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Pág. 201198 NORMAS LEGALES Lima, martes 10 de abril de 2001 Al amparo de la Ley Nº 26850, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, sus disposiciones complementarias; y, De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Coordinación Interuni- versitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 00116: Asamblea Nacional de Rectores, correspondiente al ejercicio presupuestal del año 2001, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer que el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones aprobado en el artículo prece- dente, sea puesto a disposición de los interesados en el local de la Asamblea Nacional de Rectores, de conformi- dad con el Artículo 7º del D.S. Nº 013-2001-PCM, Regla- mento de la Ley de Contratación y Adquisiciones del Estado. Regístrese y comuníquese. FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR B. Rector de la Universidad Nacional Agraria La Molina y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores ROCIO RONDINEL SOSA Secretaria General Asamblea Nacional de Rectores 21605 COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA Se ha expedido la Resolución Nº 1065-2001-ANR ; que sigue: ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES.- RESOLU- CIÓN Nº 1065-2001-ANR.- Lima, 4 de abril del 2001. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 838-2001-ANR de fe- cha 15 de febrero del 2001 se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 00116: Asamblea Nacional de Rectores correspondien- te al ejercicio presupuestal del año 2001; Que, en cumplimiento del Artículo 7º del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM se dispone en vía de regularización la publi- cación de la Resolución que aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Institución; a fin de que sea remitido al CONSUCODE; Con la autorización de la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Coordinación Interuniver- sitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecuto- ra 00116: Asamblea Nacional de Rectores correspon- diente al ejercicio presupuestal del año 2001; Artículo 2º.- Remítase al CONSUCODE el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Institu- ción para los fines que señala la ley. Regístrese y comuníquese.- (fdo.) FRANCISCO DEL- GADO DE LA FLOR B., Rector de la UniversidadNacional Agraria La Molina y Presidente de la Asam- blea Nacional de Rectores.- (fdo) ROCIO RONDINEL SOSA.- Secretaria General de la Asamblea Nacional de Rectores. Lo que transcribo a usted para su conocimiento y demás fines. ROCIO RONDINEL SOSA Secretaria General 21606 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones registrales a Oficinas de Registro de Estado Civil de las municipalidades de centros poblados menores de Chimú, Quiparacra y Yanamito RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 046-2001-JEF-RENIEC Lima, 28 de marzo de 2001 Vistos; el Informe Nº 120-2001-GAJ/RENIEC, emi- tido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 16 de marzo de 2001, y el Oficio Nº 001-00 del Centro Poblado Menor de CHIMU, distrito de ZEPITA, provincia de CHUCUITO, departamento de PUNO; Que, por Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil como un organismo autónomo, constitucionalmente encargado de organi- zar y mantener el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil. En consecuencia, corresponde exclusivamente al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil las funciones de planear, organizar, dirigir, normar y racionalizar las inscripcio- nes registrales de su competencia, entre los que se encuentran los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos que modifican el estado civil de las personas; Que, por Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF, se delegó las funciones registrales contenidas en el Art. 44º de la Ley Nº 26497 a las Oficinas de Registro de Estado Civil de la República ubicadas, entre otras instituciones, en las Municipalidades Provinciales, Dis- tritales y de Centro Poblado Menor autorizadas; Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas, disponiendo la norma que el Sistema Registral está integrado entre otros organismos, por las Oficinas Re- gistrales encargadas del procesamiento registral y de- más funciones inherentes al Registro de Estado Civil; Que, la norma citada dispone que el Sistema Regis- tral está integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Dirección del Registro Nacional de Identifi- cación y Estado Civil estime convenientes; Que, el proceso de integración a que se refiere complementariamente la Ley Nº 26497 Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, requiere para su debida implementación de la elimina- ción de la informalidad registral civil existente en el país, a través de un proceso de regularización de las Oficinas de Registro de Estado Civil no autorizadas