Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2001 (21/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, martes 21 de agosto de 2001

NORMAS LEGALES

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dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion, conforme al Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Dada en la Sede Central del Consejo Transitorio de Administracion Regional a los trece (13) dias del mes de agosto del 2001. Registrese y comuniquese.

Con la opinion favorable de la Gerencia Regional de Asesoria Juridica, Gerencia Regional de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo Institucional, Gerencia Regional de Operaciones y Gerencia Regional de Administracion; y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 077-2001-PCM, Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE:

MORDAZA ROSAND GALDOS Presidente Consejo Transitorio de Administracion Regional - MORDAZA 29494 RESOLUCION PRESIDENCIAL REGIONAL Nº 344-2001-CTAR/PE EL PRESIDENTE EJECUTIVO DEL CONSEJO TRANSITORIO DE ADMINISTRACION REGIONAL - MORDAZA CONSIDERANDO: Que mediante D.S. Nº 077-2001-PCM del 25.6.2001, se declaro en emergencia, por el plazo de 60 dias, los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Tacna y las provincias de Parinacochas y MORDAZA del MORDAZA MORDAZA en el departamento de MORDAZA, debido al sismo ocurrido el 23 de junio del 2001, obligando a las Instituciones y Organismos del Estado vinculados a las operaciones de emergencia a brindar ayuda a las personas damnificadas y realizar acciones de rehabilitacion, afectadas por el movimiento telurico, exonerandoles por el tiempo indicado de los requisitos de licitacion y Concurso Publico y autorizando la adquisicion de bienes y contratacion de servicios necesarios para menguar los desastres producidos; Que, el Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, como organo rector y ejecutor vinculado a las operaciones de emergencia dentro de la jurisdiccion del departamento de MORDAZA, debe proporcionar apoyo inmediato a la poblacion afectada, conforme a la normatividad vigente; Que, de acuerdo al Art. 3º del D.S. Nº 077-2001-PCM, MORDAZA citado, se exonera al CTAR MORDAZA, por el tiempo que dure la emergencia, del requisito de Licitacion Publica y Concurso Publico autorizandosele la adquisicion de bienes y servicios que se destinaran a las personas damnificadas y zonas de emergencia, a traves de adjudicacion directa de Menor Cuantia; Que, mediante los Oficios Nº 533-CTAR/PE, Nº 270-CTAR/PE-ST-GRA y Nº 550-2001-CTAR/PE del 13, 17 y 18 de MORDAZA del presente ano, e Informe Legal Nº 493-2001-CTAR/PE-ST-GRAJ, expresan la necesidad de atender la emergencia por parte del CTAR MORDAZA en apoyo a las provincias de Camana, Caraveli, Islay y otros distritos del departamento de MORDAZA, debiendo adquirirse combustible, motofumigadoras, contratarse el alquiler de Equipo Mecanico (Tractores, Volquetes, Cargadores Frontales, Motoniveladoras, Excavadoras, etc.) asi como alquiler de Plataformas para su transporte y otros conceptos similares de apoyo por S/. 471 558.00 y que por las circunstancias imperantes al ser exoneradas de los procesos de seleccion de Licitacion Publica y Concurso Publico, debe adquirirseles mediante Adjudicaciones Directas de Menor Cuantia, tal como lo senala el Decreto Supremo Nº 077-2001-PCM; Que, de conformidad con los Arts. 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM estan exonerados de los procesos de Licitacion y Concurso Publico las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de Emergencia declarada de acuerdo a Ley y que para adquirir bienes y servicios materia de este dispositivo, por el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia, es necesario la autorizacion expresa del Titular del Pliego;

Articulo Primero.- Exonerar de los procesos de Seleccion por Licitacion Publica, Concurso Publico, Adjudicacion Directa, segun corresponda, la compra de bienes y contratacion de servicios derivados de la Emergencia, como son: combustible, motofumigadoras, contrataciones por alquiler de Equipo Mecanico (Tractores, Volquetes, Cargadores Frontales, Motoniveladoras, Excavadoras, etc.) asi como alquiler de Plataformas para su transporte y otros conceptos similares de apoyo por S/. 471 558.00 (Cuatrocientos setenta y un mil quinientos cincuentiocho y 00/100 NUEVOS SOLES), y adquirir dichos bienes y servicios por el procedimiento de Menor Cuantia, destinandose exclusivamente en favor de las personas damnificadas y zonas de emergencia del ambito del departamento de MORDAZA, afectados por el sismo del 23 de junio del 2001. Articulo Segundo.- Proceder a la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y remitir MORDAZA a la Contraloria General de la Republica dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion, conforme al Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Dada en la Sede Central del Consejo Transitorio de Administracion Regional a los trece (13) dias del mes de agosto del 2001. Registrese y comuniquese. MORDAZA ROSAND GALDOS Presidente Consejo Transitorio de Administracion Regional - MORDAZA 29495

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Establecen beneficio de regularizacion tributaria y administrativa a favor de contribuyentes que cancelen al contado deudas pendientes con la municipalidad
ORDENANZA Nº 015-2001-MDC Cieneguilla, 10 de agosto de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Cieneguilla, en Sesion Ordinaria de fecha 19 de MORDAZA del 2001; CONSIDERANDO: Que, el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru senala que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las delegadas conforme a ley, son los organos de Gobierno Local. Teniendo autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia;

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