presuntos responsables para recuperar el dominio y posesion del referido predio; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738 y Ley Nº 27395; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que en representacion del Estado inicie las acciones legales correspondientes para recuperar el predio de 1 340,75 m2, que forma parte de uno de mayor extension, ubicado en el lote 15, manzana F-6 del MORDAZA Sector de la urbanizacion "Pro", distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Ficha Nº 1185788 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, segun lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso a la citada Procuraduria Publica para los fines pertinentes. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 21195 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 109-2001-EF/10 MORDAZA, 28 de marzo del 2001 Visto el Oficio Nº 1098-2001/SBN, de fecha 12 de marzo del 2001, remitido por la Superintendencia de

Bienes Nacionales, a fin que se inicien las acciones legales tendientes a la recuperacion del predio de 1 113,25 m2 (area actual del predio), ubicado entre la MORDAZA 11 y 4, parte del lote Nº 01, manzana U de la Primera Etapa de la urbanizacion Los Vinedos de Carabayllo, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 199-83VI-5600, de fecha 13 de setiembre de 1983, se afecto en uso a favor del Ministerio de Agricultura, el terreno de 1 139,00 m2, ubicado entre la MORDAZA 11 y 4, parte del lote Nº 01, manzana U de la Primera Etapa de la urbanizacion Los Vinedos de Carabayllo, distrito de Comas, provincia y departamento de MORDAZA, para que lo destine a la construccion de MORDAZA del Pueblo, a traves del Proyecto Integrado de Comercializacion de Productos Agrarios PROCOMPRA; Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 119-2000/SBN, de fecha 29 de marzo del 2000, la Superintendencia de Bienes Nacionales declaro la reversion a favor del Estado del inmueble submateria en razon a que se encuentra en aparente estado de abandono y le resulta aplicable lo establecido por el Articulo 72º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC Reglamento de Administracion de la Propiedad Fiscal; Que, mediante Notificacion Nº 193-2000/SBN-DAD y Notificacion Nº 195-2000/SBN-DAD, se comunico a la Secretaria General del Ministerio de Agricultura y a la empresa A.M.E.S.A., respectivamente, la Resolucion Nº 119-2000/SBN, no habiendose interpuesto recurso alguno, por lo que dicha Resolucion ha quedado consentida; Que, no obstante lo resuelto por la SBN, la Junta Liquidadora de Mercados del Pueblo S.A. - MESA, se niega a devolver el inmueble que le fuera afectado en uso, argumentando que construyeron la fabrica y que esta forma parte de su patrimonio; Que, las Afectaciones en Uso son entregas de bienes inmuebles que a titulo gratuito realiza el Estado en favor de las reparticiones del Estado y de los Concejos Municipales, para el funcionamiento de sus dependencias y/o a favor de instituciones particulares que desempenen una labor que signifique una colaboracion con la funcion social del Estado y que al termino de esta reasume el Estado la administracion del predio que comprende las obras ejecutadas o la fabrica existente, sin obligacion de reembolso alguno; Que, no obstante ello y las reiteradas comunicaciones cursadas por la Superintendencia de Bienes Nacionales a la Junta Liquidadora de Mercados del Pueblo, esta se niega a restituir el bien, por lo que resulta necesaria la intervencion del Procurador Publico para que defienda y cautele los intereses del Estado, respecto de los hechos MORDAZA referidos, iniciando las acciones legales pertinentes; Que, el Articulo 1º y 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, establece que corresponde a los Procuradores Generales de la Republica a cargo de los asuntos de los diferentes Ministerios la defensa de los intereses y de los derechos del Estado, para cuyo efecto es necesaria la expedicion de una Resolucion Ministerial que autorice en el presente caso al Procurador Publico del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667, Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738 y Ley Nº 27395; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y

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