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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (20/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

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Pág. 209003 NORMAS LEGALES Lima, lunes 20 de agosto de 2001 asumidos por el Ministerio de Pesquería y Cincuenta mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 50 000,00) serán asumi- dos por el Consejo Transitorio de Administración Re- gional - Huancavelica". Artículo 2º.- La Dirección Nacional de Acuicultura y las Oficinas Generales de Administración y de Planifi- cación y Presupuesto, quedan facultadas a adoptar las acciones dentro de su competencia, para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de las activida- des que se aprueban en el Artículo 1º de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REATEGUI ROSSELLO Ministro de Pesquería 29448 Otorgan permisos de pesca y licencias para la operación de embarcaciones y plantas de congelado a Siete Mares S.A.C. y Gyoren del Perú S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 172-2001-PE/DNEPP Lima, 16 de agosto del 2001 Visto el expediente con escrito de registro Nº CE- 00344002 de fecha 10 de agosto de 2001, presentado por la empresa SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Perú de los armadores japoneses WAKAS- HIO SUISAN KABUSHIKI KAISHA y KABUSHIKI KAISHA USHIO; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 138-2001- PE de 16 de abril de 2001, se estableció un Régimen Provisional para la extracción comercial del calamar gigante o pota ( Dosidicus gigas ), con vigencia desde el 1 de junio hasta el 30 de setiembre del 2001;Que a través del escrito del visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar las embarcacio- nes pesqueras calamareras denominadas "WAKAS- HIO MARU Nº 81" y "WAKASHIO MARU Nº 87" de 306 y 335 de TN, respectivamente, en la extracción del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdicciona- les peruanas, así como la licencia para la operación de las plantas de procesamiento pesquero a bordo de las mismas, para desarrollar la actividad de congelado; Que de acuerdo a la evaluación efectuada al expediente, se ha determinado que la recurrente ha cumplido con los requisitos procedimentales y sustan- tivos exigidos por la normatividad pesquera vigente, por lo que procede otorgar los permisos de pesca y las licencias de operación solicitados; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración Pesquera mediante Informe Nº 358-2001-PE/ DNEPP-Dap de fecha 13 de agosto de 2001 y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento del Ordenamiento Pesquero del recurso Calamar Gigante o Pota aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-2001-PE, la Resolución Ministerial Nº 138- 2001-PE, el procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001- PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aproba- do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar permiso de pesca a la empre- sa SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Perú de los armadores japoneses WAKASHIO SUI- SAN KABUSHIKI KAISHA y KABUSHIKI KAISHA USHIO, para operar las embarcaciones pesqueras de bandera japonesa cuyas características se detallan a continuación, en la extracción del recurso calamar gigante o pota ( Dosidicus gigas ) en aguas jurisdiccio- nales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa, así como licencia para la operación de las plantas de congelado a bordo de las citadas embarcaciones pesqueras: EMBARCACION TN CAPAC. CAPAC. INDICAT. SISTEMA ARTE VIGENCIA INTERN. ALMAC. INSTAL. INTERN. PRESERV. DE PERMISO DE (m3) (t/día) PESCA PESCA Y LIC. DE OPERAC. CONGELADO WAKASHIO MARU Nº 81 306 1236.81 69 JGPA Congelado Potera Del 17-8-2001 al 15-9-2001 WAKASHIO MARU Nº 87 335 1148.96 81 JHNL Congelado Potera Del 17-8-2001 al 15-9-2001