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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de agosto de 2001 AÑO XIX - Nº 7711 Pág. 208099 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS" AGRICULTURA Crean la Comisión Técnica de Sistema de Financiamiento Rural y Agrario RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0930-2001-AG Lima, 1 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que, es política del Gobierno en general y del Ministerio de Agricultura en particular, promover el desarrollo del sector agra- rio y, en especial, velar por aquellos productores agrarios que se encuentren afectados por la variación de la demanda y precios de sus productos en atención a la actual coyuntura económica; Que, es de interés nacional el establecer mecanismos que sirvan para promover la reactivación económica de los produc- tores agrarios, en el mediano y largo plazo; Que, es necesario conformar una comisión técnica cuyos objetivos sean los de evaluar, elaborar y proponer los linea- mientos y acciones que permitan implementar un sistema de financiamiento agrario, acorde con la política económica y la visión de desarrollo del país del actual gobierno; De conformidad con el D.S. Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Crear la Comisión Técnica de Sistema de Financiamiento Rural y Agrario del Ministerio de Agricultura, cuyos objetivos son evaluar, elaborar y proponer los lineamien- tos y acciones que permitan implementar un sistema de financiamiento agrario integral. Artículo 2º.- La Comisión a que se refiere el artículo precedente estará integrada por las siguientes personas: - Carlos Ismael Garatea Yori, quien la presidirá. - Luis Raúl Palomino Buleje - Ernesto Mitsumatsu Fujimoto - Richard Phillip Hale García - Ernesto Pérez Luna Aranda Artículo 3º.- La Comisión Técnica de Sistema de Financia- miento Rural y Agrario estará encargada de: - Definir la estructura, mecanismos de funcionamiento y financiamiento del Banco Agrario y del sistema financiero agrario en general. - Proponer Lineamientos sobre el financiamiento de me- diano y largo plazo. - Elaborar una propuesta para la implementación de un sistema de financiamiento para el sector agrario. - Presentar una propuesta legislativa sobre el sistema de financiamiento rural y agrario. Artículo 4º.- La Comisión tendrá un plazo de 120 días calendario para la presentación de un informe y propuesta legislativa sobre la presente materia, la misma que incluirá lo descrito en el artículo precedente. Esta propuesta será presentada a la ciudadanía a través de su publicación en una separata especial en el Diario Oficial El Peruano y difundida a través de la página web del Ministerio, otorgándose un plazo de 30 días calendario para la recepción de comentarios y sugerencias de los interesados. Artículo 5º.- El informe final de la Comisión, que recogerá los aportes recibidos, será presentado ante el Ministerio de Agricultura dentro de los 15 días calendario siguientes, conta- dos a partir del último día de recepción de comentarios. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 28514P C M Autorizan a procurador iniciar accio- nes contra ex funcionarios y contra- tados del INDECI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 144-2001-PCM Lima, 27 de julio de 2001 Visto, el Oficio Nº 2444-2001-INDECI/OAJ de la Jefa- tura del Instituto Nacional de Defensa Civil; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 2444-2001-INDECI/OAJ, el Instituto Nacional de Defensa Civil solicita el trámite de expedición de la Resolución Ministerial autoritativa para iniciar las acciones legales pertinentes contra ex funciona- rios y contratados por servicios no personales derivados de la rendición de cuentas por concepto de Comisiones de Servicios efectuadas durante los años fiscales de 1997 y 1998 en el marco del Decreto Supremo Nº 181-86-EF; Que, de acuerdo con el Memorándum Nº 012-2001-INDECI/ 6.2.2. se encuentran pendientes de rendición de cuenta documen- tada por concepto de Comisiones de Servicios realizados entre los años fiscales 1997-1998 los siguientes ex servidores públicos y contratados por servicios no personales: Marco Olivera Begazo (ex contratado por SNP): S/. 2141.69; Arinia Gladys Santiago Melén- dez (ex contratado por SNP: S/. 5247.48; Roberto Aguilar Tiznado (ex contratado por SNP): S/. 1557.00; Jesús Córdova Espinoza (ex contratado por SNP): S/. 3976.85; Ernesto Ramírez García (ex servidor público): S/. 1933.60; Mario Del Pielago Gastiaburu (ex contratado por SNP): S/. 8625.04; Yannick Valia Romero Suárez (ex contratado por SNP): S/. 1415.01; Víctor Manuel García Criado (ex contratado por SNP): S/. 1846.85; Carlos Alberto Cárdenas García (ex contratado por SNP): S/. 4298.80; y, Eduardo Horna Mariluz (ex servidor público): S/. 1721.18; acompañan al referido Memorándum los respectivos comprobantes de pago, órdenes de misión, compromisos de descuento, oficios y cartas notariales respectivamente cursados exigiendo la rendición de las cuentas pendientes a cargo de las referidas personas, los cuales a la fecha no han cumplido con la devolución correspondiente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 6º del D.S. Nº 181-86-EF: "los funcionarios y servidores públicos que perciban viáticos por concepto de Comisiones de Servicio deberán presentar rendición de cuentas con los comprobantes de pagos del hospedaje y de los alimentos que constituyen documentos sustentatorios del gasto, en un plazo no mayor de ocho (8) días contados a partir de la fecha de retorno"; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros a interponer las acciones legales que hubiere lugar contra: Marco Olivera Begazo, Arinia Gladys Santiago Meléndez, Roberto Aguilar Tiznado, Jesús Córdova Espinoza, Ernesto Ramírez García, Mario Del Pielago Gastiaburu, Yannick Valia Romero Suárez, Víctor Manuel García Criado, Carlos Alberto Cárdenas García y Eduardo Horna Mariluz, en base a los considerandos que anteceden y que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procuradu- ría Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presi- dencia del Consejo de Ministros para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros 28432