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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (02/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 208115 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de agosto de 2001 Autorizan a procurador iniciar proce- so judicial contra empresa contratis- ta para el pago de monto adeudado correspondiente a liquidación de con- trato de obra RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 279-2001-PRES Lima, 26 de julio del 2001 Visto el Oficio Nº 571-2001-GG-PRES-INFES del Ge- rente General del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, por el que solicita se autorice al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia a interponer acciones judiciales contra el Contratista RIVERA CON- TRATISTAS GENERALES S.R.L.; CONSIDERANDO: Que, con fecha 23 de diciembre de 1998, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, celebró con el Contratista RIVERA CONTRA- TISTAS GENERALES S.R.L. (RIVERCO S.R.L.), el Con- trato de Construcción a Suma Alzada, con el objeto de dotar de infraestructura educativa a los centros educa- tivos C.E. "Abel Toro Contreras", ubicado en el distrito de Pacanga, provincia de Chepén, departamento de La Libertad y, C.E. Nº 80634 y C.E.I. Nº 1724, ubicados en el distrito y provincia de Virú, departamento de La Libertad, todos materia de la Adjudicación Directa Nº 026-98-PRES-INFES; Que, de conformidad con la Cláusula Sexta - Del Plazo, del Contrato citado, el Contratista se obligó a entregar las obras en los plazos de 143 y 48 días calen- dario, respectivamente, habiéndose estipulado que, en caso que incurra en mora respecto de los plazos contrata- dos, se le impondría una multa equivalente al cincuenti- séis por diez mil (56/1000) del valor del contrato por cada día de atraso, de conformidad con lo expresamente establecido en el Art. 82º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, aplicable de conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposición Final del nuevo Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, las obras C.E. Nº 80634 y C.E.I. Nº 1724 fueron recepcionadas con fecha 16 de setiembre de 1999, en tanto que la obra C.E. "Abel Toro Contreras", no ha sido recepcionada por la Comisión de Recepción que formuló observaciones a su ejecución y que no fueron levantadas por el Contratista, dando lugar a que, por Resolución de Gerencia General Nº 152-2000-PRES-INFES del 29 de marzo del 2000, se declarara la resolución del Contrato de Obra, levantándose el Acta de Constatación Física de Obra e Inventario de Maquinarias, Equipos y Herra- mientas con fecha 4 de abril del 2000, con la participación del representante del Contratista que no ha impugnado la referida Resolución, quedando legalmente consen- tida; Que, mediante Resolución de Gerencia de Estudios y Proyectos Nº 0127-2000-GEP-PRES-INFES del 29 de noviembre del 2000, se ha aprobado el Expediente Téc- nico para la ejecución del saldo de obra del C.E. "Abel Toro Contreras", con un valor referencial (presupuesto base) de S/. 59,829.28 (cincuentinueve mil ochocientos veintinueve con 28/100 nuevos soles); Que, por Resolución de Gerencia de Obras Nº 1969- 2000-PRES-INFES del 29 de diciembre del 2000, se ha aprobado la liquidación final del Contrato de Obra, estableciéndose un saldo deudor de S/. 124,387.89 (cien- to veinticuatro mil trescientos ochentisiete con 89/100 nuevos soles), derivado de la aplicación de multas previs- tas contractualmente, por el atraso en la entrega de las obras; de mayores montos pagados en exceso, de adelan- tos otorgados no amortizados en su totalidad, de la penalidad por incumplimiento de contrato prevista por el numeral 2) del Art. 82º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do; y del monto indemnizatorio previsto por la Cláusula 9.6 del Contrato de obra, estimado en el monto del presupuesto base requerido para la ejecución del saldo de obra no ejecutado por el Contratista; Que, contra la Resolución de Gerencia de Obras Nº 1969-2000-PRES-INFES, el Contratista RIVERA CON-TRATISTAS GENERALES S.R.L. (RIVERCO S.R.L.), interpuso Recurso de Apelación, el que fue declarado infundado por Resolución del Consejo Directivo Nº 017- 2001-PRES-INFES del 5 de febrero del 2001, con cuya notificación, efectuada mediante Oficio Nº 019-2001-SG- PRES-INFES, recepcionado por el Contratista con fecha 7 de febrero del 2001, ha quedado agotada la vía admi- nistrativa; Que, se ha requerido al Contratista el pago de la suma adeudada, por Oficio Nº 592-2001-GA-PRES-INFES, del 2 de marzo del 2001, recepcionado el 5 del mismo mes y año, sin que haya dado respuesta alguna; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica, y la visación del Viceministro de Infraestructu- ra; De conformidad con el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y el Art. 34º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Presidencia, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2001-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presi- dencia, a interponer las acciones judiciales pertinentes contra el contratista RIVERA CONTRATISTAS GENE- RALES S.R.L. - RIVERCO S.R.L., que tuvo a su cargo la ejecución de obras de infraestructura en los centros educativos C.E. "Abel Toro Contreras", ubicado en el distrito de Pacanga, provincia de Chepén, departamento de La Libertad, y, C.E. Nº 80634 y C.E.I. 1724, ubicado en el distrito y provincia de Virú, departamento de La Libertad, todos materia de la Adjudicación Directa Nº 026-98-PRES-INFES, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al Procurador Público competente, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia 28444 RELACIONES EXTERIORES Dan por terminadas funciones de Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 311-2001-RE Lima, 1 de agosto de 2001 Vista la Resolución Suprema Nº 327-RE, de 26 de junio de 2000, que nombró Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, don José Antonio Arróspide del Busto; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1º.- Dar por terminadas las funciones de Viceminis- tro Secretario General de Relaciones Exteriores del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, don José Antonio Arróspide del Busto. 2º.- Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Alejandro Toledo Manrique Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCÍA SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 28543