Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2001 (02/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 2 de agosto de 2001

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 173-2001-JUS MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 10270, de fecha 10 de MORDAZA de 2001, de la asociacion Conciliacion y Sociedad en Paz; CONSIDERANDO: Que la asociacion Conciliacion y Sociedad en Paz, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado "SOCIEDAD EN PAZ", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 11 de MORDAZA de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 811-2001-JUS/ DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion Conciliacion y Sociedad en Paz; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion Conciliacion y Sociedad en Paz, a funcionar como Centro de Conciliacion denominado "SOCIEDAD EN PAZ", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 28412 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 174-2001-JUS MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 10313, de fecha 10 de MORDAZA de 2001, de la asociacion CENTRO DE CONCILIACION Y PREVENCION DE CONFLICTOS CEPRECON; CONSIDERANDO: Que la asociacion CENTRO DE CONCILIACION Y PREVENCION DE CONFLICTOS CEPRECON, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado Centro de Conciliacion y Prevencion de Conflictos "CEPRECON", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 27 de junio de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion;

Estando a lo opinado en el Informe Nº 757-2001-JUS/ DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion CENTRO DE CONCILIACION Y PREVENCION DE CONFLICTOS CEPRECON; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS y Resolucion Ministerial Nº 3502000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion CENTRO DE CONCILIACION Y PREVENCION DE CONFLICTOS CEPRECON, a funcionar como Centro de Conciliacion denominado Centro de Conciliacion y Prevencion de Conflictos "CEPRECON", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 28413 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 175-2001-JUS MORDAZA, 25 MORDAZA de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 17180 de fecha 8 de noviembre de 2000 de la Universidad Catolica de MORDAZA Maria; CONSIDERANDO: Que la Universidad Catolica de MORDAZA MORDAZA, es una persona juridica de derecho privado que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado "Centro de Conciliacion de la Universidad Catolica de MORDAZA Maria", con sede en la MORDAZA de Arequipa; Que conforme obra en el acta de inspeccion ocular de fecha 10 de MORDAZA de 2001, se ha realizado la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 693 -2001-DMSTC-SDSCCC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la Universidad Catolica de MORDAZA Maria; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la Universidad Catolica de MORDAZA MORDAZA, a funcionar como Centro de Conciliacion, denominado "Centro de Conciliacion de la Universidad Catolica de MORDAZA Maria", con sede en la MORDAZA de Arequipa. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 28414

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