Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2001 (17/04/2001)


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PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 17 de MORDAZA de 2001

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Nº DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE PAGO % (UIT) CALIFICACION EVALUACION DEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDAD QUE HASTA 30 DIAS DONDE SE INICIA QUE APRUEBA RESUELVE EL ELTRAMITE ELTRAMITE RECURSO

UNIDAD ORGANICA : DIRECCIONES NACIONALES Y TECNICAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
1 Acceso a la Informacion que I. PROCEDIMIENTO SOBRE ACCESO A LA INFORMACION. Gratuito 7 dias habiles Oficina de Tramite Documentario Oficina Tecnica de Difusion Reconsideracion Oficina Tecnica de Difusion.

posean o produzcan las Direc1. Solicitud simple dirigida a la Oficina Tecnica de Difusion, ciones Nacionales y Tecnicas del via correo electronico, fax o a traves de la Oficina de Tramite Instituto Nacional de Estadistica e Informatica.(**) a) Nombre de la persona, empresa o institucion que requiere la informacion. b). Informacion requerida, senalando las variables que deben incluirse, cobertura geografica y periodo de referencia. c). Correo electronico, telefono, fax o direccion del responsable de hacer las coordinaciones. d). En caso de ser viable el acceso a la informacion. Documentario, indicando:

BASE LEGAL: D.S. Nº 018-2001 PCM; D.Leg. Nº 757 Art. 22º; D.L. Nº 604 Art. 9º

- Copias Fotostaticas hasta 10 folios Por cada folio adicional - Por diskette (unidad)

0.05%UIT 0.008%UIT 0.070%UIT Apelacion Secretario General

II. ENTREGA DE INFORMACION 1. Recibo de MORDAZA del Centro de Documentacion del INEI, por los costos establecidos y oportunamente comunicados al particular.

5 dias habiles

Nota: La tasa del tramite (Derecho a pago) no incluye el costo que demande la elaboracion de la informacion o servicio, el que sera cancelado por el interesado, de acuerdo a la cotizacion expedida por la dependencia. (**) Si la solicitud fuera denegada por carecer de la informacion solicitada, se pondra en conocimiento del solicitante dicha circunstancia y en la medida que se conozca su ubicacion o destino, se comunicara ello al solicitante.

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AGRICULTURA
Aprueban el Reglamento de Organizacion y Funciones del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos PRONAMACHCS
DECRETO SUPREMO Nº 016-2001-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Proyecto Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS, es un organo tecnico desconcentrado del Ministerio de Agricultura, con autonomia tecnica, economica y administrativa para los fines que establece su MORDAZA de creacion; Que, mediante Ley Nº 27427 se autorizo a las entidades del Sector Publico a llevar a cabo un MORDAZA de Reestructuracion Organizativa Institucional en funcion a sus competencias y responsabilidades, con el objeto de mejorar su eficiencia y racionalizar sus gastos, debiendo la Reestructuracion Organizativa Institucional ser aprobada por Decreto Supremo; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 011-2001-AG, de fecha 15 de marzo de 2001, se declaro al Proyecto Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de

Suelos - PRONAMACHCS, en MORDAZA de Reestructuracion Organizativa Institucional; Que, en el MORDAZA del MORDAZA citado resulta necesario aprobar el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones del mencionado organo tecnico desconcentrado del Ministerio de Agricultura; En uso de la facultad conferida por el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, y Ley Nº 27427, Ley de Racionalidad y Limites en el Gasto Publico para el Ano Fiscal 2001; DECRETA: Articulo 1º.- A partir de la fecha, el Proyecto Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS, variara su denominacion oficial por el de Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS. Articulo 2º.- Aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS, Organo Tecnico Desconcentrado del Ministerio de Agricultura; que consta de cinco Titulos, nueve Capitulos y veintidos Articulos y forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Facultese al Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS, a efectuar las acciones de personal que conlleve el MORDAZA de Reestructuracion Organizativa Institucional a que se refiere la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 27427, destinadas a reformular su Cuadro para Asignacion de Personal

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